Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2004 (08/07/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, jueves 8 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 272011

de Lurigancho, La Molina-Cieneguilla y MORDAZA El Salvador; Que, luego de las visitas efectuadas a diversos organos jurisdiccionales del Distrito Judicial de MORDAZA, se ha podido advertir que algunos de estos no cuentan con las condiciones de seguridad y los recursos humanos necesarios para la adecuada atencion de las numerosas denuncias y detenidos que a diario son puestos a disposicion de los mismos por parte de los representantes del Ministerio Publico, situacion que se agrava aun mas en horas de la noche; Que, al respecto, el distrito de Chosica cuenta con dos Juzgados Especializados en lo Penal, los cuales realizan el servicio de turno permanente en forma mensual y alternada, siendo asimismo su competencia territorial, la establecida mediante Resolucion Administrativa Nº 096-94-CEPJ de fecha 11 de octubre de 1994; Que, estando a lo expuesto precedentemente, resulta necesario adoptar medidas tendientes a otorgar mayor eficiencia y eficacia al servicio de administracion de justicia, siendo pertinente regular la realizacion del servicio de turno permanente por parte de los Juzgados Especializados en lo Penal de Chosica, en concordancia con las normas administrativas que regulan el servicio de turno permanente de los Juzgados Especializados en lo Penal de MORDAZA, Resoluciones Administrativas Nº 068-CME-PJ de fecha 28 de marzo de 1996 y Nº153-96-SE-TP-CME-PJ de fecha 30 de MORDAZA de 1996, modificada por Resolucion Administrativa Nº 366-SE-TP-CME-PJ de 19 de octubre de 1996; Por los fundamentos expuestos, el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, en uso de las facultades conferidas en los incisos 6) y 19) del Articulo 96º del T.U.O. de la Ley Organica del Poder Judicial; sin intervencion del senor Presidente de este Organo de Gobierno por asistir a una reunion oficial, en sesion ordinaria, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER que a partir del 1 de agosto del presente ano, los senores Magistrados a cargo de los Juzgados Especializados en lo Penal de Chosica, se incorporen al servicio de Turno Permanente de los Juzgados Especializados en lo Penal de MORDAZA, debiendo sujetarse al cronograma que para tal efecto establecera la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, asi como a lo dispuesto mediante Resoluciones Administrativas Nº 068-CME-PJ, Nº153-96-SE-TP-CME-PJ y su modificatoria Resolucion Administrativa Nº 366-SE-TP-CME-PJ, en coordinacion con las respectivas Fiscalias Provinciales. Articulo Segundo.- DISPONER que una vez calificados los procesos por el Juez Penal de Turno correspondiente, los expedientes distintos a aquellos con Reos en Carcel que correspondan a la competencia territorial de los Juzgados Especializados en lo Penal de Chosica, deberan ser remitidos a estos dentro del termino de ley, a traves de la Mesa de Partes del Juzgado Penal de Turno Permanente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, para su respectiva tramitacion, bajo responsabilidad del Administrador del Juzgado Penal de Turno Permanente. Articulo Tercero.- FACULTAR a los senores Magistrados a cargo de los Juzgados Especializados en lo Penal de Chosica, la adopcion de las medidas que conforme a Ley resulten necesarias para el normal desarrollo de los procesos judiciales a su cargo, durante los dias en que les corresponda la realizacion del servicio de turno permanente. Articulo Cuarto.- ENCOMENDAR al Administrador del Juzgado Penal de Turno Permanente, instruir al personal jurisdiccional y administrativo a su cargo, sobre las acciones a realizar para el adecuado cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion Administrativa, bajo responsabilidad. Articulo Quinto.- PONER la presente Resolucion Administrativa en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, Fiscalia de la Nacion, Policia Nacional, Oficina Distrital de Control de la Magistratura, Administracion Distrital, Administracion del MORDAZA Despacho Judicial y Servicios Judiciales, Administracion

del Juzgado Penal de Turno Permanente, Administracion de los Juzgados Especializados en lo Penal de Chosica, y de los senores Magistrados para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA BETANCOUR BOSSIO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA LAU MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12740

Cuadro de Antiguedad de los Jueces de Primera Instancia del Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 07-2004-CED-CSJLI/PJ MORDAZA, 15 de junio del 2004 VISTA: La Resolucion Administrativa Nº 248-2003-CED-CSJLI/ PJ, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 18 de setiembre del ano proximo pasado, y, CONSIDERANDO: Por resolucion de vista el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, aprobo el Cuadro de Antiguedad de los Jueces de Primera Instancia; Que, desde su aprobacion hasta la fecha, se han producido incorporaciones de Magistrados por el Consejo Nacional de la Magistratura (noviembre 2003) asi como reincorporaciones por la via legal de Accion de Amparo; por lo que resulta necesario actualizar la nomina, de conformidad con lo establecido en el art. 219º de la Ley Organica del Poder Judicial1 y aprobarla en su oportunidad, previa publicacion y conocimiento de los Magistrados que la integran; Estando a lo expuesto, el Consejo Ejecutivo Distrital, en uso de las facultades conferidas por la Ley de la materia, sin intervencion del senor Presidente de este Organo de Gobierno por asistir a una reunion oficial, en sesion ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER la publicacion del Cuadro de Antiguedad de los Jueces de Primera Instancia del Distrito Judicial de MORDAZA, el mismo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Segundo.- OTORGAR un plazo perentorio de quince dias utiles a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion, para la formulacion de observaciones al orden considerado en la nomina. Articulo Tercero.- CONVOCAR a sesion de Consejo para la aprobacion del Cuadro de Antiguedad, vencidos que MORDAZA los plazos de observacion y las resoluciones que recaigan sobre ellos. Articulo Cuarto.- PONER la presente en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Ge-

1

Art. 219º.- El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, organiza el cuadro de antiguedad de Vocales Supremos y el de meritos y antiguedad de los Vocales Superiores, y los actualiza permanentemente . Los Consejos Ejecutivos Distritales y las Cortes Superiores en su caso, hacen lo propio con los Magistrados que les conciernen.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.