Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 2004 (16/09/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 16 de setiembre de 2004

res determinan procesos de seleccion no previstos en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones aprobado para el ano fiscal 2004 del MORDAZA Nacional de Elecciones; Que, segun lo Informado por las dependencias usuarias y recogido en el Informe Tecnico Nº 025-2004-GAF/ JNE de la Gerencia de Administracion y Finanzas, la realizacion de los procesos de seleccion que tienen por objeto adquirir los equipos de computo, adquirir la indumentaria y contratar el servicio de reserva y venta de pasajes aereos nacionales comprometen la continuidad de los diversos servicios esenciales que el MORDAZA Nacional de Elecciones prestara en la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2004; Que, la Gerencia Legal, mediante Informe Nº 074-2004GL/JNE, senala que la causal de urgencia invocada por el Informe Nº 364-2004-GAF/JNE, se encuentra contemplada en el literal c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobada por Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, el cual establece que se encuentran exoneradas de los procesos de seleccion correspondientes las contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o urgencia, declarado conforme a ley; Que, habiendose configurado la causal prevista en el literal c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, resulta necesario declarar en situacion de urgencia y exonerar de los procesos de seleccion correspondientes a las adquisiciones y contrataciones indicadas en el tercer, MORDAZA y MORDAZA considerando; Que, el articulo 20º del mencionado Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, concordante con los articulos 105º y 116º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 13-2001-PCM, precisa que las adquisiciones o contrataciones a que refiere el articulo 19º de la Ley de Contrataciones, se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, aprobandose la respectiva exoneracion mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; De conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del articulo 19º y el articulo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, los articulos 105º, 113º y 116º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 13-2001PCM, y la Directiva Nº 001-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolucion Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE; Estando al Informe Tecnico-Legal aprobatorio y la conformidad de la Secretaria General, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, de la Gerencia Legal y la Gerencia de Administracion y Finanzas que visan la presente resolucion, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 21º inciso d) del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado mediante Resolucion Nº 658-2002-JNE; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Incluir en el Plan Anual de Adquisiciones para el ano 2004, la Licitacion Publica para la Adquisicion de Equipos de Computo, la Adjudicacion Directa Selectiva para la Adquisicion de Indumentaria y la Adjudicacion Directa Selectiva para la Contratacion del Servicio de Reserva y Venta de Pasajes Aereos Nacionales, con Valores Referenciales de S/. 392,362.50, S/. 63,350.00 y S/. 56,708.00, respectivamente, y con cargo al Presupuesto Aprobado para la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2004, fuente de financiamiento Recursos Ordinarios. Articulo Segundo.- Declarar en situacion de urgencia la Adquisicion de Equipos de Computo, con un Valor Referencial de S/. 392,362.50, la Adquisicion de Indumentaria, con un Valor Referencial de S/.63,350.00, y la Contratacion del Servicio de Reserva y Venta de Pasajes Aereos Nacionales, por los meses de setiembre y octubre, con un Valor Referencial de S/. 56,708.00, todos con cargo al Presupuesto Aprobado para la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2004, fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; y, exonerarlos del MORDAZA de seleccion respectivo. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas realizar mediante acciones inmediatas la contratacion del servicio de reserva y venta de pasajes aereos nacionales, la adquisicion de los equipos de computo y la adquisicion de indumentaria exonerados del Articulo MORDAZA, debiendo efectuar las Adjudicaciones de Menor Cuantia respectivas. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas remitir MORDAZA de la presente Resolu-

cion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias siguientes a la fecha de su aprobacion y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, y a la Comision de Promocion de la Pequena y Microempresa - PROMPYME, de conformidad a los dispositivos legales vigentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SANCHEZ-PALACIOS PAIVA Presidente del MORDAZA Nacional de Elecciones 16658

Declaran infundadas solicitud de vacancia de Regidor del Concejo Distrital de El Tambo y mocion de orden del dia
MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES RESOLUCION Nº 177-2004-JNE
Expediente Nº 588-2004 MORDAZA, 14 de setiembre de 2004 Visto, el recurso de apelacion interpuesto por la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra el Acuerdo de Concejo Nº 004-2004-MDT/CM de fecha 24 de junio de 2004 del Concejo Distrital de El Tambo, provincia de Huancayo, departamento de MORDAZA, que declaro por mayoria simple la vacancia de la Regidora MORDAZA Ninoska MORDAZA MORDAZA, no habiendose alcanzado el MORDAZA calificado que senala el articulo 23º de la Ley Organica de Municipalidades, en la votacion efectuada por el concejo en atencion a la solicitud de vacancia presentada por la recurrente y la Mocion de Orden del Dia Nº 010-AQV-MDT-2004 formulada por el Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sustentadas en las causales previstas en los articulos 11º y 63º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; CONSIDERANDO: Que el articulo 23º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 dispone que la vacancia de los cargos de MORDAZA o Regidor se declara con el MORDAZA aprobatorio de los dos tercios del numero legal de miembros del Concejo Municipal, y al no haberse logrado en este caso dicha votacion, la declaracion de vacancia de la Regidora MORDAZA Ninoska MORDAZA MORDAZA contenida en el acuerdo apelado carece de efectos juridicos; Que no obstante este error conceptual, la peticionaria apela entendiendo que su solicitud de vacancia no fue acogida por el Concejo Distrital de El Tambo, por lo que corresponde examinar el fondo del asunto; Que la solicitud de vacancia atribuye a la Regidora MORDAZA Ninoska MORDAZA MORDAZA la presunta infraccion del articulo 11º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, al haber suscrito con fecha 1º de marzo de 2004, el documento denominado Contrato de Mano de Obra, para la confeccion de mobiliario escolar del Colegio Estatal de Menores "17 de setiembre" con MORDAZA donada por INRENA a ese centro educativo; Que dicho documento no ha comprometido ningun MORDAZA de ejecucion por parte de la Municipalidad de El Tambo, pues de acuerdo a los informes Nos. 006, 72 y 073-MDT-GDHSGSS-2004, emitidos por la Gerencia de Desarrollo Humano y la Subgerencia de Bienestar Social y Desarrollo Humano, a fojas 52, 219 y 310, el pago del 50% del costo de la mano de obra, fue autorizado por el MORDAZA, y asi fue comunicado al Presidente de la APAFA del colegio mediante Oficio Nº 041-MDT-GDH-SGSS-2004 de fecha 15 de marzo de 2004, a fojas 314; emitiendose la Nota de Pedido 049-MDT de 29 de MORDAZA de 2004, a fojas 307, con la que se solicita la confeccion de 50 modulos educativos para el Colegio Estatal de Menores "17 de setiembre", con la correspondiente visacion de Administracion; asimismo, en el acta de la sesion extraordinaria del 24 de junio de 2004, de fojas 14 a 36, en la que participo el MORDAZA, se registra la intervencion del Subgerente de Bienestar Social y Desarrollo Humano de la Municipalidad, indicando que el pago se gestiono en atencion al Oficio Nº 021-2004-DCE"17deS"-ET del Director del colegio, que corre a fojas 315, en el que con fecha 4 de marzo de 2004 solicito al MORDAZA de la Municipalidad de El Tambo el financiamiento para la confeccion del mobiliario,

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