Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2004 (02/12/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 2 de diciembre de 2004

gidos en los Procedimientos Nº 19 y Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE por lo que resulta procedente atender lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 338-2004-PRODUCE/DNEPP-Dchi, y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, el articulo 34º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE, Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y la Resolucion Ministerial Nº 505-98-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la Resolucion Ministerial Nº 503-97-PE en el extremo referido al nombre de la embarcacion pesquera, por cambio de nombre de SHEYLA a TASA 33. Articulo 2º.- Aprobar el cambio del titular de permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 50397-PE, modificado por las Resoluciones Directorales Nºs. 045-98-PE/DNE y 431-2003-PRODUCE/DNEPP, a favor de TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A., en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado. Articulo 3º.- El permiso de pesca a que se refiere la presente Resolucion sera ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 003-2004-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de bodegas de la embarcacion deben mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservacion a bordo RSW o CSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Articulo 4º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a ORGULLO MORDAZA S.A.C. por Resolucion Directoral Nº 431-2003-PRODUCE/DNEPP, para operar la embarcacion pesquera denominada SHEYLA con matricula Nº HO-12147-PM. Articulo 5º.- Excluir a la empresa MORDAZA MORDAZA S.A. y la Resolucion Directoral Nº 045-98-PE/DNE del Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE y del Anexo I, literal A) de la Resolucion Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE. Articulo 6º.- Incorporar a la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A., como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcacion pesquera denominada TASA 33, con matricula Nº HO-12147-PM, asi como la presente Resolucion al Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE y al Anexo I, literal A) de la Resolucion Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE. Articulo 7º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DONGO MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 21741

Visto el escrito con registro Nº CE-07800003 de fecha 1 de octubre de 2004, presentado por la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 112-2003-PRODUCE/DNEPP de fecha 29 de MORDAZA de 2003, se otorgo a favor de la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. autorizacion de incremento de flota via sustitucion de igual capacidad de bodega de la embarcacion pesquera siniestrada denominada "MARIA HILDA" con matricula Nº PS0609-PM, de 372.00 m3 de capacidad de bodega, para la adquisicion de una nueva embarcacion pesquera de igual capacidad de bodega para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, utilizando para ello redes de cerco con tamano minimo de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm.) y 1½ pulgadas (38 mm.); Que mediante Resolucion Directoral Nº 246-2004PRODUCE/DNEPP de fecha 13 de setiembre del 2004, se modifico la Resolucion Directoral Nº 112-2003-PRODUCE/DNEPP, por la que se otorgo a TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. autorizacion de incremento de flota via sustitucion de los derechos y capacidad de bodega de la embarcacion pesquera siniestrada "MARIA HILDA", para la adquisicion de una nueva embarcacion pesquera de 372.00 m3, entendiendose que su capacidad de bodega ha sido ampliada a 399.31 m3, via aplicacion del saldo de 27.31 m3 de volumen de bodega, reservados por la administracion a traves de la Resolucion Directoral Nº 044-2004-PRODUCE/DNEPP a favor de EMPRESA PESQUERA SAN MORDAZA S.A., manteniendose los demas terminos y condiciones de la autorizacion de incremento de flota inicialmente otorgada; Que asimismo, el articulo 2º de la Resolucion Directoral Nº 246-2004-PRODUCE/DNEPP modifica el articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 112-2003-PRODUCE/ DNEPP, entendiendose la construccion en lugar de la adquisicion como la modalidad de ejecucion de la autorizacion de incremento de flota otorgado; Que mediante el escrito del visto, la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. solicita permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera denominada "TASA 43" con matricula Nº CO-21913-PM, de 399.31 m3 de capacidad de bodega, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, empleando redes de cerco de ½ (13 mm.) y 1½ pulgadas (38 mm.); Que de acuerdo a lo establecido por los articulos 43º, 44º y 45º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, los permisos de pesca son derechos especificos otorgados por el Ministerio de la Produccion, a plazo determinado y a nivel nacional, a las personas naturales y juridicas, para el desarrollo de la actividad pesquera; Que el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 001-2002PRODUCE del 5 de setiembre del 2002, establece que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) seran destinados al consumo humano directo; Que de la revision y evaluacion a los documentos presentados, se ha verificado que la recurrente ha cumplido con acreditar los requisitos establecidos por el procedimiento Nº 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, por lo que procede otorgar el permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 352-2004-PRODUCE/DNEPP-Dchi y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Procedimiento Nº 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE;

Otorgan permiso de pesca a favor de Tecnologica de Alimentos S.A. para operar embarcacion pesquera de bandera nacional
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 296-2004-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 26 de octubre de 2004

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