Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2004 (23/03/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, martes 23 de marzo de 2004 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 "Ley de Requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el Ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica", establece que la autorizacion de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA por razones protocolares, de asistencia civica, actividades academicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolucion Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; Que, con Facsimil (DGS) Nº 122 de fecha 15 de marzo del 2004, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, en merito a la informacion proporcionada por la Embajada de la Republica Federativa del Brasil en el Peru, solicita se expida la autorizacion para el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, de personal militar brasileno, del 23 al 28 de marzo del presente ano, quienes acompanaran al senor Ministro de Defensa del Brasil durante la visita que realizara al Peru; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de la Republica Federativa del Brasil, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 23 al 28 de marzo del 2004, con la finalidad de acompanar al senor Ministro de Defensa del Brasil durante la visita que realizara al Peru. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa MORDAZA cuenta del contenido de la presente Resolucion Suprema a la Comision de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la Republica, en el plazo de 24 horas de su expedicion, conforme lo estipula el articulo 5 de la Ley Nº 27856. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 05848

Que, en tal sentido, es necesario aceptar la renuncia y designar al funcionario que desempenara el cargo de Director Ejecutivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION; De conformidad por lo dispuesto por el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 028-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 095-2003-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el ingeniero MORDAZA Guiulfo Zender, como Director Ejecutivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar al senor MORDAZA Helbert MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director Ejecutivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI G. Ministro de Economia y Finanzas 05821

INTERIOR
Derogan el MORDAZA parrafo del articulo 80º del D.S. Nº 019-71-IN que aprobo el Reglamento de Explosivos de Uso Civil
DECRETO SUPREMO Nº 006-2004-IN EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 019-71-IN del 26.AGO.71 se aprobo el Reglamento de Explosivos de Uso Civil; Que dicho dispositivo por el devenir del tiempo y ante la adopcion de nuevas politicas de libre MORDAZA aunado a la aparicion de conductas delictivas que atentan la Seguridad Ciudadana como es el caso de narcoterrorismo, se promulgo el Decreto Ley Nº 25707 del 26.SET.92 que declara en emergencia la utilizacion de explosivos de uso civil y conexos, conllevando a la derogatoria en forma MORDAZA de diferentes dispositivos contenidos en el D.S. Nº 019-71IN dentro de los que se encuentra el parrafo MORDAZA del articulo 80º que limitaba la prohibicion para importar explosivos de similares caracteristicas a los que se producen en el Peru; Que, siendo el Peru MORDAZA miembro de la Comunidad MORDAZA y en este sentido la Secretaria General observa que el articulo 80º en su MORDAZA parrafo del Decreto Supremo Nº 019-71 del 26.AGO.71 configura una medida administrativa que impide las importaciones, es decir, solo se hace efectiva frente los productos importados hecho que constituye de por si una discriminacion y una restriccion al comercio, invocando el articulo 72º del Acuerdo de Cartagena, por lo que solicita su eliminacion expresa; Que, estando a lo opinado en forma favorable por el Primer Vicepresidente de la Republica y Ministro de Comercio Exterior y Turismo en su Oficio Nº 653-2003-MINCETUR/DM del 16.SET.2003; y, En uso de las facultades conferidas en el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Deroguese el MORDAZA parrafo del articulo 80º del Decreto Supremo Nº 019-71-IN que dice "Esta prohibida la importacion de explosivos de similares caracteristicas a los que se producen en el MORDAZA, asi como cohetes, cohetones, cohetecillos y otros artificios." Dejandose subsistente lo demas que contiene.

ECONOMIA Y FINANZAS
Designan Director Ejecutivo de PROINVERSION
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 180-2004-EF/10 MORDAZA, 22 de marzo de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 407-2002EF/10 del 4 de octubre de 2002 se designo al ingeniero MORDAZA Guiulfo Zender, en el cargo de Director Ejecutivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada- PROINVERSION; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo que venia desempenando;

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