Norma Legal Oficial del día 09 de mayo del año 2005 (09/05/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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COD. 1.3 I.1 I.2

NORMAS LEGALES
INFRACCION

MORDAZA, lunes 9 de MORDAZA de 2005 CALIFICACION SANCION MEDIDA PREVENTIVA

I.3 I.7 I.8 I.10

I.11 I.12 I.13

I.14 I.15

I.16 I.17

I.18 1.4 L.1 L.2

INFRACCIONES A LA INFORMACION O DOCUMENTACION Proporcionar informacion falsa o presentar documentacion fraudulenta a la autoridad competente. No portar durante la prestacion del servicio de transporte de mercancia la guia de remision y, de ser el caso, el manifiesto de carga o portarlas sin cumplir con los requisitos establecidos en el presente reglamento y, en su caso, en el Reglamento de Comprobantes de Pago. No comunicar a la autoridad competente del respectivo registro, la transferencia de los vehiculos que conforman su flota. No comunicar a la autoridad competente del respectivo registro, en el plazo establecido, cualquier variacion que se MORDAZA producido en la informacion inscrita en el mismo. Prestar el servicio con conductores que no se encuentren en la nomina comunicada a la autoridad competente. No informar por escrito a la autoridad competente, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de producidos los accidentes de MORDAZA conconsecuencias de muerte o lesiones personales graves ocurridos durante la operacion del servicio. No presentar la nomina de conductores dentro del plazo establecido. No presentar el Certificado de Revision Tecnica o Inspeccion Tecnica o del Seguro Obligatorio de Accidentes de MORDAZA, dentro del plazo de requerimiento de la autoridad competente. No portar durante la prestacion del servicio el Certificado de Habilitacion Vehicular o Certificado de Revision Tecnica o Inspeccion Tecnica o Certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Transitoo no exhibir la calcomania correspondiente. No elaborar y/o no distribuir entre sus conductores la cartilla de instrucciones sobre las obligaciones que deben ser observadas durante la prestacion del servicio de transporte. No exhibir en cada vehiculo habilitado al servicio de transporte provincial e interprovincial regular de personas, segun corresponda, la razon social, nombre comercial si lo tuviera, MORDAZA distintivos del transportista y la identificacion de la ruta autorizada si corresponde. No colocar en el interior del vehiculo habilitado para el servicio de transporte provincial de personas, en lugar visible para el usuario, la informacion sobre las tarifas. No colocar en terminales terrestres y/o estaciones de ruta, informacion sobre servicios de transporte interprovincial regular de personas, horarios, tarifas y aquellas que, con relacion a seguridad y educacion vial, establezca la autoridad competente. No exhibir en las partes laterales del vehiculo destinado al transporte de mercancias el numero del certificado de habilitacion vehicular, la capacidad de carga MORDAZA y la MORDAZA del vehiculo. INFRACCIONES A LA CALIDAD Y CAPACITACION No reservar en los vehiculos destinados al servicio de transporte regular de personas, los asientos para discapacitados. Permitir que los vehiculos con los que presta el servicio de transporte MORDAZA conducidos por conductores que no cuenten con la capacitacion establecida. INFRACCIONES DEL CONDUCTOR INFRACCION INFRACCIONES CONTRA LA FORMALIZACION DEL TRANSPORTE Conducir vehiculos destinados al transporte de mercancias transportando pasajeros, sin contar con el correspondiente permiso para transporte mixto. Conducir o utilizar el vehiculo del servicio, intencionalmente, en acciones de bloqueo, interrupcion u otras que impidan el libre MORDAZA por las calles, carreteras, puentes, vias ferreas y otras vias publicas terrestres. Conducir un vehiculo del servicio de transporte sin que este se en cuentre habilitado por la autoridad competente. Conducir vehiculos del servicio de transporte realizando modalidad distinta a la autorizada. Conducir vehiculos de transporte regular de personas en areas o vias saturadas sin que el transportista cuente con la concesion otorgada por la autoridad competente de la jurisdiccion. Conducir vehiculos del servicio de transporte sin que el transportista cuente con la autorizacion otorgada por la autoridad competente de la jurisdiccion. Conducir vehiculos del servicio de transporte por rutas distintas a

Muy grave Muy grave

0.55 UIT 1.40 UIT Retencion del Vehiculo

Muy grave Grave Grave Leve

0.55 UIT 0.40 UIT 0.40 UIT 0.175 UIT

Leve Leve Leve

0.175 UIT 0.175 UIT 0.175 UIT Retencion del Vehiculo

Leve Leve

0.175 UIT 0.175 UIT

Leve Leve

0.175 UIT 0.175 UIT

Leve

0.175 UIT

Grave Grave

0.40 UIT 0.40 UIT

II.COD. 2.1 R.1 R.2 R.3 R.4 R.5 R.6 R.7

ANEXO N° 2 CALIFICACION SANCION MEDIDA PREVENTIVA

Muy grave Muy grave Muy grave Muy grave Grave Grave Grave

0.175 UIT 0.175 UIT 0.14 UIT 0.14 UIT 0.07 UIT 0.07 UIT 0.07 UIT

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