Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2004 (23/03/2004)


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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, martes 23 de marzo de 2004

nulidad del MORDAZA de seleccion por alguna de las causales establecidas en el Articulo 57º de la Ley, solo hasta MORDAZA de la celebracion del contrato, debiendose publicar la Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) dias siguientes a su expedicion, bajo responsabilidad; Que, el Articulo 57º del T.U.O. de Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que son nulos los actos administrativos cuando contravengan las normas legales, o prescindan de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la normativa aplicable, debiendo expresar en la Resolucion que expida la etapa a la que se retrotraera el proceso; Que, en virtud de las atribuciones que le confiere los Articulos 20º, 21º inciso "v" y 41º de la Ley Nº 27867 "Ley Organica de Gobiernos Regionales", el numeral "4" del Articulo 18º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional del Callao, aprobado por Ordenanza Regional Nº 002-2004-REGION CALLAO-CR, y con la conformidad de la Gerencia General Regional y las visaciones de la Gerencia de Administracion y de la Gerencia de Asesoria Juridica del Gobierno Regional del Callao; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer, por las consideraciones expuestas, la Nulidad de la Licitacion Publica Nacional Nº 0002-2004-REGION CALLAO, "adquisicion de utiles de oficina - insumos de computo y de fotocopiadoras" con un Valor Referencial de S/. 360,000.02 (trescientos sesenta mil con 02/100 Nuevos Soles), con precios al mes de febrero de 2004; retrotrayendo el MORDAZA de seleccion hasta la etapa de convocatoria. Articulo Segundo.- Declarar Nula la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 071-2004-REGION CALLAO-PR del 23 de febrero del 2004 y Disponer que la Oficina de Logistica elabore las nuevas Especificaciones Tecnicas para realizar la adquisicion de utiles de oficina, insumos de computo y de fotocopiadoras. Articulo Tercero.- Encargar a la Secretaria General de la Gerencia General Regional la publicacion de la presente Resolucion, conforme lo establece el Articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CANCHES MORDAZA Presidente 05830

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Declaran en situacion de urgencia adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 028-2004-MDR EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DEL MORDAZA POR CUANTO: Visto, en Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha ocho de marzo del ano dos mil cuatro; el Memorandum Nº 124-2004-MDR-GM de fecha 5.3.04; el Informe Nº 041-2004-PVL-MDR de fecha 3.3.04; el Informe Nº 037-2004-DA-MDR de fecha 5.3.04; el Informe Nº 1862004-OAL-MDR de fecha 5.3.04, por el cual solicitan que el Concejo Municipal declare en Situacion de Urgencia la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche.

Que, mediante el informe de Vistos el Presidente del Comite Especial de Adquisiciones del Programa del Vaso de Leche senala que ha existido demora en la aprobacion de la eleccion de los insumos, via degustacion, por parte de los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche, asi como tambien, demora en la suscripcion del Convenio de Donacion de Pan como aporte nutricional para alcanzar los valores minimos senalados en la R.M. Nº 711-2002SA/DM, MORDAZA que aprueba la Directiva denominada "Valores Nutricionales Minimos de la Racion del Programa del Vaso de Leche"; Que, de manera imprevisible las gestiones de coordinacion y acuerdo entre la Organizacion Distrital del Vaso de Leche y el Comite de Administracion de la Municipalidad insumieron tiempos excesivos para arribar al acuerdo previo a la convocatoria de la licitacion publica nacional, entre otros motivos, debido a desavenencias para arribar a los convenios que garanticen el cumplimiento de los valores nutritivos minimos exigidos por la legislacion vigente; Que, por esta razon el MORDAZA de seleccion para la adquisicion de Insumos para el Programa del Vaso de Leche ha sufrido un retraso, que ya se encuentra solucionado y que por su naturaleza conllevaria un tiempo prolongado hasta el otorgamiento de la buena pro y esta situacion ocasionaria un desabastecimiento del Programa del Vaso de Leche y por consiguiente generaria un serio malestar de los beneficiarios, situacion que debe evitarse con la autorizacion de una compra rapida e inmediata con el fin de adquirir lo suficiente para paliar esta situacion, sugiriendo para el efecto que se declare en Situacion de Urgencia la compra de insumos para el Programa citado; Que, mediante Informe Nº 186-2004-OAL-MDR la Oficina de Asesoria Legal de la Municipalidad es de opinion favorable para que se declare en Situacion de Urgencia la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche toda vez que los hechos contenidos en los Informes Tecnicos demuestran que se configuran los presupuestos legales para declarar una exoneracion del MORDAZA de seleccion senalados en los Articulos 19º y 21º del T.U.O de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante D.S. Nº 012-2001-PCM, en el sentido que se considera Situacion de Urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de un bien compromete en forma directa e inminente la continuidad de un servicio esencial. Dicha situacion faculta a la entidad a adquirir los bienes o servicios solo por el tiempo o cantidad necesarios para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Estando a las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; con el Informe Tecnico-legal a la vista, con el MORDAZA mayoritario de los Srs. Regidores y con la dispensa del tramite de la aprobacion del Acta; ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche por un periodo de sesenta (60) dias calendario o hasta que quede consentido el otorgamiento de la buena pro de la Licitacion Publica Nacional a convocarse inmediatamente, autorizando para el efecto, a la Administracion Municipal la compra directa mediante el procedimiento senalado en el Articulo 105º del D.S. Nº 0132001-PCM. Articulo Segundo.- AUTORIZAR la adquisicion de los siguientes productos: Leche Evaporada Entera, Hojuela de Quinua-avena con Kiwicha y MORDAZA Instantaneo en las cantidades y valores referenciales que se consignan: - 188,000 (ciento ochenta y ocho mil) unidades de leche evaporada entera por un valor referencial de S/ 276,360.00 (doscientos setenta y seis mil trescientos sesenta y 00/100 Nuevos Soles). - 30,500 (treinta mil quinientos) kilogramos de Hojuelas de Quinua-avena con kiwicha por un valor referencial de S/

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