Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2006 (11/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano martes 11 de MORDAZA de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

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2005, hasta por la suma de S/. 416 000 000,00 en la fuente de Recursos Ordinarios, habiendose considerado al Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento con la suma de S/. 19 636 845,00 de la cual corresponde al Programa de Reconstruccion de Viviendas la suma de S/. 10 000 000,00; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 300-2005VIVIENDA del 6 de diciembre de 2005, se aprobo la desagregacion de los recursos destinados al Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento detallandose los S/. 10'000,000.00 que se destinaran al proyecto apoyo social y obras de emergencia; Que, asimismo, mediante el articulo 2º del Decreto de Urgencia Nº 032-2005 de fecha 11 de diciembre de 2005, se autoriza al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento para que mediante Resolucion de su Titular, realice las transferencias financieras que resulten necesarias para las entidades que participan de la ejecucion del Programa de Reconstruccion de Viviendas creado mediante el Decreto Supremo Nº 022-2005VIVIENDA, incluyendo entre otros al Servicio Nacional de Normalizacion, Capacitacion e Investigacion para la Industria de la Construccion - SENCICO; Que, por Resolucion Ministerial Nº 315-2005VIVIENDA de fecha 28 de diciembre de 2005, se aprobo las transferencias financieras a favor del BANMAT, COFOPRI y SENCICO; a merito de lo cual se aprueba la transferencia de hasta por el monto de S/. 367,276.00 a favor de SENCICO para el diseno de tecnologias apropiadas y asistencia tecnica para la reconstruccion MORDAZA y rural, a los operadores tecnicos y/o a la poblacion, respectivamente, segun las politicas y prioridades establecidas por el Programa de Reconstruccion de Viviendas; Que, segun el Informe Tecnico Nº 076-2006/PREV del Programa de Reconstruccion de Viviendas, se requiere la aprobacion de una MORDAZA transferencia financiera por S/. 1´155,000.00 (Un Millon Ciento Cincuenta y Cinco Mil y 00/100 Nuevos Soles) a favor de SENCICO a fin de implementar doscientos (200) modulos basicos de vivienda - prototipos; Con las opiniones favorables de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto y de la Oficina General de Administracion y de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA y los Decretos de Urgencia Nºs. 030 y 032-2005 y, la Directiva Nº 0012006-EF/76.01 - Directiva para la Ejecucion del MORDAZA Presupuestario del Gobierno Nacional para el Ano Fiscal 2006 aprobada con Resolucion Directoral Nº 052-2005EF-76.01; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia financiera hasta por el monto de S/. 1´155,000.00 (Un Millon Ciento Cincuenta y Cinco Mil y 00/100 Nuevos Soles) a favor del Servicio Nacional de Normalizacion, Capacitacion e Investigacion para la Industria de la Construccion SENCICO, para la implementacion de doscientos (200) modulos de vivienda en los predios declarados inhabitables por el Instituto Nacional de Defensa Civil INDECI. Articulo 2º.- La transferencia financiera a que se refieren el articulo precedente se realizara con cargo al Presupuesto Institucional para el Ano Fiscal 2006 de la Unidad Ejecutora 002: Vivienda y Urbanismo, Actividad 1.27570 Reconstruccion de Viviendas - D.S. Nº 022-2005VIVIENDA, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, y con la disponibilidad autorizada en el calendario de compromisos correspondiente. Articulo 3º.- Los terminos y obligaciones de la citada transferencia financiera se encuentran previstos en el "Convenio de Transferencia Financiera de Recursos" entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y SENCICO.

Articulo 4º.- Autorizar al Viceministro de Vivienda y Urbanismo, a suscribir el "Convenio de Transferencia Financiera de Recursos" y la documentacion necesaria para la implementacion de la presente Resolucion. A r ticulo 5º.- El Viceministro de Vivienda y Urbanismo y el Jefe de la Unidad Ejecutora 002 seran responsables del cumplimiento de la ejecucion del Convenio referido en el articulo 3º de la presente Resolucion Ministerial, en el MORDAZA del Decreto de Urgencia Nº 032-2005 y el Decreto Supremo Nº 0222005-VIVIENDA. Registrese, comuniquese y publiquese. RUDECINDO MORDAZA CARREAZO Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 12016 FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 174-2006-VIVIENDA Mediante Oficio Nº 381-2006-VIVIENDA-SG/T, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 174-2006-VIVIENDA, publicada en la edicion del dia 1 de MORDAZA de 2006. MORDAZA CONSIDERANDO - MORDAZA PARRAFO DICE: ... Que, en ese MORDAZA, se vienen ejecutando proyectos habitacionales a nivel nacional denominados "Proyectos pilotos", en aquellos lugares en donde no ha existido oferta privada masiva de viviendas de interes social, lo que ha permitido en gran medida el desarrollo del Proyecto Techo Propio; DEBE DECIR: ... Que, en ese MORDAZA, se vienen ejecutando proyectos habitacionales a nivel nacional denominados "Proyectos Piloto", en aquellos lugares en donde no ha existido oferta privada masiva de viviendas de interes social, lo que ha permitido en gran medida el desarrollo del Proyecto Techo Propio; ARTICULO 1º- TERCER PARRAFO DICE: ... En caso que se incumpla con el compromiso asumido mediante declaracion jurada, el Promotor a que se refiere el presente articulo no podra asumir nuevos compromisos con respecto a otros Proyectos, debiendo honrar sus obligaciones con sus propios recursos y patrimonio. DEBE DECIR: ... En caso que se incumpla con el compromiso asumido mediante declaracion jurada, el Promotor a que se refiere el presente articulo no podra asumir nuevos compromisos respecto a otros Proyectos, debiendo honrar sus obligaciones con sus propios recursos y patrimonio. 12044

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