Norma Legal Oficial del día 01 de agosto del año 2004 (01/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26



PROCEDIMIENTO

BASE LEGAL

REQUISITOS

DERECHO DE PAGO (TASA) APRUEBA EL TRAMITE

CALIFICACION AUTOEVALUACION MATICO POSITIVO NEGATIVO

INICIO DE TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE RECURSO IMPUGNATORIO RECONSIDERACION APELACION

5.6.Diario Registrador Publico Tribunal Registral

Pago de derechos registrales. Otros, segun calificacion registral y disposiciones vigentes.

Pag. 2722

5

1.-

Inscripcion de elecciones de consejos directivos no inscritos a efectos de reestablecer la exactitud registral

2.-

0.36% UIT por derechos de calificacion y 0.24% UIT por dere-. chos de inscripcion

35 dias salvo prorroga o suspension.

Articulos 15º, 17º y 176º del Reglamento General de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Nº 1952001-SUNARP/SN (23/07/2001); 2º de la Resolucion Nº 202-2001SUNARP/SN (04/08/2001) ; 2º y 3º de la Resolucion Nº 331-2001-SUNARP/ SN (03/12/2001); Decreto Supremo Nº 37-94-JUS (07/07/1994)

3.-

4.-

5.6.-

Formato de solicitud de inscripcion debidamente llenado y suscrito. MORDAZA del documento de identidad del presentante, con la MORDAZA de haber sufragado en las ultimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. Convocatoria efectuada por el presidente o el integrante designado por el consejo directivo, conforme a ley o el estatuto, aunque no se encuentre inscrita la eleccion de los integrantes de dicho organo de gobierno. La convocatoria podra ser acreditada mediante declaracion jurada otorgada de conformidad con el art. 2º de la Resolucion Nº 3312001-SUNARP/SN, salvo que la misma MORDAZA sido publicada en un diario MORDAZA certificada notarial del acta de la Asamblea General de regularizacion, en la que deber constar el acuerdo de la asamblea de reconocer las elecciones anteriores no inscritas, incluyendo al organo que convoca a la asamblea general de regularizacion, y la indicacion del nombre completo de todos los integrantes del organo de gobierno elegido con especificacion de su periodo de funciones. Para acreditar el quorum respectivo podra presentarse la declaracion jurada a que alude el art. 3º de la Resolucion Nº 331-2001-SUNARP/SN . Pago de derechos registrales. Otros, segun calificacion registral y disposiciones vigentes.

3.6

COOPERATIVAS
Diario Registrador Publico Tribunal Registral

1

Constitucion de Cooperativas.

1.-

NORMAS LEGALES

2.-

0.60% UIT por derechos de calificacion y 0.24% UIT por derechos de inscripcion.

35 dias salvo prorroga o suspension.

Articulos 15º, 17º y 176º del Reglamento General de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Nº 1952001-SUNARP/SN (23/07/2001); 11º y 12º del TUO de la Ley General de Cooperativas, aprobado por D.S. Nº 074-90-TR (07/01/1991); D.S. Nº 37-94-JUS (07/07/1994)

3.-

3.4.-

Formato de solicitud de inscripcion debidamente llenado y suscrito. MORDAZA del documento de identidad del presentante, con la MORDAZA de haber sufragado en las ultimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. Escritura publica o documento privado con firmas certificadas por Notario o en defecto de este por Juez de Paz, que contenga el acto de constitucion de la cooperativa y la aprobacion de su estatuto con transcripcion de este. Pago de derechos registrales. Otros, segun calificacion registral y disposiciones vigentes.

2

Modificacion de Estatuto

1.-

Diario

Registrador Publico

Tribunal Registral

2.-

0. 24% UIT por derechos de calificacion y 0.24% UIT por derechos de inscripcion.

35 dias salvo prorroga o suspension.

3.-

Articulos 15º, 17º y 176º del Reglamento General de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Nº 1952001-SUNARP/SN (23/07/2001); 11º, 12º, 13º, 27º, numeral 1, del TUO de la Ley General de Cooperativas, aprobado por D.S. Nº 074-90-TR (07/01/ 1991); 2º y 3º de la Resolucion Nº 3312001-SUNARP/SN (03/12/2001); 2º de la Resolucion Nº 609-2002SUNARP/SN (27/12/2002); D. S. Nº 37-94-JUS (07/07/1994)

4.-

MORDAZA, MORDAZA 1 de agosto de 2004

5.-

Formato de solicitud de inscripcion debidamente llenado y suscrito. MORDAZA del documento de identidad del presentante, con la MORDAZA de haber sufragado en las ultimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. Escritura publica o documento privado con firmas certifi cadas por Notario o en defecto de este por Juez de Paz, que contenga la aprobacion del estatuto con transcripcion de este. Los avisos de convocatoria, cuando corresponda, los que podran acreditarse mediante declaracion jurada otorgada por su consejo de administracion o integrante de este debidamente facultado, de conformidad con lo previsto en el art. 2º de la Resolucion Nº 331-2001-SUNARP/SN. La lista de asistentes y el Registro de miembros para la determinacion del quorum, de ser el caso, el que podra acreditarse mediante declaracion jurada otorgada por el consejo de administracion o integrante de este debidamente facultado, de conformidad con lo previsto en el art. 3º de

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