Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2006 (25/01/2006)


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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 25 de enero de 2006

MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 01518

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 674, Ley de Promocion de la Inversion Privada en las Empresas del Estado, se declaro de interes nacional la promocion de la inversion privada en el ambito de las empresas que conforman la actividad empresarial del Estado; Que, en virtud de la Resolucion Suprema Nº 10292-PCM del 21 de febrero de 1992, se ratifico el acuerdo de la Comision de Promocion de la Inversion Privada COPRI (ahora PROINVERSION) conforme al cual se incluyo a la Empresa Minera del Centro del Peru S.A. CENTROMIN PERU S.A., en el MORDAZA de promocion de la inversion privada a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 674; Que, con acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSION adoptado en sesion de fecha 29 de setiembre de 2005, se aprobaron las Bases del Concurso Publico Internacional Nº PRI-87-2005, para la promocion de la inversion privada en el Proyecto La Granja, a traves de un Contrato de Transferencia de las Concesiones Mineras y otros Activos que conforman dicho proyecto; Que, con fecha 16 de diciembre de 2005, se realizo el Acto de Recepcion y Apertura de Propuestas y Adjudicacion de la Buena Pro del Concurso Publico Internacional Nº PRI-87-2005 para la promocion de la inversion privada en el Proyecto La Granja, adjudicandose la buena pro a la empresa Rio Tinto Western Holdings Limited, de acuerdo a lo previsto en el Numeral 6.4 de las Bases del Concurso Publico MORDAZA indicado; Que, el articulo 2º del Decreto Ley Nº 25570, sustituido por el articulo 6º de la Ley Nº 26438, permite que el Estado otorgue mediante contrato, a las personas juridicas que realicen inversiones bajo el MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 674, la garantia que mediante Decreto Supremo, en cada caso, se considere necesaria para proteger sus adquisiciones e inversiones, de acuerdo a la legislacion vigente; Que, en virtud de lo MORDAZA expresado, procede otorgar mediante contrato, la garantia a que se refiere el considerando precedente, a favor de Rio Tinto Minera Peru Limitada S.A.C., empresa subsidiaria de Rio Tinto Western Holdings Limited, la cual de acuerdo a lo establecido en el Numeral 2.3 del Anexo A de las Bases del Concurso Publico Internacional Nº PRI-87-2005, suscr ibira el Contrato de Transferencia de las Concesiones Mineras y otros Activos que conforman el Proyecto La Granja; por lo que, corresponde se le otorguen las seguridades y garantias respectivas, autorizandose al Viceministro de Minas del Ministerio de Energia y Minas, la suscripcion del mismo; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 2º del Decreto Ley Nº 25570, sustituido por el articulo 6º de la Ley Nº 26438, y el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Otorguese mediante contrato, a la empresa Rio Tinto Minera Peru Limitada S.A.C., la garantia del Estado Peruano en respaldo de las declaraciones, seguridades y obligaciones a cargo de las entidades del Estado, contenidas en el Contrato de Transferencia de las Concesiones Mineras y otros Activos que conforman el Proyecto La Granja, resultante del Concurso Publico Internacional Nº PRI-87-2005 efectuado por PROINVERSION. Articulo 2º.- La amplitud de la garantia a que se refiere el articulo precedente, sera la que determine el respectivo contrato, observandose lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 674, y por el articulo 2º del Decreto Ley Nº 25570, sustituido por el articulo 6º de la Ley Nº 26438. Articulo 3º.- Autoricese al Viceministro de Minas del Ministerio de Energia y Minas, a suscribir en representacion del Estado, el contrato a que se refiere el articulo 1º del presente Decreto Supremo. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de enero del ano dos mil seis.

Ratifican acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSION que aprobo Plan de Promocion de la Inversion Privada para entrega en concesion de prestacion de servicios de telefonia en MORDAZA y Callao
RESOLUCION SUPREMA Nº 004-2006-EF MORDAZA, 24 de enero de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 759-2005MTC/03, publicada con fecha 31 de octubre de 2005, se le encarga a la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, la conduccion del Concurso Publico de Ofertas y el otorgamiento de la Buena Pro para la seleccion del operador al que el Ministerio asignara 25 + 25 MHz correspondiente a las bandas D1, D2, D3, D4, D5, H1, H2, H3, H4 y H5 comprendidos en la banda 3400-3600 MHz, y/o otorgara concesion para la prestacion del servicio publico de telefonia fija local en la modalidad de abonados y telefonos publicos y portador local en el area que comprende la provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 159-2005EF, publicada con fecha 13 de diciembre de 2005, se ratifico el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSION, adoptado en su sesion de fecha 3 de noviembre de 2005, mediante el cual acordo tomar a su cargo e incorporar el MORDAZA de promocion de la inversion privada, dentro de los alcances del Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su TUO del reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, el Decreto de Urgencia Nº 054-2001, y el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM, la realizacion del concurso publico para la seleccion del operador al que el Ministerio asignara 25 + 25 Mhz correspondiente a las bandas D1, D2, D3, D4, D5, H1, H2, H3, H4 y H5 comprendidos en la banda 3 400 - 3 600 Mhz, y/o otorgara concesion para la prestacion del servicio publico de telefonia fija local en la modalidad de abonados y telefonos publicos y portador local en el area que comprende la provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao; Que, asimismo mediante la Resolucion Suprema indicada en el considerando precedente, se encargo al Comite de PROINVERSION en Proyectos de Infraestructura y Servicios Publicos la conduccion del MORDAZA a que se refiere el considerando precedente; Que, de acuerdo a lo estipulado en numeral 3 del Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, corresponde al Consejo Directivo de PROINVERSION aprobar, previamente a la ejecucion del MORDAZA, el Plan de Promocion de la Inversion Privada relativo a la concesion de una o varias obras publicas de infraestructura o de servicios publicos, debiendo dicho acuerdo ser ratificado mediante Resolucion Suprema; Que el Consejo Directivo de PROINVERSION, en su sesion de fecha 22 de diciembre de 2005, acordo aprobar el Plan de Promocion de la Inversion Privada para el otorgamiento de concesion para la prestacion del servicio publico de telefonia fija local y portador local en el area que comprende la provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, su reglamento, y la Resolucion Ministerial Nº 759-2005-MTC/03;

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