Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2003 (03/09/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 3 de setiembre de 2003

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Aprueban Ordenanza referente a la administracion vecinal de instalaciones deportivas publicas en el distrito
ORDENANZA Nº 058 -MDSMP San MORDAZA de Porres, 11 de agosto del 2003 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES. POR CUANTO El Concejo Distrital de San MORDAZA de Porres, en Sesion Ordinaria de fecha 11 de agosto del 2003, Visto el Dictamen S/N -2003/CCED, de la Comision de Cultura, Educacion y Deporte, por Unanimidad y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta; aprobo la siguiente: ORDENANZA REFERIDA A LA ADMINISTRACION VECINAL DE INSTALACIONES DEPORTIVAS PUBLICAS EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE PORRES TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- OBJETIVOS.- La presente ordenanza tiene por finalidad normar y reglamentar el MORDAZA de constitucion, administracion y evaluacion de los convenios que autorizan la administracion vecinal en instalaciones deportivas publicas, asi como el desarrollo de actividades deportivas y recreativas a excepcion de las construidas por el I.P.D. existentes dentro de la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA de Porres. Articulo 2º.- FINALIDAD.- Dotar a la municipalidad y a las organizaciones sociales de un instrumento normativo que permita regular la correcta administracion de instalaciones deportivas, en beneficio de la comunidad y del medio ambiente. Articulo 3º.- ALCANCE.- La aplicacion de la presente Ordenanza regira para todas las instalaciones deportivas de uso publico de la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA de Porres, asi como a las organizaciones de vecinos como los siguientes: a) Asociaciones de Propietarios b) Asociaciones de Viviendas c) Juntas y Comites Vecinales d) Comite de Administracion e) Instituciones Deportivas y Culturales f) Otras que por su naturaleza y/o caracter esten vinculadas al area deportiva y recreacional. Articulo 4º.- La administracion de una losa deportiva estara a cargo de un comite vecinal de MORDAZA o areas verdes, que estara integrado por los asociados de la (as) organizacion (es) social (es) consideradas en el convenio de autorizacion, previamente calificadas. Articulo 5º.- Para el caso de la presente Ordenanza, sobre las instalaciones deportivas que no esten ubicadas en parques, se constituira el comite vecinal de areas verdes, debiendo ocuparse del mantenimiento de la berma central de la avenida mas proxima a la losa. Articulo 6º.- Los niveles administrativos de las instalaciones deportivas se establecen en el orden siguiente: 4.1.- Primer Nivel: La Municipalidad de San MORDAZA de Porres. 4.2.- MORDAZA Nivel: Las Organizaciones de Vecinos a que se hace referencia en el Articulo 3º de la presente Ordenanza, a quienes se les puede facultar la administracion de las instalaciones deportivas mediante la suscripcion del convenio respectivo. TITULO II DE LA BASE LEGAL Articulo 7º.- El presente Reglamento se sustenta en la normatividad siguiente: - Constitucion Politica del Peru. - Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades. - Ley Nº 28036 - Ley de Promocion y Desarrollo del Deporte.

- D.S. Nº 27337 - Codigo de los Ninos y adolescentes. - D.S. Nº 063 - 70 - VI - Reglamento de Construcciones. Articulos II - VI - 4.2 y II - VI - 4.5. TITULO III DE LA INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA Articulo 8º.- Para la administracion adecuada y eficiente de las instalaciones deportivas, estas se clasifican de la siguiente manera: 8.1.- Instalaciones deportivas menores: - Losas deportivas simples: para la practica de una disciplina deportiva. - Losas deportivas multiples: para la practica de dos o mas disciplinas deportivas. 8.2.- Instalaciones deportivas mayores: - Complejos deportivos. - MORDAZA de futbol. Articulo 9º.- La conservacion y mejoramiento fisico de las instalaciones deportivas publicas que no pertenezca al I.P.D. estaran a cargo de las organizaciones de vecinos que asuman la responsabilidad mediante convenio. TITULO IV DE LA ADMINISTRACION Articulo 10º.- La administracion de las instalaciones deportivas publicas, corresponde a la Municipalidad de San MORDAZA de Porres, la misma que puede autorizar su administracion a los comites vecinales de parques y/o areas verdes a traves de convenios a suscribirse para tal fin. Articulo 11º.- Corresponde a la Direccion de Servicios Sociales, la suscripcion de los convenios autorizando la administracion de las instalaciones deportivas a los comites de administracion peticionaria, previo informe de la Jefatura de Cultura, Educacion y Deporte. Articulo 12º.- La supervision y cumplimiento de los convenios suscritos por la Municipalidad de San MORDAZA de Porres con los comites de administracion estara a cargo de la Direccion de Servicios Sociales, conjuntamente con la Jefatura de Educacion, Cultura y Deporte. Articulo 13º.- La infraestructura deportiva es para el uso preferencial de los ninos, adolescentes, personas con discapacidad y adultos mayores que residen en el distrito de San MORDAZA de Porres, para lo cual se establecen horarios gratuitos y adecuados los que deberan ser incluidos obligatoriamente dentro de los convenios a suscribirse. TITULO V DE LA CONSTITUCION DE LOS COMITES VECINALES Articulo 14º.- El comite vecinal de MORDAZA y/o area MORDAZA esta constituido por los asociados de las organizaciones sociales contempladas en el articulo 3º de la presente Ordenanza. Dichas instituciones deberan ser previamente reconocidas por la Autoridad Municipal y/o presentar personeria juridica debidamente inscrita en los Registros Publicos o reconocida por Ley, y deben estar ubicados dentro de un radio de tres (3) manzanas, tomando como referencia la ubicacion de la losa deportiva. Articulo 15º.- Cada organizacion social participante aprobara en asamblea de asociados la decision de integrar el comite vecinal de MORDAZA o area MORDAZA, quien se ocupara de la administracion de las instalaciones deportivas. Articulo 16º.- Una vez definida a las organizaciones integradas del comite vecinal de MORDAZA y/o area MORDAZA, se convocara a la asamblea general de socios de dichas organizaciones, para la constitucion del comite y la eleccion del consejo directivo. Articulo 17º.- El consejo directivo estara constituido por los siguientes miembros: a) Presidente. b) Secretario de Actas. c) Secretario de Economia. d) Secretario de Deportes. e) Secretario de Eventos Culturales y Recreativos. f) Secretario de Defensa del Medio Ambiente. g) Fiscal. Articulo 18º.- La eleccion se realizara a mano alzada y de cargo en cargo, con la propuesta minima de dos candidatos, en este MORDAZA participara como veedor de la Municipalidad un miembro de la Oficina de Participacion Vecinal. Articulo 19º.- Todas las organizaciones intervinientes tendran cuando menos un representante en el consejo directivo, en el caso que no hubiese miembros suficientes la asamblea general determinara los cargos a ocupar, siendo

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