Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2003 (23/02/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, MORDAZA 23 de febrero de 2003

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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4º.- Encargar a la Secretaria General la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) dias de expedida. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 03529

Autorizan contratacion de avisos publicitarios para MORDAZA de admision de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA, mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MORDAZA RECTORADO RESOLUCION RECTORAL Nº 01093-R-03 MORDAZA, 18 de febrero de 2003

1º Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Seleccion para la contratacion de avisos publicitarios para el MORDAZA de Admision 2003, solicitado por la Comision Ejecutiva de Admision 2003. 2º Autorizar la contratacion de avisos publicitarios para el MORDAZA de Admision 2003 mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, por el valor referencial de Doscientos cincuenta mil y 00/100 nuevos soles (S/. 250,000.00), con cargo a la Fuente de Recursos Directamente Recaudados que se encuentra incluido en el Plan Anual 2003. 3º Encargar a la Secretaria General de la Universidad la publicacion de la presente Resolucion Rectoral en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 dias habiles de la emision de la presente Resolucion. 4º Encargar a la Secretaria General remitir MORDAZA de la presente Resolucion y el Informe que lo sustenta a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 03530

Visto la Hoja de Ruta Documentaria Nº 01812VRADM-03 con Registro de Mesa de Partes General Nº 03447-RG-03 de la Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vicerrectora Administrativa, con respecto a la solicitud de Exoneracion del MORDAZA de Seleccion para la contratacion de avisos publicitarios para el MORDAZA de Admision 2003; CONSIDERANDO: Que por Resolucion Rectoral Nº 07346-R-02 de fecha 21 de noviembre del 2002, se aprobo el Presupuesto de la Comision Ejecutiva de Admision 2003; Que mediante Informe Nº 065-OA-UPCP de la Unidad de Planeamiento y Control Programatico menciona que los servicios de publicidad previstos a contratar por la Comision Ejecutiva de Admision se encuentran incluidos en el Plan Anual de Adquisiciones 2003, debidamente presupuestado con periodicidad anual y por la suma de Doscientos cincuenta mil y 00/100 nuevos soles (S/. 250,000.00); Que mediante Informe Nº 182-OGAL-R-03 de fecha 5 de enero del 2003, la Oficina General de Asesoria Legal considera con relacion a la exoneracion para publicidad del MORDAZA de Admision de la Universidad, que el articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado incluye en la clasificacion de procesos exonerados a los servicios de publicidad en medios de comunicacion televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicacion; Que, de acuerdo al literal h) del articulo 19º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones que se realicen para servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que conforme al articulo 111º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, modificado por el Decreto Supremo Nº 125-2002-PCM en torno a los Servicios Personalisimos, precisando que se encuentran expresamente incluidos en esta clasificacion los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicacion, en atencion a las caracteristicas particulares que lo distinguen; Que mediante Informe Nº 034-OGE/2003 la Oficina General de Economia, emite opinion favorable al respecto; y, Estando a las atribuciones conferidas al senor Rector por la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA y el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - D.S. Nº 012-2001-PCM;

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONASEV
Declaran infundado recurso de apelacion interpuesto por Compania Minera Atacocha S.A.A. contra oficio de la Gerencia General de CONASEV Nº 31592001-EF/94.11
COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCION DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONASEV Nº 015 -2003-EF/94.12 Denunciado : Compania Minera Milpo S.A.A. Denunciante : Compania Minera Atacocha S.A.A. MORDAZA : Apelacion contra el Oficio de la Gerencia General de Conasev N° 3159-2001EF/94.11 de fecha 26.7.2001 que denego la solicitud para que la Compania Minera Milpo S.A.A. realice 2da. Oferta Publica de Adquisicion (OPA), respecto de las acciones comunes con derecho a MORDAZA de la Compania Minera Atacocha S.A.A. Fecha : MORDAZA, 18 de febrero de 2003 VISTOS: El Recurso de Apelacion presentado por Compania Minera Atacocha S.A.A (en adelante Atacocha) de fecha 3 de agosto de 2001, contra el Oficio de la Gerencia General de CONASEV Nº 3159-2001-EF/94.11 expedido con fecha 26 de MORDAZA de 2001 (en adelante el Oficio Nº 3159-2001-EF/94.11); el Informe N° 009-2002-EF/94.45 de fecha 21 de febrero de 2002 (en adelante el Informe Nº 009), presentado por la Gerencia de Mercados y Emisores; y oidos los Informes Orales realizados por la Gerencia de Mercados y Emisores de fechas 19 y 26 de marzo, 5, 9 y 16 de MORDAZA de 2002, y por los representantes de Atacocha y de la Compania Minera Milpo S.A.A. (en adelante Milpo) de fecha 14 de MORDAZA de 2002. CONSIDERANDO: I.- De la Desacumulacion.I.1 Que, mediante Resolucion del Tribunal Administrativo de CONASEV N° 026-2002 EF/94.12 de fecha 4 de junio de 2002, se desacumularon los escritos o pedi-

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