Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2003 (03/09/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, miercoles 3 de setiembre de 2003

NORMAS LEGALES

Pag. 250715

Que el Instituto MORDAZA del Peru (IMARPE) mediante Oficio Nº DE-100-185-2003-PRODUCE/IMP del 10 de MORDAZA de 2003 remite el informe "Prospeccion del recurso pulpo (Octopus mimus) en las islas Lobos de Tierra y Lobos de Afuera - MORDAZA, MORDAZA 2003", en el cual, tomando como sustento los resultados de la prospeccion efectuada entre el 12 y 19 de MORDAZA de 2003 en las islas mencionadas, asi como las investigaciones sobre crecimiento de la especie en cultivos experimentales, recomienda suspender la extraccion del citado recurso en las regiones MORDAZA y MORDAZA por un periodo minimo de tres meses, para permitir el crecimiento adecuado de los ejemplares pequenos; Que a fin de garantizar la conservacion del recurso pulpo (Octopus mimus), es necesario reforzar las medidas de ordenamiento pesquero establecidas para su proteccion, prohibiendo su extraccion en las areas de mayor explotacion y durante la epoca de mayor incidencia de su reproduccion natural; De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; Con la opinion favorable del Viceministro de Pesqueria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Prohibir la extraccion, procesamiento, transporte, comercializacion y utilizacion del recurso pulpo (Octopus mimus) en la jurisdiccion de las regiones MORDAZA y MORDAZA, a partir de las 00.00 horas del dia siguiente a la fecha de publicacion de la presente Resolucion Ministerial, por el periodo de tres (3) meses. Articulo 2º.- Las personas naturales y juridicas que extraigan, procesen, y transporten, comercialicen o utilicen el recurso pulpo en cualquiera de sus estados de conservacion durante el periodo de MORDAZA senalado en el articulo anterior, seran sancionadas de acuerdo a lo dispuesto por la Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Reglamento de Inspecciones y del Procedimiento Sancionador de las Infracciones en las Actividades Pesqueras y Acuicolas, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-PE y demas disposiciones legales vigentes. Articulo 3º.- El Instituto MORDAZA del Peru (IMARPE) realizara la evaluacion poblacional y el monitoreo de la extraccion del recurso pulpo en el litoral de las regiones MORDAZA y MORDAZA, a fin de recomendar las medidas de ordenamiento pesquero necesarias para su conservacion. Para tal efecto, el citado instituto queda exceptuado de los alcances de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 4º.- Las personas naturales y juridicas que a la fecha de entrada en vigencia de la presente Resolucion, cuenten con un stock de pulpo, podran comercializarlo en un plazo de cinco (5) dias, contados a partir de dicha fecha, previa MORDAZA, de una declaracion jurada sobre el volumen de tal stock, a la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero o a la Direccion Regional de la Produccion correspondiente. Articulo 5º.- Las Direcciones Regionales de la Produccion de MORDAZA y MORDAZA, la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y las Municipalidades Provinciales y Distritales, en el ambito de sus respectivas competencias, velaran por el estricto cumplimiento de lo establecido por la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de la Produccion 16250

Vista la Resolucion Suprema Nº 0276-RE, de 20 de agosto de 2002, que nombra al Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica de Corea; De conformidad con el inciso 12) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, que establece la facultad del senor Presidente de la Republica de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobacion del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso; De conformidad con los articulos 8º y 9º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica de Corea, Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que se desempene simultaneamente como Embajador concurrente en la Republica Popular Democratica de Corea. Articulo Segundo.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 16349

Reconocen a Consul General del Reino de Belgica en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 221-2003-RE
MORDAZA, 2 de setiembre de 2003 Vista la Resolucion Suprema Nº 0135-2002-RE, de fecha 26 de marzo de 2002, que reconoce al senor Lothar Versyck, como Consul General del Reino de Belgica en la MORDAZA de Lima; Vista la Nota Nº 1546, de fecha 30 de MORDAZA de 2003, de la Embajada del Reino de Belgica, mediante la cual se solicita el otorgamiento del Exequatur al senor Jean-Paul Warnimont, para que pueda ejercer las funciones de Consul General del Reino de Belgica en la MORDAZA de Lima; Con la opinion favorable de la Subsecretaria de Comunidades Peruanas en el Exterior, en el sentido que procede la cancelacion del Exequatur otorgado al senor Lothar Versyck, mediante el cual se le reconoce como Consul General del Reino de Belgica en la MORDAZA de MORDAZA, asi como el otorgamiento del Exequatur al senor Jean-Paul Warnimont, que lo reconoce como Consul General de dicho MORDAZA en la MORDAZA de Lima; De conformidad con lo establecido en el articulo 118º, incisos 11) y 13), de la Constitucion Politica del Peru; en los articulos 9º, inciso 1), acapite b, 12º, inciso 1), y 25º, incisos a) y b), de la Convencion de MORDAZA sobre Relaciones Consulares; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto la Resolucion Suprema Nº 0135-2002-RE, mediante la cual el Gobierno peruano otorgo el Exequatur al senor Lothar Versyck, que lo reconoce como Consul General del Reino de Belgica en la MORDAZA de MORDAZA, con jurisdiccion en todo el pais. Articulo 2º.- Reconocer al senor Jean-Paul Warnimont, como Consul General del Reino de Belgica en la MORDAZA de MORDAZA, con jurisdiccion en todo el pais. Articulo 3º.- Extenderle el Exequatur correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 16350

RELACIONES EXTERIORES
Nombran Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica de Corea para desempenarse como concurrente en la Republica Popular Democratica de Corea
RESOLUCION SUPREMA Nº 220-2003-RE
MORDAZA, 2 de setiembre de 2003

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.