Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2006 (25/01/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 25 de enero de 2006

Que, como resultado del Examen Especial, dicha Oficina Regional de Control emitio la Hoja Informativa Nº 005-2004-CG/ORTR-CAMDLE; en la cual se determinaron presuntas irregularidades, respecto a que la administracion municipal y/o los organos de apoyo competentes no habian impartido instrucciones para efectuar la investigacion administrativa correspondiente, para determinar las causas de la sustraccion de autopartes de maquinaria de propiedad municipal; y en relacion a la conducta de los funcionarios que intervinieron en la decision del traslado de la maquinaria al ambiente en el que se produjo la sustraccion, por cuanto era de pleno conocimiento que dicho lugar no brindaba ningun MORDAZA de seguridad, facilitandose, con esta accion que terceros se apropien de bienes del Estado; por otro lado, se ha realizado reparacion de maquinaria con fondos provenientes de Canon y Sobrecanon Minero, los cuales debieron ser destinados a proyectos de inversion; Que, debido a la existencia de irregularidades que denotaban la existencia de indicios de comision de delito y al requerirse se practiquen diligencias policiales para tal fin, la Comision considero conveniente solicitar la participacion de la Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional del Peru Adscrita a la Contraloria General de la Republica, a fin que profundice las investigaciones del caso; Que, la mencionada Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional Adscrita a la Contraloria General, conforme a sus atribuciones senaladas en los articulos 3º, 7º numeral 2) y 8º numeral 6) de la Ley Nº 27238 - Ley Organica de la Policia Nacional del Peru, ha elaborado el Atestado de Vistos, el mismo que ha sido remitido por dicha Unidad Tecnica a traves del Oficio Nº 131-05-DIRCOCORPNP-DIVPACGR/OPACGR-TR de 15.AGO.2005 a la Fiscalia Provincial Mixta de La MORDAZA - MORDAZA, a fin que este organo formalice la denuncia pertinente ante el Juzgado Penal competente para el caso, por la comision de los delitos de Incumplimiento de Funciones y Peculado, ilicitos previstos y sancionados por los articulos 377º y 387º del Codigo Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en los literales d) y o) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que, producto de una verificacion se encuentre presuncion de ilicito penal, asi como participar en los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de este, por lo que resulta conveniente autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, a fin que se apersone e impulse las acciones legales correspondientes e interponga los recursos que la Ley le faculta en aras de la defensa judicial de los derechos e intereses del Estado, por los hechos revelados en el Atestado de Vistos; De conformidad con el articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado, el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, se apersone ante las instancias pertinentes e impulse las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos en el Atestado de Vistos, remitiendosele para el efecto los antecedentes del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 01369

Vistos; la Hoja de Recomendacion Nº 005-2006-CG/ GDPC de 13.ENE.2006, los Oficios Nºs. 1877 y 1958-2005DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR-INV.E4 de 11.NOV.2005 y 10.ENE.2006, respectivamente y el Atestado Nº 092-2005DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR-E4 de 09.NOV.2005, resultante de las investigaciones realizadas por la Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional del Peru Adscrita a la Contraloria General de la Republica, en la Municipalidad Distrital de Santisimo MORDAZA de MORDAZA - Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica, a traves de los Oficios Nºs. 209-2005-CG/ZC y 469-2005-CG/ DC de 09 y 16.MAR.2005 dispuso se efectue una Ver ificacion de Denuncia en torno a presuntas irregularidades cometidas en la Municipalidad Distrital de Santisimo MORDAZA de MORDAZA - MORDAZA, designando para el caso una Comision a efectos de realizar la mencionada verificacion; Que, como resultado de dicha actividad, se ha emitido el Informe de Verificacion de Denuncias Nº 001-2005CG/ZC, en el cual se ha evidenciado que la mencionada Municipalidad con exoneracion del MORDAZA de seleccion suscribio contratos de locacion de servicios de Fiscalizacion Tributaria con determinada empresa, para la fiscalizacion selectiva a empresas exclusivas prestadoras de servicios relacionados a los impuestos y recuperacion de deudas y asesoria tecnico-legal al area de ejecucion coactiva, asi como la fiscalizacion relacionada a la aplicacion de sanciones administrativas; siendo que la empresa contratada no efectuo labor alguna objeto de los contratos, toda vez que las gestiones de cobranza durante los anos 2003 y 2004, fueron realizadas por el Ejecutor y Auxiliar Coactivo de la referida entidad edil; a pesar de lo cual cobro la suma de S/. 377 768,89; Que, la mencionada Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional Adscrita a la Contraloria General, conforme a sus atribuciones senaladas en los articulos 3º, 7º numeral 2) y 8º numeral 6) de la Ley Nº 27238 Ley Organica de la Policia Nacional del Peru, ha elaborado el Atestado de Vistos, el mismo que fue remitido por dicha Unidad Tecnica con Oficio Nº 1877-2005DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR-INV-E4 de 11.NOV.2005 a la Fiscalia Provincial Mixta de Lurin - MORDAZA, a fin que este organo formalice la denuncia pertinente ante el Juzgado Penal competente para el caso, por la comision de los delitos de Omision de Actos Funcionales y Colusion; ilicitos previstos y sancionados por los articulos 377º y 384º, del Codigo Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal o) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, participar en los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de este, por lo que resulta conveniente autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, a fin que se apersone e impulse las acciones legales correspondientes e interponga los recursos que la Ley le faculta en aras de la defensa judicial de los derechos e intereses del Estado, por los hechos revelados en el Atestado de Vistos; De conformidad con el articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado, el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, se apersone ante las instancias pertinentes e impulse las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos en el Atestado de Vistos, remitiendosele para el efecto los antecedentes del caso. Registrese, comuniquese y publiquese.

RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 016-2006-CG MORDAZA, 20 de enero de 2006

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 01370

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