Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2003 (22/07/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 22 de MORDAZA de 2003

PRODUCE
Otorgan licencia de operacion al Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita para desarrollar actividades de procesamiento de recursos hidrobiologicos
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 165-2003-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 26 de junio del 2003 Visto los escritos con registros Nºs. 03245003, 01950001 y 06213002 de fechas 11 de noviembre del 2002, 19 de febrero y 8 de MORDAZA del 2003 respectivamente, presentados por el CENTRO DE ENTRENAMIENTO PESQUERO DE PAITA (CEP-PAITA). CONSIDERANDO Que los articulos 43º inciso d) y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, establecen que para la instalacion de establecimientos industriales pesqueros se requiere la autorizacion, la misma que constituye un derecho administrativo especifico que el Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion) otorga a plazo determinado y a nivel nacional; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 619-96-PE, de fecha 16 de diciembre de 1996, se otorgo a CENTRO DE ENTRENAMIENTO PESQUERO DE PAITA (CEP - PAITA), licencia de operacion para que desarrolle la actividad de procesamiento de productos hidrobiologicos, destinados al consumo humano directo a traves de su planta de congelado, en su establecimiento industrial ubicado en Playa MORDAZA s/n, distrito y provincia de Paita, departamento de MORDAZA, con una capacidad instalada de 3 t/dia; Que mediante Resolucion Directoral Nº 268-2001-PE/ DNEPP de fecha 16 de octubre del 2001, se otorgo al CENTRO DE ENTRENAMIENTO PESQUERO DE PAITA (CEP - PAITA), autorizacion para el incremento de capacidad instalada de su planta de congelado de productos hidrobiologicos de 3 a 8 t/dia, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en la Av. Playa MORDAZA Nº 1501, distrito y provincia de Paita, departamento de Piura; Que mediante los escritos del visto, CENTRO DE ENTRENAMIENTO PESQUERO DE PAITA (CEP - PAITA) solicita licencia para la operacion de su planta de congelado de productos hidrobiologicos instalada en el citado establecimiento industrial; Que la Direccion Nacional del Medio Ambiente de Pesqueria a traves de la MORDAZA de Verificacion Nº 0012003-PRODUCE/DINAMA de fecha 7 de febrero del 2003, senala que la recurrente ha cumplido con implementar las medidas de mitigacion aprobadas en su Estudio de Impacto Ambiental para incrementar la capacidad instalada de 3 t/dia a 8 t/dia de recursos hidrobiologicos en la actividad de congelado. En el referido establecimiento industrial; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero a traves del Informe Nº 085-2003-PRODUCE/DNEPP-Dch de fecha 5 de MORDAZA del 2003, que sustenta la procedencia tecnica de lo solicitado y senala que la recurrente ha cumplido con los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 27 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion), aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en los articulos 43º inciso d), y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca; los articulos 49º, 53º, y 54º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y el procedimiento Nº 27 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion), aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar al CENTRO DE ENTRENAMIENTO PESQUERO DE PAITA (CEP - PAITA), licencia

de operacion para que desarrolle la actividad de procesamiento de recursos hidrobiologicos, destinados al consumo humano directo, a traves de su planta de congelado en su establecimiento industrial ubicado en la Avenida Playa MORDAZA Nº 1501, distrito y provincia de Paita, departamento de MORDAZA, con una capacidad instalada de 8 t/dia. Articulo 2º.- CENTRO DE ENTRENAMIENTO PESQUERO DE PAITA (CEP - PAITA), debera operar su planta de congelado con sujecion a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero; asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera; asimismo debera contar con un sistema de control del MORDAZA que garantice la optima calidad del producto final, debiendo poner en operacion los equipos y/o sistemas de mitigacion verificados por la Direccion Nacional del Medio Ambiente de Pesqueria, tal como lo establece la MORDAZA de Verificacion Nº 0012003-PRODUCE/DINAMA de fecha 7 de febrero del 2003. Articulo 3º.- Incorporar al anexo Nº II de la Resolucion Ministerial Nº 041-2002-PE sobre "Plantas de procesamiento pesquero congelado, cuya capacidad esta expresada en toneladas/dia (t/dia)", la planta de congelado del CENTRO DE ENTRENAMIENTO PESQUERO DE PAITA (CEP - PAITA), ubicada en la Avenida Playa MORDAZA Nº 1501, distrito y provincia de Paita, departamento de MORDAZA, con una capacidad verificada de 8 t/dia. Articulo 4º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 619-96-PE de fecha 16 de diciembre de 1996. Articulo 5º.- El incumplimiento de lo senalado en el articulo 2º de la presente Resolucion sera causal de caducidad del derecho otorgado o de la aplicacion de las sanciones que pudieran corresponder, segun sea el caso. Articulo 6º.- Transcribase la presente Resolucion a la Direccion Regional de Pesqueria de Piura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 13777

Aceptan desistimiento de procedimiento administrativo iniciado por Empresa Pesquera San MORDAZA S.A. sobre cambio de titular de licencia de operacion otorgada mediante R.M. Nº 297-94-PE
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 166-2003-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 26 de junio del 2003 Vistos los escritos con registros Nº CE-00618002 de fecha 3 de febrero de 2003 y Nº 05005002 de fecha 21 de marzo de 2003, presentados por EMPRESA PESQUERA SAN MORDAZA S.A. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 107-2000-PE/ DNPP de fecha 17 de octubre de 2000, se aprobo a favor de EMPRESA PESQUERA SAN MORDAZA S.A. hasta el 30 de setiembre de 2004, el cambio de titular de la licencia de operacion otorgada a PRODUCTOS PESQUEROS PERUANOS S.A. por Resolucion Ministerial Nº 297-94PE, para las actividades de enlatado y harina de pescado en dos lineas: harina convencional y harina especial con capacidades de 3,422 cajas/turno, 67 t/h y 33 t/h de procesamiento de materia prima, respectivamente, en el establecimiento industrial ubicado en la Av. Principal s/n, Urbanizacion Industrial Gran Trapecio, distrito de Chimbote, provincia del MORDAZA, departamento de Ancash; Que a traves del escrito del visto con registro Nº CE00618002 de fecha 3 de febrero de 2003, EMPRESA PESQUERA SAN MORDAZA S.A. solicita a su favor el cambio de titular de la licencia de operacion otorgada a PRODUCTOS PESQUEROS PERUANOS S.A. por Resolucion Ministerial Nº 297-94-PE, para la actividad de enlatado con una capacidad de 2,746 cajas/turno;

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