Norma Legal Oficial del día 30 de julio del año 2007 (30/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 30 de MORDAZA de 2007

a. Consejo Nacional del Ambiente (CONAM), quien lo coordinara, b. Direccion General de Salud Ambiental (DIGESA) c. Direccion General de Capitanias y Guardacostas (DICAPI). d. Organismo Supervisor de la Inversion de Energia y Mineria (OSINERGMIN) e. Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA) El CONAM podra invitar a participar a representantes de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, asi como a otras instituciones del ambito del Proyecto CAMISEA. Las instituciones mencionadas deberan acreditar, por escrito, a sus representantes Titulares y Alternos ante el CONAM en un plazo no mayor a 15 dias calendario de publicada la presente Resolucion Presidencial. Articulo 4º.- A fin de garantizar el desarrollo del mandato mencionado en el articulo 1º y optimizar su accionar, las instituciones miembros generaran sus Planes Operativos en forma articulada, en los cuales se definiran las intervenciones que realizaran en el ambito del Proyecto CAMISEA en el MORDAZA de sus competencias. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 90068-1

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Aprueban "Procedimiento para Supervisar la Gestion en la Planificacion de la Operacion del SEIN"
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 424-2007-OS/CD MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2007 CONSIDERANDO Que, conforme lo dispone el Articulo 12º de la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica, el Comite de Operacion Economica del Sistema (en adelante "COES") tiene por finalidad coordinar la operacion de corto, mediano y largo plazo del MORDAZA al minimo costo, preservando la seguridad del sistema, el mejor aprovechamiento de los recursos energeticos; asi como, planificar el desarrollo de la transmision del Sistema Electrico Interconectado Nacional (en adelante "SEIN") y administrar el MORDAZA de Corto Plazo; Que, especificamente, el literal a) articulo 14º de la Ley Nº 288321, establece como funcion del COES, el elaborar la planificacion de la operacion del MORDAZA en los horizontes de largo, mediano y corto plazo, que involucra realizar para cada mes, semana y dia el programa de operacion de las proximos 12 meses, 7 dias y 24 horas respectivamente; preservando la seguridad y calidad de servicio, con el objetivo de minimizar los costos de operacion y costo de racionamiento para el conjunto de instalaciones del MORDAZA, con independencia de la propiedad de dichas instalaciones; Que, es obligacion de OSINERGMIN, en ejercicio de su Facultad Supervisora dispuesta en el articulo 31º de su Reglamento General2, supervisar el correcto desempeno de las funciones atribuidas al COES mediante Ley Nº 28832; Que, en ese sentido, con el objetivo de cumplir con lo senalado precedentemente, y atendiendo a la funcion normativa establecida en el literal c) del Articulo 3º de la Ley Nº 273323, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, con la que cuenta el Regulador, facultad ratificada tambien mediante Ley Nº 27699, Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional del OSINERG4, es procedente que dicho Organismo emita las normas que permitan la adecuada supervision de las funciones atribuidas al COES5; Que, la actividad normativa es pertinente a efectos de cumplir con los principios de transparencia, cognoscibilidad y predictibilidad de las acciones que el organo regulador

