Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2006 (25/01/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, miercoles 25 de enero de 2006

NORMAS LEGALES

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Que, el Codigo Civil en su Art. 233º establece que la regularizacion juridica de la Familia, tiene por finalidad contribuir a su consolidacion y fortalecimiento, en MORDAZA con los principios y normas proclamados en la Constitucion Politica del Peru; Que, existen en el distrito de MORDAZA MORDAZA, numerosas parejas que viven en union de hecho y que desean formalizar su estado Civil, contrayendo Matrimonio; Que, proteger a la familia y promover el Matrimonio como Institucion Natural y Fundamental de la Sociedad cautelando su Legalidad Juridica, es deber que los Gobiernos Locales tienen; Que, mediante Informe Nº 005-2006-MDPP-ORRCC de fecha 4 de enero del 2006 la Oficina de Registro Civil, ha propuesto la realizacion de Matrimonios Comunitarios para el 11 de febrero, en Visperas de celebrarse un Aniversario mas de la creacion del distrito de MORDAZA MORDAZA, y para el 26 de agosto por Conmemorarse un Aniversario de MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, Asimismo resulta pertinente autorizar la celebracion de los Matrimonios comunitarios en la Fechas que las MORDAZA Evangelicas, Catolicas u Otras Instituciones lo requieran en el presente Ano; Que, estando lo expuesto y establecido en Libro de Familia, Arts. 233º, 234º, y 248º del Codigo Civil, a las Facultades conferidas al Concejo en la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, Art. 9º, y la Ordenanza Municipal Nº 036-2004- MDPP; SE DECRETA: Articulo Primero.- AUTORIZAR la celebracion del Matrimonio Comunitario para el 11 de febrero, Visperas de celebrarse un Aniversario mas de la creacion del distrito de MORDAZA MORDAZA, debiendo recepcionarse los documentos a partir del 11 de enero hasta 4 de febrero. Articulo Segundo.- AUTORIZAR la celebracion del Matrimonio Comunitario para el 26 de agosto, por Rememorarse un Aniversario de MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, debiendo recepcionarse los documentos a partir del 10 de MORDAZA hasta el 19 de agosto. Articulo Tercero.- AUTORIZAR como Pago Unico para cada evento S/. 75.00 Nuevos Soles por MORDAZA y los gastos que ocasionen seran asumida por la entidad. Articulo Cuarto.- AUTORIZAR la realizacion de la celebracion de los Matrimonios Comunitarios en la Fechas que las MORDAZA Evangelicas, Catolicas u Otras Instituciones lo requieran en el presente Ano, y el costo por cada MORDAZA sera de S/. 35.00 Nuevos Soles y los Gastos que ocasione seran asumida por la entidad solicitante. Articulo Quinto.- AUTORIZAR que para los Matrimonios Comunitarios realizados por la Municipalidad y Otras Instituciones los Examenes Medico Prenupciales de los Contrayentes deberan ser efectuados en el Centro Medico Municipal y/o en Otra Area de Salud, asumiendo cada MORDAZA los costos que ocasiones cada examen. Articulo Sexto.- Las Parejas interesadas en contraer Matrimonio Civil Comunitario, deberan cumplir con presentar los siguientes documentos: a) Partida de Nacimiento Original de cada uno de los contrayentes, o en su defecto la respectiva dispensa Judicial. b) Original y MORDAZA Fedateada de los Documentos de Identidad de cada uno de los contrayentes c) Certificado de Domicilio de Cada Uno de los Contrayentes. d) Certificado Medico Pre-Nupcial de cada uno de los contrayentes. e) Recibo de Pago por el derecho de celebracion del Matrimonio debidamente cancelado. f) Dos (2) testigos mayores de edad, adjuntando MORDAZA de su Documento de Identidad. En caso de Contrayentes Viudos o Divorciados, ademas deberan presentar: 1) Partida de Original de Defuncion del Contrayente anterior o Partida de Matrimonio con la respectiva Acta de Disolucion en Anotacion Marginal, segun sea el caso. 2) Declaracion Jurada legalizada ante el Notario Publico, que acredite tener o no la Administracion de los bienes de hijos habidos en anterior Matrimonio.

Y los Menores de Edad deberan presentar los mismos requisitos mas la Autorizacion de los Padres Judicial y/o Notarial. Articulo Setimo.- DISPENSAR de la publicacion de los edictos a las parejas que se acojan al matrimonio civil comunitario dispuestos en los articulos Primero, MORDAZA y Cuarto. Articulo Octavo.- AUTORIZAR el traslado de los libros fuera de esta Corporacion MORDAZA para la celebracion de los matrimonios comunitarios MORDAZA citados. Articulo Noveno.- ENCARGAR a la Secretaria General, Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion, Subgerencia de Logistica, Subgerencia de Personal, Oficina de Imagen y Protocolo, Oficina de Participacion Vecinal y Oficina de Registro Civil para el cumplimiento del presente Decreto. Registrese, publiquese y cumplase. RENNAN S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 01377

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Aprueban proyectos de habilitacion MORDAZA de terreno ubicado en el distrito de MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION GERENCIAL Nº 001-2006-GDU-MSS Expediente Nº 022919-2005.M2.1 MORDAZA de MORDAZA, 9 de enero de 2006 EL GERENTE DE DESARROLLO MORDAZA VISTO: El petitorio de la ASOCIACION PRO ECCLESIA SANCTA., sobre Aprobacion de Habilitacion MORDAZA Nueva de Lote Unico, del terreno de 6,358.82 m², constituido por la acumulacion de los Sublotes 2 y 3 de la manzana denominada "C" de la Parcelacion Semirrustica " El Vivero ", ubicado frente a la avenida La Republica (antes avenida El Carmen) esquina con el MORDAZA Santorin (Antes MORDAZA 2), en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Subgerencia de Licencias y Habilitaciones Urbanas emite el Informe Nº 3019-2005-SGLHU-GIPRIGCDL-MSS de fecha 31.10.2005 (fs.36 al 38) senalando que el terreno de 6,358.82 m2 se encuentra ubicado en MORDAZA de Uso Residencial de Alta Densidad R-6 y que de la lectura de la Memoria Descriptiva se concluye que la Administrada proyecta ejecutar un local destinado a Culto Religioso, aduciendo que de acuerdo a la Zonificacion R6 Residencial de Alta Densidad se permite usos compatibles como Iglesia, Meszquitas y templos, tal como lo indica el Reglamento Nacional de Construcciones, por lo que de acuerdo a la Ordenanza Nº 836-MML calcula los Aportes Reglamentarios con la Zonificacion Otros Usos OU, la misma que establece 5% para Parques Zonales, 3% para Renovacion MORDAZA y 2% para Otros Fines, solicitando asi mismo que los aportes Reglamentarios MORDAZA redimidos en dinero a valor arancelario de acuerdo al Articulo 10º de la referida Ordenanza; Que, la Comision Tecnica de Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Nº 23-2005 de fecha 31.10.2005, acordo emitir el DICTAMEN: PENDIENTE, indicando que: ..." Se deberan considerar los Aportes Reglamentarios de acuerdo a la Zonificacion R-6 asignada, durante la sustentacion verbal efectuada por el proyectista se ha solicitado que la Habilitacion MORDAZA sea aprobada como "Otros Usos", y que se considere el 10% de aportes a valor arancelario; La Comision Tecnica de Habilitaciones Urbanas, teniendo

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