Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2003 (31/05/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 31 de MORDAZA de 2003

Ejecutiva (e) de la Oficina Ejecutiva de Economia) formulo descargo escrito invocando la prescripcion y la nulidad de lo actuado, indicandose que estando a lo recomendado por la CEPAD no resulta procedente dicho pedido por cuanto el periodo en que ejercio dicho cargo entre el 12 de MORDAZA de 1999 al 16 de marzo del 2001 es materia de MORDAZA disciplinario; asimismo, el pedido de nulidad formulado debe ser rechazado al MORDAZA de lo dispuesto por el numeral 11.1 del articulo 11º de la Ley Nº 27444, se ha verificado que no efectuo control y supervision de los diferentes programas presupuestales asi como la ejecucion presupuestal de la administracion central, conforme lo estipulaba el articulo 55º del D.S. Nº 002-92-SA, pues el compromiso presupuestal se hizo despues de ejecutado el servicio y de haberse recepcionado las facturas correspondientes, incurriendo en la comision de la falta disciplinaria contemplada en el literal a) del D. Legislativo Nº 276; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Directora Ejecutiva de la Oficina Ejecutiva de Economia), formulo descargo escrito senalando que todo compromiso presupuestal se efectuo observando estrictamente la normativa y que en el MORDAZA presupuestal del Ministerio de Salud estan consideradas las previsiones para atender los compromisos de la Oficina General de Comunicaciones, sin embargo se ha verificado que a la fecha en que se realizo el servicio de publicidad no se efectuo el compromiso presupuestal correspondiente al calendario de ese mes sino que los respectivos compromisos presupuestales se realizaron recien despues de realizado el servicio y de haberse recepcionado las facturas correspondientes, incurriendo en la comision de la falta disciplinaria contemplada en el literal a) del D. Legislativo Nº 276; don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (ex Director Ejecutivo de Tesoreria), formulo descargo escrito y oral, invocando la prescripcion del MORDAZA disciplinario, siendo que la CEPAD sugiere declarar procedente dicho pedido; MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lituma MORDAZA (ex Directora General de la Oficina General de Planificacion) formulo descargo escrito y oral, senalando que la ejecucion del gasto con el consiguiente control de la oportunidad y calidad de gasto es una responsabilidad de la Oficina General de Administracion, sin embargo a traves de la Oficina General de Planificacion se tramito ante el Ministerio de Economia y Finanzas los calendarios de compromisos para el pago via regularizacion de los gastos de publicidad, cuyos gastos ya se habian efectuado con fecha anterior y que no habian sido comprometidos previamente sin la evidencia del sustento de las regularizaciones que debian atenderse via los calendarios de compromiso mensual, incurriendo en la comision de la falta disciplinaria contemplada en el literal a) del D. Legislativo Nº 276; don Herlith MORDAZA MORDAZA (ex Directora Ejecutiva de Presupuesto), formulo descargo escrito y oral, senalando que no tuvo por funcion la ejecucion del gasto ni ha sido su competencia efectuar compromisos por servicios de publicidad y que los calendarios de compromisos son aprobados por la Direccion Nacional de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, sin embargo, debe indicarse que no verifico previamente MORDAZA de gestionar ante el Ministerio de Economia y Finanzas la aprobacion de calendarios de compromisos respectivos para percatarse si dichos gastos correspondian a regularizaciones, evidenciandose que no verifico si existio sustento de las regularizaciones que debian atenderse via los calendarios de compromisos mensuales, asimismo no cumplio adecuadamente con sus funciones establecidas en literal e) del articulo 29º del ROF del Ministerio de Salud, aprobado por D.S. Nº 002-92-SA, incurriendo en la comision de la falta disciplinaria contemplada en el literal a) del D. Legislativo Nº 276; don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (ex Director General (e) de la Direccion General de Salud de las Personas) formulo descargo escrito y oral, senalando que correspondia a la Oficina de Comunicaciones hacer las correspondientes requisiciones las que eran visadas por su Despacho, sin embargo se ha verificado que MORDAZA mediante su firma la regularizacion de los requerimientos, los mismos que debieron ser solicitados MORDAZA de realizarse las publicaciones, incurriendo en la comision de la falta disciplinaria contemplada en el literal a) del D. Legislativo Nº 276; don MORDAZA MORDAZA MORDAZA

