Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2004 (08/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 88

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 8 de MORDAZA de 2004

de planificacion, de distribucion, de supervision de la operacion, y de evaluacion de resultados de los Programas, participaran supervisando, evaluando y redisenando dichos procesos en los aspectos que se acuerden. Asimismo, organizaran los Comites de Gestion Alimentaria. - Es de responsabilidad del Ministerio asegurar que durante el ano 2004, como producto de la capacitacion, la asistencia tecnica y la gestion compartida, los Gobiernos Locales cuenten con los instrumentos que les permita gestionar los Programas que recibiran a partir del ano 2005. Estos instrumentos incluiran: i. Un Plan de Adquisiciones. ii. El planeamiento de los sistemas de distribucion. iii. El sistema de supervision y evaluacion de la operacion y resultados de los Programas. iv. El funcionamiento de los Comites de Gestion Alimentaria. v. La refocalizacion y empadronamiento de beneficiarios. * Tratandose de los Programas de Infraestructura Social y Productiva del FONCODES: - Los Gobiernos Locales, en el MORDAZA de la identificacion y priorizacion de las inversiones que, con arreglo a sus competencias y funciones, han establecido para el ano 2004 en sus Planes de Desarrollo Local Concertado y en su Presupuesto Participativo, participaran en la designacion del nucleo ejecutor, en la seleccion de los operadores, y en el seguimiento y evaluacion de las obras que se ejecutaran. - Es de responsabilidad del Ministerio asegurar que durante el ano 2004, como producto de la capacitacion, la asistencia tecnica y la gestion compartida, los Gobiernos Locales cuenten con los criterios tecnicos que les permita gestionar los recursos presupuestales que recibiran a partir del ano 2005, en los siguientes temas: i. Identificacion y priorizacion de las inversiones en el MORDAZA de su Plan de Desarrollo Local Concertado y de su Presupuesto Participativo. ii. Elaboracion de los Estudios y Expedientes Tecnicos. iii. Definicion de la modalidad de ejecucion de los Proyectos y seleccion de los operadores. iv. Sistema de seguimiento de la ejecucion de los Proyectos y de evaluacion de su impacto en la localidad. v. Focalizacion de los beneficiarios. c. Los Presidentes de las Comisiones de Transferencia de Entrega y de Recepcion ejecutaran los Convenios de Cooperacion a traves de Subcomisiones que designaran bajo responsabilidad, conforme al inciso d) del numeral 6.1.1 y al inciso e) del numeral 6.1.2 de la presente Directiva, en un plazo que no excedera del 2 de agosto de 2004. Los Presidentes de las Comisiones de Transferencia de Recepcion conformaran sus Subcomisiones bajo los siguientes criterios: sera presidida por un representante del Concejo Municipal; y, en un MORDAZA de tres (3), estara integrada preferentemente por aquellos Funcionarios y/o Servidores Publicos, y/o Personal en general, nombrados o contratados, cualquiera sea su modalidad de contratacion, que participaran en la gestion de los Proyectos y Programas. d. Para la suscripcion de los Convenios de Cooperacion y de los Convenios de Gestion, los Gobiernos Locales deberan contar con la correspondiente aprobacion del Concejo Municipal, segun lo dispuesto por la Ley Organica de Municipalidades. Con ocasion de la aprobacion del Convenio de Cooperacion, el Concejo Municipal designara a su representante ante la Subcomision a que se refiere el inciso precedente. e. La ejecucion de los Convenios de Cooperacion se inicia a partir de su suscripcion y tendra vigencia hasta el 31 de diciembre de 2004. La ejecucion de los Convenios de Gestion se inicia a partir del 1 de enero de 2005 y su vigencia se establecera en el respectivo Convenio. f. El Informe Final que forma parte del Expediente estara constituido por el Informe de Ejecucion del Convenio de Cooperacion al 30 de noviembre de 2004.

4. PROCEDIMIENTO Y PLAZOS La transferencia de los Proyectos y Programas Sociales, sin perjuicio de las disposiciones generales establecidas en la presente Directiva, se sujetara a las siguientes disposiciones especificas:
Etapas / Acciones
Etapa Preparatoria Conformacion de la Comision de Transferencia de Entrega Conformacion de la Comision de Transferencia de Recepcion. 10 dias habiles a partir de la vigencia de la presente Directiva. 10 dias habiles a partir de la vigencia de la presente Directiva. Resolucion Ministerial publicada en el Diario Oficial El Peruano. Resolucion de Alcaldia.

Plazos

Observaciones

Publicacion de los A mas tardar 15 de MORDAZA modelos de Convenio de 2004. de Cooperacion y de Gestion. MORDAZA de su- A mas tardar el 2 de gerencias y opiniones agosto de 2004. a los modelos de Convenio de Cooperacion y de Gestion. Conformacion de Subcomisiones. A mas tardar el 2 de agosto de 2004.

Publica el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social.

Presentan los Gobiernos Locales. La Comision de Transferencia de Entrega y el Consejo Nacional de Descentralizacion elaboran el Convenio definitivo. Designan los Gobiernos Locales para la ejecucion y evaluacion de la capacitacion, la asistencia tecnica y la gestion compartida.

Suscripcion de los Convenios de Cooperacion. Etapa de Consolidacion Ejecucion de los Convenios de Cooperacion. Elaboracion del Informe Final constituido por el Informe de Ejecucion del Convenio de Cooperacion.

A mas tardar el 30 de agosto de 2004.

Hasta el 31 de diciembre Ejecucion por Subcomisiones designadas por las Comisiones de 2004. de Transferencia de Entrega y de Recepcion. A mas tardar el 30 de noviembre de 2004. Suscribe la Comision de Transferencia de Entrega a propuesta de las Subcomisiones de Entrega y Recepcion.

Etapa de Entrega y Recepcion Suscripcion del A mas tardar el 15 de Convenio de Gestion diciembre de 2004. y del Acta de Entrega y Recepcion. Dacion de Decretos Supremos. A mas tardar el 31 de diciembre de 2004. Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, Ministerio de Economia y Finanzas y Consejo Nacional de Descentralizacion.

Transferencia Efectiva.

1 de enero de 2005.

12780

FONAFE
Toman conocimiento de la renuncia efectiva presentada por miembros de directorios de diversas empresas bajo el ambito de FONAFE
FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 003-2004/009-FONAFE Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 24º del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de

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