Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 2004 (16/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

MORDAZA, jueves 16 de setiembre de 2004

NORMAS LEGALES

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especificar, ademas del precio los factores pertinentes que se consideraran para la evaluacion de las propuestas y la manera en que estos se aplicaran para determinar la mejor propuesto. Las caracteristicas y/o especificaciones tecnicas, los requerimientos tecnicos asi como los factores de evaluacion, deberan sujetarse a criterios de razonabilidad y objetivos congruentes con el bien o servicio u obra requerida con su costo o precio. Es prohibido establecer caracteristicas, especificaciones, requerimientos tecnicos o factores de evaluacion desproporcionados o incongruentes en relacion con el objeto de la convocatoria"; Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 57º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se declarara la nulidad cuando se halla prescindido de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita en la normatividad aplicable, supuesto que se verifica en el presente caso toda vez que los factores de evaluacion no han senalado el procedimiento objetivo para su asignacion; Que, asimismo el articulo 26º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Reglamento de la Ley de Contratacion y Adquisiciones del Estado establece que el titular del pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la entidad segun corresponda, podra declarar la nulidad de oficio del MORDAZA de seleccion solo por una de las causales establecidas en el articulo 57º de la Ley, solo hasta MORDAZA de la celebracion del contrato; y , Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 , el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar, de oficio, la Nulidad Parcial de la Adjudicacion Directa Publica Nº 0001-2004-CEMDLV, "Servicio de Mantenimiento, Supervision y Atencion al Publico de la Oficina de Registros Civiles de la Municipalidad Distrital de La Victoria" debiendo retrotraerse el MORDAZA a la etapa de elaboracion de Bases. Articulo Segundo.- Encargar a la oficina de Secretaria General la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los 5 dias siguientes a su expedicion. Registrese, comuniquese, cumplase y publiquese.

tivo de Programacion Participativa del Presupuesto 2005 de la Municipalidad Distrital de Lince, del Equipo Tecnico constituido mediante Resolucion de Alcaldia Nº 319-2004 elevado al senor MORDAZA Distrital, se emiten los resultados del MORDAZA y se expresa el cumplimiento de la normatividad que regula el MORDAZA Participativo, respectivamente; Que, habiendose culminado dicho MORDAZA mediante la formalizacion de Acuerdos, a traves de la suscripcion de las Actas respectivas, deviene necesario aprobar los resultados del Presupuesto Participativo 2005 en la Municipalidad Distrital de Lince; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 39º y 41º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; por mayoria, con dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del acta; ACUERDA: Articulo Unico.- Aprobar los Acuerdos y Resultados del MORDAZA de Programacion Participativa del Presupuesto Participativo 2005, del distrito de Lince. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 16645

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Precisan que la Municipalidad tiene la facultad de autorizar la colocacion de avisos publicitarios o elementos de publicidad exterior y propaganda politica, en todas las vias dentro de su jurisdiccion
ORDENANZA Nº 166
Miraflores, 14 de setiembre de 2004 EL MORDAZA DE MIRAFLORES

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 16780

POR CUANTO: El Concejo de Miraflores en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado en su articulo 194º, cuyo texto vigente es el contenido en la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, reconoce a las municipalidades distritales en su calidad de organos de gobierno local, autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme al inciso 4) del articulo 200º de la Constitucion Politica del Estado, el legislador constituyente peruano le ha dado a la Ordenanza Municipal el rango de Ley; Que, el Concejo Municipal cumple su funcion normativa, entre otros mecanismos, a traves de las Ordenanzas Municipales, las cuales, de conformidad con lo previsto por el articulo 200º, inciso 4), de la Constitucion, tienen rango de ley, al igual que las leyes propiamente dichas, los decretos legislativos, los decretos de urgencia y las normas regionales de caracter general; Que, el inciso 8) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 establece que corresponde a los Concejos Municipales aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos; Que, el inciso 18) del articulo 65º de la derogada Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853 establecia que son funciones de las municipalidades en materia de acondicionamiento territorial, vivienda y seguridad colectiva, el regular y autorizar la ubicacion de avisos luminosos, publicidad comercial y propaganda politica; Que, al MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA citada la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA establecio, en la Primera Disposicion Final de la Ordenanza Nº 210, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 4 de marzo de 1999, el otorgamiento de facultades al MORDAZA Metropolitano de MORDAZA, para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las normas complementarias y reglamentarias de dicha Ordenanza,

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Aprueban los Acuerdos y Resultados del MORDAZA de Programacion Participativa del Presupuesto Participativo 2005
ACUERDO DE CONCEJO Nº 048-2004-MDL
Lince, 31 de agosto del 2004 VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 140-2004MDL-GPP de la Gerencia de Presupuesto y Planificacion, sobre la aprobacion de las acciones resultantes del MORDAZA del Presupuesto Participativo 2005 en la Municipalidad Distrital de Lince; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 118-MDL del 24 de junio del 2004, se aprobo el MORDAZA normativo que regula el MORDAZA de Programacion, Participacion y Concertacion para la Formulacion del Presupuesto Participativo en el distrito de Lince; Que, el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 171-2003EF-Reglamento de la Ley Nº 28056 dispone que las acciones resultantes del MORDAZA del Presupuesto Participativo, son remitidos para la aprobacion por los respectivos Concejos Municipales; Que, mediante Informe Nº 140-2004-MDL-GPP de la Gerencia de Presupuesto y Planificacion, Resumen ejecu-

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