(ex Jefe del Programa de Salud Basica para Todos) formulo descargo escrito y oral, senalando que los servicios de publicidad en medios de comunicacion corresponden funcionalmente a la Oficina General de Comunicaciones, sin embargo, se verifica que la suscripcion de la requisicion Nº 2496 constituye una regularizacion de los spots sobre la MORDAZA de prevencion del colera, incurriendo en la comision de la falta disciplinaria contemplada en el literal a) del D. Legislativo Nº 276; don MORDAZA MORDAZA MORDAZA (ex Director (e) del Programa MORDAZA de Inmunizaciones) no formulo descargo escrito, indicando a la CEPAD haber interpuesto recurso de apelacion contra la RVM Nº 098-2003-SADGGRH razon por la que el plazo para formular descargo debia ser computado luego de resuelto su recurso impugnativo, al respecto debe indicarse que los recursos administrativos solo proceden contra actos administrativos y no contra los actos de administracion, conforme lo establece el articulo 206.1 de la Ley Nº 27444, precisandose que el acto por el cual se instaura MORDAZA disciplinario constituye un acto de administracion, se ha verificado que los requerimientos y las ordenes de servicios fueron realizadas en vias de regularizacion alcanzandole responsabilidad al haber firmado la conformidad en las ordenes de servicio en vias de regularizacion sin que estas cuenten con el informe respectivo sobre el resultado del monitoreo que permita sustentar y comprobar el cumplimiento de la difusion en los dias, programas, horas y duracion concertadas, incurriendo en la comision de la falta disciplinaria contemplada en el literal a) del D. Legislativo Nº 276; don MORDAZA Villena MORDAZA (ex Director General de Salud Ambiental) no ha formulado descargo a pesar de ser validamente notificado, debe indicarse que si bien la requisicion de publicidad fue tramitada con ocho dias de posterioridad a la publicidad efectiva sobre la semana de salud ambiental, debe tenerse presente que ha las faltas deben ser reguladas de acuerdo a su naturaleza, su gravedad, forma de comision y los efectos que produce la falta, recomendando la CEPAD que si bien se ha incurrido en falta disciplinaria contemplada en el literal a) del articulo 28º del D. Legislativo Nº 276, dicha falta no corresponde ser objeto de sancion mediante MORDAZA administrativo disciplinario sino mediante lo dispuesto por el articulo 157º del D.S. Nº 005-90-PCM; Que, respecto a la observacion referida a la conformidad de servicios de publicidad por S/. 13'254,149.86 sin haberse sustentado adecuadamente la prestacion del servicio debe indicarse que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (ex Directora General (e) de la Oficina General de Comunicaciones) no ha presentado descargo alguno no obstante haber sido validamente notificada, siendo que esta acreditado que suscribio la conformidad de los servicios sin haberse acreditado la prestacion de los mismos mediante informes de resultado de monitoreo que sustenten el cumplimiento de la difusion en los dias, programas, horas y duracion de la publicidad concertada, incurriendo en la comision de la falta disciplinaria contemplada en el literal a) del D. Legislativo Nº 276; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (ex Directora General (e) de la Oficina General de Comunicaciones) formulo descargo escrito, indicandose que los argumentos de defensa no la eximen de responsabilidad administrativa ya que solo se han hallado algunos videos de publicidad en television, en tanto que no se ha hallado cassette alguno de publicidad radial, tampoco presento informe de los resultados de monitoreo que permita sustentar y comprobar el cumplimiento de la difusion de la publicidad en los dias, programas, horas y duracion concertadas, incurriendo en la comision de la falta disciplinaria contemplada en el literal a) del D. Legislativo Nº 276; don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (ex Director General de la Oficina General de Comunicaciones), formulo descargo escrito y oral, siendo que dichos argumentos no desvirtuan la suscripcion de la conformidad de las ordenes de servicios sin haberse acreditado la prestacion del servicio, mediante informes de resultado de monitoreo que permita sustentar y comprobar el cumplimiento de la difusion de la publicidad en los dias, programas, horas y duracion concertadas, ya que las ordenes de servicios no adjuntan los documentos MORDAZA referidos, incurriendo en la comision de la falta disciplinaria contemplada en el

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