adopte, de acuerdo con los principios prescritos en la Ley del Procedimiento Administrativo General y el Reglamento General de OSINERGMIN; Que, en ese sentido, OSINERGMIN ha elaborado el procedimiento para supervisar la gestion en la planificacion de la operacion del MORDAZA que el COES realiza, sobre la base de indicadores que miden las desviaciones de las variables y resultados mas importantes de la planificacion de la operacion y tambien evaluan el impacto de la variacion del programa de mantenimiento en el despacho; Que, en el referido procedimiento se establece la obligacion del COES de remitir a OSINERGMIN informacion sobre la programacion del corto, mediano y largo plazo; asi como, los indicadores de gestion. Sobre la base de esta informacion, el Procedimiento preve que la supervision del desempeno se realizara en base al analisis de la evolucion de las principales variables de planificacion y los indicadores; Que, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 0318-2007OS/CDCD, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 13 de junio de 2007, en cumplimiento del Articulo 25º del Reglamento General del OSINERGMIN6, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, se dispuso la prepublicacion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina Web de OSINERGMIN del proyecto de resolucion de la MORDAZA " Procedimiento para Supervisar la Gestion en la Planificacion de la Operacion del SEIN", ello con la finalidad de garantizar la transparencia y predictibilidad de la aplicacion de esta Norma; Que, el Articulo 2º de la Resolucion OSINERGMIN Nº 0318-2007-OS/CD otorgo un plazo de quince (15) dias calendario contados desde la fecha de su publicacion, a fin de que los interesados remitan, a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, sus comentarios y sugerencias al proyecto de MORDAZA publicado; Que, dentro del plazo establecido se recibieron los comentarios y sugerencias de las empresas ENERSUR S.A. y LUZ DEL SUR S.A.A., los cuales han sido analizados mediante el Informe Tecnico Nº 0236-2007-GART, habiendose acogido aquellos que contribuyen al logro de los objetivos de la MORDAZA, y correspondiendo, en consecuencia, la aprobacion final de la MORDAZA "Procedimiento para Supervisar la Gestion en la Planificacion de la Operacion del SEIN"; Que, ademas del referido Informe Tecnico, se ha emitido el Informe Legal Nº 0241-2007-GART, los mismos que complementan la motivacion que sustenta la decision

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"Articulo 14.- Funciones administrativas El COES tiene a su cargo las siguientes funciones administrativas: a) Desarrollar los programas de operacion de corto, mediano y largo plazo, asi como disponer y supervisar su ejecucion" "Articulo. 31º. ­ Definicion de Funcion SupervisoraLa funcion supervisora permite a OSINERG verificar el cumplimiento de las obligaciones legales, tecnicas y aquellas derivadas de los contratos de concesion, por parte de las ENTIDADES y demas empresas o personas que realizan actividades sujetas a su competencia. Asimismo, la funcion supervisora permite verificar el cumplimiento de cualquier mandato o resolucion emitida por el propio OSINERG o de cualquier otra obligacion que se encuentre a cargo de la ENTIDAD supervisada..." "c) Funcion normativa: comprende la facultad de dictar, en el ambito y la materia de sus respectivas competencias, los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de caracter general y mandatos u otras normas de caracter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios" "Articulo. 3º.- Procedimientos Administrativos Especiales.- El OSINERG, a traves de su Consejo Directivo, esta facultado para aprobar procedimientos administrativos especiales que MORDAZA los procesos administrativos vinculados con la Funcion Supervisora, Funcion Supervisora Especifica y Funcion Fiscalizadora y Sancionadora, relacionados con el cumplimiento de normas tecnicas, de seguridad y medio ambiente, asi como el cumplimiento de lo pactado en los respectivos contratos de privatizacion o de concesion, en el Sector Energia; para lo cual tomara en cuenta los principios contenidos en la Ley de Procedimiento Administrativo General ­ Ley 27444" "c) Funcion normativa: comprende la facultad de dictar, en el ambito y la materia de sus respectivas competencias, los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de caracter general y mandatos u otras normas de caracter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios" Articulo 25º.- Transparencia en el ejercicio de la Funcion Normativa Constituye requisito para la aprobacion de los reglamentos y normas de alcance general que dicte OSINERG, dentro de su ambito de competencia, que sus respectivos proyectos hayan sido publicados en el Diario Oficial El Peruano, con el fin de recibir los comentarios de los interesados, los mismos que no tendran caracter vinculante ni daran lugar al inicio de un procedimiento administrativo. La mencionada publicacion debera contener lo siguiente: a) El texto del reglamento o MORDAZA que se propone expedir. b) Una exposicion de motivos. c) El plazo dentro del cual se recibira los comentarios y sugerencias por escrito al mismo y, de considerarlo necesario, la fecha en que se realizara la audiencia publica en la recibiran los comentarios verbales de los participantes. El plazo para la recepcion de los comentarios y la respectiva audiencia, cuando corresponda, no podra ser menor a quince (15) dias calendarios, contados desde la fecha de publicacion de la convocatoria. Se exceptua de la presente MORDAZA los reglamentos considerados de urgencia, los que deberan, en cada caso expresar las razones en que se funda la excepcion. Asimismo, se excluye de esta obligacion las decisiones relacionadas con la fijacion de tarifas de energia sujeta a procedimientos especiales, de acuerdo a la normativa vigente.

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