Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2005 (28/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

MORDAZA, viernes 28 de enero de 2005

NORMAS LEGALES

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Articulo 3º.- PROCEDIMIENTO DEL BENEFICIO ESPECIAL DE REGULARIZACION.- Los comerciantes instalados en puestos, kioscos, depositos y tiendas del MORDAZA Municipal Nº 2 que no tuvieran autorizacion para conducir los mismos o la que tuvieron hubiera expirado, deberan presentar una solicitud de acogimiento al presente beneficio, dirigida al MORDAZA, en un formato que se recabara en la Plataforma de Atencion de la Unidad de Tramite Documentario y Archivo. A dicha solicitud se debera acompanar: a) Recibo de pago por el derecho de tramite, ascendente a S/. 150 (CIENTO CINCUENTA NUEVOS SOLES) emitido por la Subgerencia de Tesoreria de la Municipalidad Distrital de Barranco. b) MORDAZA simple del Documento Nacional de Identidad del solicitante. c) MORDAZA fedateada del documento en virtud del cual la Municipalidad Distrital de Barranco le otorgo la autorizacion para conducir el puesto, kiosco, deposito o tienda, que hubiera vencido, si la tuvieran. d) MORDAZA del recibo de pago de arbitrios o MORDAZA conductiva u otro documento que acredite la conduccion del puesto, kiosco, deposito o tienda, para los comerciantes que jamas hubieran tenido autorizacion expedida por la Municipalidad Distrital de Barranco. Dicha solicitud sera resuelta por la Subgerencia de Comercializacion, Fiscalizacion y Control, en un plazo no mayor de 2 dias utiles, con la expedicion de la resolucion correspondiente. Articulo 4º.- VIGENCIA.- Establecer la vigencia de la presente ordenanza hasta el 28 de febrero del 2005. Articulo 5º.- Encargar el cumplimiento de la presente ordenanza a la Subgerencia de Comercializacion, Fiscalizacion y Control de la Gerencia de Administracion Financiera y Tributaria y a la Subgerencia de Tesoreria. Articulo 6º.- Facultar al Despacho de Alcaldia para que, mediante Decreto de Alcaldia pueda ampliar el plazo de vigencia de la presente ordenanza. POR TANTO: Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA DEL POMAR SAETTONE MORDAZA 01930

Nº 135-99-EF modificada por Decreto Legislativo Nº 953, establece que los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, los articulos 27º y 41º del Decreto Supremo Nº 135-99-EF, facultan excepcionalmente a los gobiernos locales a condonar con caracter General, los intereses moratorios y las sanciones respecto a los tributos que administren; Que, es necesario dinamizar la recaudacion tributaria, promoviendo el pago de los tributos MORDAZA de su vencimiento establecido en el cronograma correspondiente, otorgando en el presente ejercicio, un descuento especial para aquellos contribuyentes que no puedan acceder a otros beneficios otorgados por esta Corporacion Edil; En uso de las atribuciones conferidas por los articulos 9º numeral 8) y 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el pleno del Concejo por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Otorgar un beneficio por "Pronto Pago", consistente en un descuento ascendente al 10% (diez por ciento) de los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo del 2005, a los contribuyentes que efectuen la cancelacion por adelantado de todo el ano 2005, hasta el 28 de febrero del 2005, para lo cual deberan previamente cumplir con las siguientes condiciones. a) Para aquellos contribuyentes que tengan obligaciones pendientes de pago al 31 de diciembre del 2004, estas deberan ser canceladas y/o fraccionadas, para lo cual, el monto a fraccionar estara constituido por el que aparece en su estado de cuenta corriente. Condiciones del Fraccionamiento Monto a Fraccionar Hasta 1 UIT Mas de 1 UIT hasta 4 UIT Mas de 4 UIT Cuota Inicial 10% 10% 10% Nº de Cuotas De 2 a 12 De 2 a 15 De 2 a 20

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Otorgan beneficios por Pronto Pago
ORDENANZA Nº 166-MPL Pueblo Libre, 27 de enero de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE Visto, en Sesion Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 001-2005-MPL/CPL-CPDE de la Comision Permanente de Desarrollo Economico; y, CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru de 1993 y su modificatoria, Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y les otorga potestad tributaria; Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario - Decreto Supremo

Excepcionalmente, la Oficina de Administracion Tributaria en coordinacion con la Unidad de Recaudacion y siempre que el caso lo amerite, autorizara la disminucion de la cuota inicial y/o ampliacion del numero de cuotas. La cuota inicial del fraccionamiento sera equivalente al 10% (diez por ciento) de la deuda Tributaria, en ningun caso sera menor a S/. 50.00, al igual que las cuotas del fraccionamiento. b) Aquellos contribuyentes que hubieran suscrito convenios de fraccionamientos, podran acogerse al presente beneficio si se encontraran al dia en su calendario de pagos. c) Los casos no previstos para la suscripcion del convenio de fraccionamiento, se regiran por lo dispuesto en la Directiva Nº 001-1996-DR-MPL, que aprueba el Regimen de aplicacion de fraccionamientos tributarios, asi como el articulo 36º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-EF-99. Articulo Segundo.- El beneficio senalado en la presente Ordenanza, no sera acumulable a los beneficios otorgados mediante la Ordenanza Nº 158-MPL de fecha 9 de diciembre del 2004. Articulo Tercero.- Encargar a la Oficina de Administracion Tributaria y a la Oficina de Informatica, el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Oficina de Comunicacion Social su difusion y a la Oficina de Administracion, su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA 01939

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