Norma Legal Oficial del día 30 de julio del año 2007 (30/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 30 de MORDAZA de 2007

19.03.2007, se dispuso la Conformacion de la Comision de Investigacion para que especificamente se investigue las irregularidades incurridas en la gestion(es) anterior (es) en la adquisicion de maquinaria pesada, maquinaria liviana, vehiculos livianos, vehiculos MORDAZA camioneta, vehiculos MORDAZA autos, equipo medico, computadoras, combustibles, ambulancias habiendose nombrado como Presidente de dicha Comision al Consejero Regional MORDAZA MORDAZA Ascuna Chavera; Vicepresidente al Consejero Regional MORDAZA Hitler MORDAZA MORDAZA y Miembro la Consejera Regional MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cuadros; Que Mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 0122007-CR/GRM, en Sesion Ordinaria de fecha 24 .04.2007 se Acordo la Recomposicion de la Conformacion de la Comision de Investigacion a que se refiere el parrafo anterior, quedando la Comision conformada como sigue: Presidente: Consejero Regional MORDAZA MORDAZA Ascuna Chavera; Vicepresidenta: Consejera Regional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Miembro: el Consejero Regional MORDAZA MORDAZA Ticona; Que la Comision Investigadora aludida, ha iniciado el correspondiente MORDAZA de Investigacion de conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales, y especificamente en el Tema de la adquisicion de las 11 ambulancias MORDAZA rural, en observancia del Reglamento Interno del Concejo Regional, de cuyas investigaciones se han generado los Dictamenes emitidos por los peritos especializados en la materia; Es de advertirse que en lo concerniente a la adquisicion irregular a las once (11) ambulancias rurales, por parte de la anterior Presidenta Regional, se ha evidenciado irregularidades en los mismos, lo que desde ya acarrea las responsabilidades de parte de la vendedora de los mismos como son los GRUPOS MANASA Y GILDEMEISTER., independientemente de las responsabilidades funcionales, penales, civiles, administrativas, y otras que generaria para los funcionarios y partes comprometidas; Debe tenerse en cuenta que se ha generado un acercamiento de parte de Grupos MANASA Y GILDEMEISTER hacia el Presidente Regional cuyas perspectivas van orientadas a generar propuestas de solucion a fin de concluir el Tema en lo referente a las irregularidades incurridas en la adquisicion de las ambulancias MORDAZA rural, solucion que debe darse en funcion al interes general de la Region, lo cual no implicaria desconocer, frustrar, retractar, desistir, el curso normal de las investigaciones y las responsabilidades generadas a partir de las conclusiones a que se arribe, por lo que; En uso de las facultades concedidas por el articulo 13º y 37º Inc. a) de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificado por la Ley Nº 27902, inciso a) articulo 14º, del MORDAZA Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado por O.R. Nº 009-2006-CR/ GRM; el Consejo Regional de MORDAZA por votacion unanime de sus miembros y con la dispensa del tramite de aprobacion del acta; ACUERDA: Articulo Primero.- Disponer invitar a los GRUPOS MANASA Y GILDEMEISTER, a sostenimiento de reunion(es), ante el Presidente Regional con la presencia de los miembros del Consejo Regional en pleno, quienes actuaran en calidad de veedores, con la finalidad de poder viabilizar, si el caso lo ameritara, la definicion en la adquisicion irregular incurrida por la gestion anterior de las once (11) camionetas MORDAZA rural que fueran excesivamente valorizadas. Articulo Segundo.- Remitase MORDAZA del presente Acuerdo a Presidencia Regional, Vicepresidencia Regional, Consejeros Regionales, Gerencia General Regional, Organo de Control Interno. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional de MORDAZA 89824-5

Aprueban donacion de material en desuso a favor del Centro de Educacion Tecnico Productivo MORDAZA MORDAZA
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 023-2007-CR/GRM Fecha: 18-07-2007 VISTO: En Despacho de la Sesion Ordinaria de fecha 18 de MORDAZA del 2007, se puso a la vista y en consideracion del Consejo Regional MORDAZA, la Solicitud de donacion con material en desuso para las especialidades de Carpinteria y Ebanisteria, Construcciones Metalicas y Electronica, presentada por el Centro de Educacion Tecnico Productivo MORDAZA Fortunata; a fin de que sea alcanzada al Consejo Regional para la autorizacion correspondiente; y, CONSIDERANDO: Que, a merito de lo estipulado en la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales modificada con la Ley Nº 27902, el Gobierno Regional de MORDAZA es una persona Juridica de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, mediante Oficio Nº 059-2007/D.CETPRO "SF" la Directora del Centro de Educacion Tecnico Productiva "Santa MORDAZA " CETPRO, solicita al Gobierno Regional apoyo con material en desuso para las especialidades de Carpinteria, Ebanisteria, Construcciones Metalicas y Electronicas; Que, mediante Informe Nº 173-2007-OCP-DRA/ GR.MOQ, suscrito por el Jefe de la Oficina de Control Patrimonial, dirigido al Gerente Regional de Infraestructura, se da a conocer que dicha Oficina cuenta con el material en desuso requerido, el cual es factible de otorgar en calidad de apoyo, segun la descripcion siguiente:
CANT. 05 05 05 UNID. DESCRIPCION Unid. Platina de MORDAZA 1/8" x 2" x 6 m Unid. Platina de MORDAZA 1/8"x 1" x 6 m Unid. Platina de MORDAZA 1/8 x ¾" x 6 m TOTAL S/. ESTADO P.U. R 26.55 R 13.20 R 9.50 TOTAL 132.75 66.00 47.50 246.25

Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, que aprueba el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal y su modificatoria, y que por Decreto Supremo Nº 107-2003-EF, establece en la primera Disposicion Transitoria del acotado Decreto Supremo, que los Gobiernos Regionales realizaran acciones de adquisicion disposicion, administracion y gestion de los bienes de dominio privado del Estado, respecto de los bienes de los cuales asuman la propiedad o se encuentren bajo su administracion; Que, La Ley Nº 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales modificada por Ley Nº 27902, establece en el Art. 15º literal i) que son funciones del Consejo Regional autorizar la transferencia de bienes muebles e inmuebles de propiedad del Gobierno Regional, por lo que corresponde canalizar la autorizacion de transferencia de muebles e inmuebles mediante Acuerdo adoptado en Sesion de Consejo de conformidad con lo establecido en el Art. 25º del Reglamento Interno vigente del Consejo Regional; Que, se debe tener en cuenta y cabe hacer mencion que mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 101-2003CR/GRM, se acordo autorizar a la Presidencia Regional para disponer de los bienes Muebles y materiales remanentes del obras de propiedad del Gobierno Regional, hasta por un monto de 2 UIT, con el fin de prestar apoyo a instituciones publicas y privadas, el que resulta necesario ratificar en este extremo a fin de agilizar los pedidos de disposicion que esten encaminados al fin e interes Publico; Por lo que, en uso de las facultades concedidas por el articulo 13º y 37º Inc. a) de la Ley Nº 27867, Ley Organica

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