Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2005 (26/05/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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do; SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2005

Con el visado del Viceministro de Pesqueria encarga-

Articulo 1º.- Suspender las actividades extractivas del recurso anchoveta Engraulis ringens y anchoveta MORDAZA Anchoa nasus, a partir de las 00:00 horas del dia 27 de MORDAZA hasta las 24:00 horas del dia 31 de MORDAZA del 2005, en las areas que a continuacion se detallan: a) Entre los 6°30'00" y 6°59'59" S; y, b) Entre los 10°30'00" y 12°59'59" S. Articulo 2º.- Ampliar el area de suspension de las actividades extractivas de la anchoveta dispuesta en el inciso b) del articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 223-2005-PRODUCE, cuya area de suspension comprendera entre los 7°00'00 y 10°29'59" S. Articulo 3º.- Los armadores que incumplan las normas establecidas en la presente resolucion, seran sancionados de conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Reglamento de Inspeccion y del Procedimiento Sancionador de las Actividades Pesqueras y Acuicola, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-PE y sus normas ampliatorias y modificatorias. Articulo 4º.- La Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion y las Direcciones Regionales con competencia pesquera, velaran por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SHEPUT MOORE Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo Encargado de la Cartera de la Produccion 09839

ca, MORDAZA Mariategui Succar, como Consul General del Peru en Machala, Republica del Ecuador y trasladarla a prestar servicios de su categoria en la Cancilleria. Articulo Segundo.- Cancelar las Letras Patentes correspondientes. Articulo Tercero.- La fecha de termino de funciones de la citada funcionaria diplomatica, sera fijada por Resolucion Ministerial. Articulo Cuarto.- Aplicar el egreso que origine la presente Resolucion, a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 09857

Establecen disposiciones para la convocatoria y participacion de representantes en diversos mecanismos bilaterales de integracion y desarrollo fronterizo con Ecuador
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0448-2005-RE MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Decision 501 de la Comunidad MORDAZA sobre Zonas de Integracion Fronteriza (ZIF), Articulo 4, inciso d), dispone "...promover la participacion activa de las instituciones publicas y privadas de las ZIF en los procesos de planificacion, seguimiento y evaluacion de los planes y programas y proyectos que permiten consolidar el desarrollo de esos ambitos, buscando compartir obligaciones y responsabilidades..."; Que, la Constitucion Politica del Peru, de conformidad con la Ley de Reforma Constitucional sobre Descentralizacion -Ley Nº 27680 establece lo siguiente: Articulo 188º "La descentralizacion es una forma de organizacion democratica y constituye una politica permanente de Estado, de caracter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental del desarrollo integral del pais..."; Articulo 191º "Los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones..."; Articulo 192º "Los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y locales de desarrollo"; Que, la Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores Decreto Ley Nº 26112 establece en su articulo 2.- que "El Presidente de la Republica conduce las relaciones internacionales del Peru. El Ministerio de Relaciones Exteriores es el organo responsable de ejecutar las directrices que para ese fin dicta el Jefe de Estado, de coordinar con las demas reparticiones publicas y entidades privadas en lo pertinente a la vinculacion exterior y constituir el unico registro centralizado y formal de las obligaciones internacionales del Estado"; y en su Articulo 5 referido a las funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, Inciso j).- "Coordinar con los gobiernos regionales y locales en todos los asuntos que indican en las vinculaciones externas", Inciso l).- "Coordinar todo lo relacionado con las fronteras y limites del MORDAZA, asi como las cuestiones que atanen a sus zonas fronterizas..."; Que, la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion, en su Titulo VIII "Relaciones de Gobierno", articulo 49, numeral 49.1 sobre "Relaciones de coordinacion y cooperacion", establece que, "El gobierno nacional y los gobiernos regionales y locales mantienen rela-

RELACIONES EXTERIORES
Dan por terminadas funciones de Consul General del Peru en Machala, Republica del Ecuador
RESOLUCION SUPREMA Nº 115-2005-RE MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2005 Vista la Resolucion Suprema Nº 114-RE, de 13 de MORDAZA de 2003, que nombro a la Ministra en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA Mariategui Succar, Consul General del Peru en Machala, Republica del Ecuador; CONSIDERANDO: Que los miembros del Servicio Diplomatico de la Republica que a la fecha se encuentran prestando servicios en el exterior fueron nombrados al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 894; Que de acuerdo a dicho dispositivo legal los miembros del Servicio Diplomatico de la Republica prestaran servicios alternados de tres anos en la Cancilleria y de cinco anos en el Servicio Exterior; De conformidad con el inciso b) del articulo 8º y la Tercera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, de 19 de octubre de 2003, articulos 185º literal c) y 189º literal b) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 1302003-RE; el articulo 169º del Reglamento Consular aprobado por Decreto Supremo Nº 0002-79-RE, de 17 de enero de 1979; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por terminadas las funciones de la Ministra en el Servicio Diplomatico de la Republi-

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