Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2003 (31/05/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 31 de MORDAZA de 2003

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Prorrogan plazo para el pago de la MORDAZA cuota del Impuesto Predial correspondiente al ano 2003
DECRETO DE ALCALDIA Nº 11-2003-MDSM San MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL; VISTO: El Informe Nº 122-2003-OR-MDSM de fecha 27 de MORDAZA del 2003 remitido por la Oficina de Rentas en el cual solicita se prorrogue el plazo de vigencia del pago de la 2da. cuota del Impuesto Predial del ejercicio fiscal 2003; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo previsto por el Articulo 15º del Decreto Legislativo Nº 776, el pago al contado del Impuesto Predial podra cancelarse hasta el ultimo dia habil del mes de febrero de cada ano. En caso de pago fraccionado, la primera cuota tambien podra cancelarse el ultimo dia habil del mes de febrero y las cuotas restantes seran pagadas hasta el ultimo dia habil de los meses de MORDAZA, agosto y noviembre; De conformidad con la Ordenanza Nº 05-2003MDSM, de fecha 27 de febrero del 2003, se faculto al senor MORDAZA para dictar las disposiciones correspondientes en cada ejercicio fiscal a efectos de prorrogar el plazo de pago de los tributos, facilitando asi a los contribuyentes el cumplimiento oportuno de sus obligaciones de pago con la Municipalidad; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en el inciso 6) del Articulo 20º y Articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de junio del 2003, el plazo para el pago de la MORDAZA cuota del Impuesto Predial correspondiente al ano 2003. Articulo Segundo.- Encargar a la Direccion de Rentas, Direccion de Imagen Institucional, Oficina de Asesoria Tecnica y Unidad de Estadistica e Informatica el cumplimiento del presente Decreto. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 10239

Autorizan adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche mediante adjudicacion de menor cuantia
ACUERDO DE CONCEJO Nº 46-2003-MDSM San MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2003 VISTO, en Sesion Ordinaria de Concejo celebrada en la fecha, el Informe Nº 093-2003-OA/MDSM de fecha 13 de MORDAZA de 2003, emitido por el Director de Administracion y el Informe Nº 152-2003-OAJ/MDSM, de fecha 14 de MORDAZA de 2003, emitido por el Director de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Tecnico Nº 093-2003-OA/ MDSM, la Oficina de Administracion de esta Corporacion MORDAZA de fecha 13 de MORDAZA de 2003, da cuenta que la

Adjudicacion Directa Publica Nº 0001-2003-CE/MDSM "Adquisicion de Insumos para el Programa del Vaso de Leche", fue declarada desierta en tres de los cuatro items convocados siendo estos: a) Leche Evaporada, b) Alimento Enriquecido Lacteo; y, c) Hojuela de Cebada, los mismos que no fueron adjudicados en razon de no haberse presentado la cantidad de postores requerido por la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, manifestando en tal sentido que se esta procediendo a convocar a una MORDAZA convocatoria del MORDAZA, para la contratacion de los bienes requeridos para el Programa del Vaso de Leche; Que, asimismo, mediante Informe Nº 075-2003-DSSDAVL/MDSM de fecha 15 de MORDAZA, solicita gestionar la compra de los Recursos Alimenticios correspondiente al Programa del Vaso de Leche por el periodo de MORDAZA del 2003, mencionando la Urgencia de dicho pedido en razon del requerimiento de los usuarios de dicho programa; Que, en consideracion al contexto descrito en el Informe Tecnico Nº 093-2003-OA/MDSM, de la Oficina de Administracion y conforme al requerimiento con caracter de urgente que senala la Unidad de Abastecimiento mediante Informe Nº 077-2003-UA-OA/MDSM, es necesario disponer las medidas administrativas pertinentes a efecto de no desabastecer de insumos alimenticios al Programa del Vaso de Leche que tiene a su cargo la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, toda vez que mientras dure la MORDAZA convocatoria del MORDAZA en mencion, se estaria desabasteciendo de insumos al Programa del Vaso de Leche, por lo cual es imperativo la adopcion de las medidas provisorias del caso, toda vez que es un servicio de caracter esencial; Que, asimismo, mediante Informe Legal Nº 152-2003OAJ/MDSM, la Oficina de Asesoria Juridica emite su opinion en el sentido de que la situacion planteada configura el supuesto de situacion de urgencia previsto en el articulo 108º inciso 2) del D.S. Nº 013-2001-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la misma que senala debe entenderse como una medida temporal, a fin de adquirir lo indispensable para paliar la urgencia mientras se realice el MORDAZA de Seleccion respectivo; Que, la situacion descrita por la Oficina de Administracion respecto a la Declaracion de Desierto del MORDAZA convocado configura un supuesto de caracter objetivo que esta comprometiendo de manera directa la prestacion de un servicio esencial a favor de los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche que el articulo 21º del D.S. Nº 012-2001-PCM, establece que la situacion de urgencia se configura cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, y faculta a la misma a la adquisicion o contratacion de bienes, servicios y otros, solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para el MORDAZA de Seleccion que corresponde, concordante con el articulo 108º del D.S. Nº 013-2001-PCM, modificado por el articulo 3º del D.S. Nº 079-2001-PCM, que senala que la situacion de urgencia, debe entenderse como medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida, a fin de adquirir lo necesario, sin perjuicio de que se realice o se continue con el MORDAZA de Seleccion correspondiente; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas al Concejo Municipal por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; Por unanimidad; SE ACORDO: Articulo Primero.- DECLARAR en situacion de urgencia la Adquisicion de los Insumos Alimenticios (Leche Evaporada, Alimento Enriquecido Lacteo y Hojuela de Cebada), para el Programa del Vaso de Leche, de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, por un plazo MORDAZA de 60 dias calendario o hasta la fecha en que quede consentido el otorgamiento de la Buena Pro en el MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica Nº 0001-2003-CE/ MDSM, exonerandose del MORDAZA de seleccion correspondiente.

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