Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2006 (25/01/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, miercoles 25 de enero de 2006

NORMAS LEGALES

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Articulo 2º de la presente Resolucion, podran acceder gratuitamente al formulario electronico disponible en la pagina web del MINCETUR (http://www.mincetur.gob.pe) o solicitar el formato impreso en la Oficina General de Informatica y Estadistica del Ministerio ubicada en la MORDAZA Uno Oeste Nº 050, sotano 1, Urbanizacion CorpacSan MORDAZA en MORDAZA y en otras ciudades del MORDAZA en las Direcciones Regionales de Comercio Exterior, Turismo y Artesania. Articulo 5º.- Establecer como plazo MORDAZA a nivel nacional, para la MORDAZA de la informacion solicitada de la "Estadistica Mensual de Turismo del ano 2006 para Establecimientos de Hospedaje" hasta el octavo dia habil del mes siguiente al que se informa. Articulo 6º.- Las personas naturales y juridicas seleccionadas devolveran, sin costo alguno, a las Oficinas competentes, los formularios debidamente diligenciados. Articulo 7º.- Las empresas que incumplan con la MORDAZA de la "Estadistica Mensual de Turismo del ano 2006 para Establecimientos de Hospedaje", en la fecha establecida seran multadas conforme a lo dispuesto por los Arts. 87º, 90º y 91º del D.S. Nº 0432001-PCM. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MATUK MORDAZA Jefe Instituto Nacional de Estadistica e Informatica 01460

servicios turisticos, asi como aprobar el formulario respectivo y el plazo de entrega de la informacion; Con la opinion tecnica de la Direccion Nacional de Censos y Encuestas y la visacion de la Subjefatura de Estadistica y de la Oficina Tecnica de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica"; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la ejecucion de la operacion estadistica "Encuesta Mensual de Turismo 2006 para Agencias de Viajes y Organizadores de Viajes y actividades de Asistencia a Turistas n.c.p." a nivel Nacional, la que sera ejecutada por la Oficina General de Informatica y Estadistica del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. Articulo 2º.- La citada encuesta esta dirigida a una muestra seleccionada de empresas con actividades economicas en la Clase CIIU 6304 "Actividades de Agencias de Viajes y Organizadores de Viajes; actividades de Asistencia a Turistas no clasificadas en otra parte". Articulo 3º.- Aprobar el formulario de la mencionada encuesta, que forma parte integrante de la presente Resolucion, el mismo que sera aplicado en el trabajo de MORDAZA por la Oficina General de Informatica y Estadistica del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, a las personas naturales y juridicas ubicadas en el territorio nacional seleccionadas como muestra, durante los meses de enero a diciembre del 2006. Articulo 4º.- Senalar como plazo MORDAZA para la entrega de los formularios de la encuesta debidamente diligenciados, el decimo tercer dia habil de concluido cada periodo de referencia mensual. Articulo 5º.- Las personas naturales y juridicas seleccionadas como muestra que incumplan con la MORDAZA de la informacion solicitada en la "Encuesta Mensual de Turismo 2006, para Agencias de Viajes y Organizadores de Viajes y actividades de Asistencia a Turistas n.c.p", en la fecha establecida seran multadas conforme a lo dispuesto por los Arts. 87º y 91º del D.S. Nº 043-2001-PCM. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MATUK MORDAZA Jefe Instituto Nacional de Estadistica e Informatica 01461

Autorizan ejecucion de la operacion estadistica "Encuesta Mensual de Turismo 2006 para Agencias de Viajes y Organizadores de Viajes y actividades de Asistencia a Turistas n.c.p." a nivel nacional
RESOLUCION JEFATURAL Nº 028-2006-INEI MORDAZA, 18 de enero del 2006 Visto el Oficio Nº 074-2005-MINCETUR/SG/OGIE, de la Oficina General de Informatica y Estadistica del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR), solicitando autorizacion para la ejecucion de la operacion estadistica "Encuesta Mensual de Turismo 2006 para Agencias de Viajes y Organizadores de Viajes y actividades de Asistencia a Turistas n.c.p." a nivel nacional; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica", el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadistica y tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los metodos, procedimientos y tecnicas estadisticas, utilizadas por los organos del Sistema para la produccion de las Estadisticas Basicas referidas a los Sistemas de Cuentas Nacionales y Regionales; Que, la Oficina General de Informatica y Estadistica del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR), requiere ejecutar una encuesta mensual con el objetivo de elaborar los indicadores coyunturales que permita analizar la evolucion y tendencias de la actividad intermediaria entre el turista y el ofertante de servicios turisticos, asi como de los productores u organizadores de los denominados paquetes turisticos o viajes combinados; Que, en tal sentido es necesario autorizar la ejecucion de la operacion estadistica "Encuesta Mensual de Turismo 2006, para Agencias de Viajes y Organizadores de Viajes y actividades de Asistencia a Turistas n.c.p.", dirigida a personas naturales y juridicas ubicadas en el territorio nacional que se dediquen a prestar esos

OSIPTEL
Prorrogan la entrada en vigencia de la Res. Nº 058-2005-CD/OSIPTEL, mediante la cual se modifica el Reglamento General de Tarifas
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 004-2006-CD/OSIPTEL MORDAZA, 19 de enero de 2006 MATERIA : Prorroga de la entrada en vigencia de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 058-2005-CD/ OSIPTEL. VISTO: El Proyecto de Resolucion presentado por la Gerencia General del Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, mediante el cual se prorroga la fecha de entrada en vigencia de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 058-2005-CD/ OSIPTEL, que modifica el Reglamento General de Tarifas.

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