Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2003 (07/11/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 7 de noviembre de 2003

sidad adjunta solicitudes de contratacion de servicios de avisos publicitarios en diferentes medios de comunicacion para promocionar el MORDAZA de Admision 2003-II; Que, el Jefe de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares mediante Oficio Nº 515-2003-OASA recibido el 22 de octubre de 2003 (Expediente Nº 81824), solicita se incluya la Adjudicacion Directa Publica para la contratacion de servicios de publicidad en radio, television y diarios, para promocionar el MORDAZA de Admision 2003-II en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones 2003 de esta MORDAZA Superior de Estudios y se apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Publica al MORDAZA del Art. 19º inc. h) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, concordante con el Art. 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, sus modificatorias y ampliatorias; asimismo, solicita se autorice al Comite Especial Permanente de Adjudicaciones de Menor Cuantia, la contracion del servicio de publicidad indicado mediante adjudicacion de menor cuantia por un valor referencial total de S/. 89,696.95 (ochenta y nueve mil seiscientos noventa y seis con 95/100 nuevos soles) incluidos los impuestos de Ley; Que, por Resolucion Nº 020-2003-R de fecha 22 de enero de 2003 se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Universidad Nacional del Callao para el ejercicio 2003; Que, en cumplimiento a lo senalado en el Art. 20º Inc. a) del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y los Arts. 7º y 8º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, todos los procesos de seleccion exonerados de Licitacion Publica y Concurso Publico o Adjudicacion Directa y procesos no incluidos en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones podran ser modificados de conformidad con la asignacion presupuestal o reprogramaciones de metas propuestas; se aprueban por Resolucion expedida por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad que corresponda, lo cual debera informarse al CONSUCODE dentro de los diez dias habiles siguientes a dicha aprobacion, como es el caso del presente contrato de servicios de publicidad; Que, el Art. 116º del Decreto Supremo Nº 013-2001PCM establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas de conformidad con el Art. 19º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se efectuan mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, siendo de aplicacion lo dispuesto en el Art. 105º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado; igualmente, la MORDAZA citada establece que la autoridad competente para aprobar la exoneracion determinara, en cada caso, la dependencia u organo que se encargara de realizar la adquisicion o contratacion exonerada, de acuerdo al monto involucrado y a su complejidad, envergadura o sofisticacion; Estando a lo glosado; al Informe Tecnico Nº 006-OASA2003 de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Generales recibido el 22 de octubre de 2003; al Informe Nº 21282003-UPEP/OPLA y Oficio Nº 280-2003-OPLA recibidos el 22 de octubre de 2003 de la Oficina de Planificacion; al Informe Nº 1221-2003-AL de la Oficina de Asesoria Legal recibido el 27 de octubre de 2003; y, en uso de las atribuciones que le confieren el Art. 158º y 161º del Estatuto de la Universidad concordante con el Art. 33º de la Ley Nº 23733; RESUELVE: 1º.- INCORPORAR, dentro del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ano 2003 de la Universidad Nacional del Callao, la "Contratacion de Servicios de Publicidad en radio, television y diarios, para promocionar el MORDAZA de Admision 2003-II de la Universidad Nacional del Callao", por un valor referencial total de S/. 89,696.95 (ochenta y nueve mil seiscientos noventa y seis con 95/ 100 nuevos soles), incluido IGV; 2º.- EXONERAR, la presente contratacion de servicios de publicidad del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Publica, de acuerdo a Ley. 3º.- AUTORIZAR, al Comite Especial Permanente de Adjudicaciones de Menor Cuantia la "Contratacion de Ser-

vicios de Publicidad en radio, television y diarios para promocionar el MORDAZA de Admision 2003-II de la Universidad Nacional del Callao", mediante Adjudicacion de Menor Cuantia de conformidad con el procedimiento establecido en el articulo 105º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, por un valor referencial total de S/. 89,696.95 incluido IGV. 4º.- DISPONER, que a traves de la Oficina General de Administracion el egreso que origine la presente Resolucion se afecte al Programa 029 "Educacion Superior", Subprograma 0078 "Superior Universitaria", Actividad 100199 "Desarrollo de la Educacion Universitaria", Componente 3-0498 "Desarrollo de la Ensenanza", Especifica del Gasto 39 "Otros Servicios de Terceros", con cargo a los recursos directamente recaudados de la administracion central. 5º.- TRANSCRIBIR la presente Resolucion a los Vicerrectores, PROMPYME, CONSUCODE, Oficina de Planificacion, Oficina de Admision, Comision de Admision 2003, Organo de Control Interno, Oficina General de Administracion, Oficina de Archivo General y Registros Academicos, Oficina de Contabilidad y Presupuesto, Oficina de Tesoreria, Oficina de Asesoria Legal, Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares, para conocimiento y fines consiguientes. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA VIALE Rector 20445

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS COMISION NACIONAL DE LA JUVENTUD
Reconocen representantes de institutos superiores de organizaciones y asociaciones juveniles de MORDAZA ante el Consejo de Participacion de la Juventud
RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 042-P/CNJ-CONAJU-2003 MORDAZA, 3 de noviembre del 2003 Visto, el Oficio Nº 045-03/CD-CPJ-CONAJU del Consejo de Participacion de la Juventud; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 033-P/CNJCONAJU-2003 la Comision Nacional de la Juventud ha reconocido a los miembros del Consejo de Participacion de la Juventud - CPJ; Que, el Consejo de Participacion de la Juventud - CPJ, solicita el reconocimiento de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como miembros del referido Consejo al haber establecido la vacancia MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por las causales previstas en los incisos a) y e) del Reglamento de la Ley Nº 27802, toda vez que el primero ha cumplido a la fecha 30 anos de edad y el MORDAZA ha presentado su renuncia irrevocable al cargo; Que, de acuerdo con los articulos 17º y 18º de la Ley Nº 27802, el Consejo de Participacion de la Juventud, es un organismo de representacion, concertacion y participacion de la juventud, integrante del sistema Consejo Nacional de la Juventud, en el cual estan representados los jovenes hasta los veintinueve (29) anos de edad; Que, de conformidad con el articulo 36º del Reglamento de la Ley Nº 27802, aprobado por Decreto Supremo Nº 106-2002-PCM, cada uno de los representantes de los

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