Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2007 (20/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 164

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de diciembre de 2007

se han expresado las voluntades de las instituciones y organizaciones del Estado, del Sector Privado y la Sociedad Civil, convocadas por el Consejo Participativo Regional de Educacion ­ COPARE; instancia que ha disenado y elaborado en concordancia con el Plan Nacional y la Politica Educativa Nacional; es decir, es el resultado de un trabajo de los actores y/o agentes educativos (profesores, alumnos y padres de familia) de todas las provincias de la region; para ello, se ha realizado Audiencias y Talleres a nivel regional, quienes han contribuido a su perfeccionamiento; Que, el referido Proyecto Educativo Regional, sienta las bases para obtener una educacion eficiente, pertinente, creativa, inclusiva, participativa y competitiva, a mediano y largo plazo, tomando como referencia criterios, cientificos, tecnologicos y productivos, ratificando ademas, que la educacion es el eje fundamental de desarrollo sostenible de la Region; Que, el MORDAZA de descentralizacion educativa, como Politica Nacional, implica democratizar y modernizar la educacion en nuestro pais. Esta implicita reforma educativa, no es ajena a los intereses de la Region Puno. Por ello, se requiere adecuar el modelo educativo regional a los estandares que exige el, MORDAZA mundial en materia educativa. Sin embargo, alcanzar el desarrollo educativo integral, no debe ser obligacion unica y exclusivamente del Gobierno Regional o de la Direccion Regional de Educacion, debe ser obligacion de todos los actores de la sociedad en su conjunto; Que, el Art. 15º, literal q) de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, estipula que es atribucion del Consejo Regional, aprobar el Plan Regional de Desarrollo de Capacidades Humanas (...); Que, el Consejo Regional como Organo Normativo, esta facultado para dictar Ordenanzas Regionales, a fin de normar asuntos de Caracter General, dentro de su jurisdiccion ( Arts. 13º, 37º-a, Art. 38º de la Ley Nº 27867- LOGR); En uso de las atribuciones conferidas en la Constitucion Politica del Peru, la Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias. ORDENA: Articulo Primero.- APROBAR, el texto completo del "Proyecto Educativo Regional de MORDAZA al 2015" y DECLARESE de caracter prioritario y de necesidad urgente para mejorar la calidad educativa integral en todos sus aspectos, teniendo como MORDAZA referencial el Plan de Desarrollo de Capacidades Humanas y del Plan de Desarrollo Regional Concertado a mediano y largo plazo de la Region Puno; la misma que en calidad de Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- DISPONER que la Gerencia General Regional, en coordinacion con la Gerencia Regional de Desarrollo Social y la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA, adopten las medidas del caso, a fin de implementar en toda la jurisdiccion regional, los criterios contenidos en el proyecto aprobado, en concordancia con las disposiciones legales de la materia. Articulo Tercero.- DISPONER el seguimiento, evaluacion, control, realimentacion y actualizacion del Proyecto Educativo Regional aprobado para lo cual se conformara una Comision Especial, presidida por el Gerente Regional de Desarrollo Social e integrada por dos representantes del Consejo Participativo Regional de Educacion ­ COPARE, dos representantes de las Universidades de la region, un representante de la Direccion Regional de Educacion, un Miembro del Consejo Regional, un representante del Consejo Nacional de Educacion, dos representantes de los Colegios Profesionales y dos representantes de la Sociedad Civil. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, para que considere la Educacion Regional como Eje Tematico prioritario para el Plan de Desarrollo Regional Concertado a mediano y largo plazo; asi como, en la formulacion de los Presupuestos Participativos y los Programas, Proyectos, Obras y/o Actividades Educativos relacionados a Infraestructura, Equipamiento y Capacitacion a nivel regional; a efectos de considerar las previsiones presupuestales necesarias para el financiamiento de la implementacion y ejecucion de las politicas y estrategias educativas relacionadas con los objetivos estrategicos del PER-PUNO al 2015. Articulo Quinto.- DISPONER la elaboracion del Proyecto Curricular Regional y otros programas, proyectos y planes educativos colaterales que requiera la Region Puno; para lo cual el Ejecutivo del Gobierno Regional de MORDAZA, reglamentara por Decreto Regional.

Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Oficina Regional de Desarrollo Social, la publicacion de la presente Ordenanza, en el diario oficial El Peruano; asimismo, remitase copias a las Oficinas de Soporte Informatico para su publicacion en el MORDAZA Electronico, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 42º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales. Transcribase la presente Ordenanza Regional a las instancias correspondientes del Consejo de Ministros, del Ministerio de Educacion, al Consejo Nacional de Descentralizaron, Direccion Regional de Educacion de MORDAZA, Entidades Educativas de la Region Puno. Articulo Setimo.- La presente Ordenanza Regional, entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Articulo Octavo.- Dispensar a la presente ordenanza del tramite de la lectura y aprobacion del Acta. POR TANTO: Comuniquese al senor Presiente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA a los quince dias del mes de junio de dos mil siete. MORDAZA BALDARRAGO ABARCA. Consejero Delegado del Consejo Regional Puno. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional MORDAZA a los dieciocho dias del mes de junio de dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA GUZMAN. Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA 144449-1

Formulan el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo de la Region MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 011-2007 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en Sesion Ordinaria celebrada el dia 14 de junio de 2007, ha tratado, debatido y aprobado por unanimidad la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica, considera que la descentralizacion es una forma de organizacion democratica y constituye una politica permanente de Estado, de caracter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del MORDAZA, con ese proposito se ha otorgado a los Gobiernos Regionales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion; en su numeral 2., establece que los Gobiernos Regionales son competentes para formular y aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado con las municipalidades y la sociedad civil; Que, la Ley de Bases de Descentralizacion Ley Nº 27783, en su articulo 35º, incisos a) y b) establece como competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales, planificar el desarrollo integral de su region, ejecutar los programas socioeconomicos correspondientes y formular y aprobar el plan de desarrollo regional concertado con las municipalidades y la sociedad civil de su region; Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902, establece en el inciso e) del articulo 9º que es competencia del Gobierno Regional, promover el desarrollo socioeconomico regional, ejecutar los Planes y Proyectos correspondientes, en el inciso b) del numeral 1 del articulo 10º, es competencia exclusiva del Gobierno Regional, formular y aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado con las municipalidades y la sociedad civil de su region;

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