Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 2007 (25/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 25 de marzo de 2007

de fecha 9 de agosto del 2006, confirmo la Sentencia de fecha 13 de octubre del 2003, que declaro fundada la demanda y en consecuencia nula la Resolucion del Comite de Adjudicacion de Concesiones Nº 01-99-MDJM/ CAC, de fecha 10 de febrero de 1999, mediante la cual se otorgo la buena pro de la Licitacion Publica Especial Nº 01-98-MDJM a la Empresa Tour Car Sociedad Anonima ­ hoy Innovaciones Tecnologicas del Medio Ambiente S.A. (INNTEC), asi como nulos los demas actos derivados y sucesivos; por lo que no era factible pagar por un servicio derivado de un contrato nulo; y por ende injustificable el haber aceptado letras de cambio, por obligaciones derivadas del indicado contrato; Que, del Acuerdo de Concejo N° 037-2006/MJM de fecha 29 de setiembre de 2006, fluye que las autorizaciones conferidas a MORDAZA JUMP LLANO y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, son taxativas, en consecuencia no estaban facultados para aceptar ninguna letra de cambio a Innovaciones Tecnologicas del Medio Ambiente S.A. (INNTEC); Que, con Memorandum N° 065-2007/MDJM/A de fecha 5 de marzo de 2007, se dispone el pase a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios a fin que proceda conforme a lo establecido en el articulo 166º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM; Que, del analisis de la documentacion remitida se ha determinado que MORDAZA JUMP LLANO, ex Gerente de Administracion, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Tesoreria, al aceptar indebidamente letras de cambio, habrian abusado de las facultades conferidas por la anterior administracion comprometiendo (dispuesto) patrimonio de la corporacion MORDAZA en beneficio de la Innovaciones Tecnologicas del Medio Ambiente S.A. (INNTEC); Que, en consecuencia, resulta necesario determinar la presunta responsabilidad administrativa de los ex funcionarios MORDAZA JUMP LLANO, ex Gerente de Administracion, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Tesoreria; por la comision de faltas de caracter disciplinario previstas en el articulo 28º, incisos a), f), y h) del referido Decreto Legislativo (incumplimiento de las normas establecidas en el Decreto Legislativo N° 276 y su Reglamento; disposicion de los bienes de la entidad en beneficio de terceros y abuso de autoridad, prevaricacion o el uso de la funcion con fines de lucro) y el articulo 163º del Decreto Supremo N° 005-90-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa; y adicionalmente, en el caso del primero de los nombrados por incumplimiento de sus obligaciones previstas en los articulos 36º y 37º, incisos b), c) y j) del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Ordenanza N° 131MJM del 30 de diciembre de 2003; En uso de las facultades conferidas en el numeral 6 del articulo 20° de la Ley N° 27972 - Organica de Municipalidades y de conformidad a lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 276 ­ Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa del Sector Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- INSTAURAR MORDAZA administrativo disciplinario a los siguientes ex funcionarios: MORDAZA JUMP LLANO, ex Gerente de Administracion, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Tesoreria; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- NOTIFIQUESE a los procesados por intermedio de la Unidad de Tramite Documentario en forma personal dentro del termino de 72 horas contadas a partir del dia siguiente de la expedicion de la presente Resolucion, para que en el termino de cinco (5) dias habiles contados a partir del dia siguiente de la notificacion presenten sus descargos; en caso no poder efectuarse la notificacion personal, se debera proceder a su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios designada mediante Resolucion de Alcaldia N° 050-2007, llevar adelante el MORDAZA administrativo instaurado en el Articulo Primero de la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- PONGASE en conocimiento del Presidente de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios y Unidad de Personal.

Registrese, comuniquese y cumplase MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 41240-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Modifican Ordenanza Nº 189-MDMM relativa a la prohibicion de estacionamiento de vehiculos en areas de uso publico en el distrito
ORDENANZA Nº 303-MDMM MORDAZA MORDAZA, 22 de marzo de 2007 Modifican Ordenanza Nº 189-MDMM Modificada por la Ordenanza N° 211-MDMM sobre Prohibicion de Estacionamiento de Vehiculos en Areas de uso Publico en el Distrito EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria Nº 06 de la fecha; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, aprobo por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Modifiquese el articulo tercero de la Ordenanza Nº 189-MDMM publicada el dia 25 de febrero del 2005 en el Diario Oficial El Peruano, modificada mediante Ordenanza Nº 211-MDMM publicada el dia 25 de junio del 2005 en el precitado Diario Oficial, quedando redactado de la siguiente manera: "Articulo Tercero.- El incumplimiento de la presente Ordenanza sera sancionado con una multa equivalente al 10% de la UIT por cada vehiculo estacionado, asi como con el retiro e internamiento de los mismos, esta MORDAZA medida se efectivizara en coordinacion con la Policia Nacional de ser el caso. Las sanciones seran aplicadas a los propietarios de los vehiculos, asi como al responsable o encargado de su custodia y a quien administra tal actividad. El costo que implique el traslado del vehiculo objeto de internamiento en el deposito municipal sera de cargo del infractor, debiendo abonar a esta Municipalidad una suma equivalente al 2% de la UIT por cada vehiculo que sea trasladado al referido deposito. El pago de la multa y el costo del traslado son requisitos para retirar los vehiculos del deposito municipal." Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 41170-1

MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Autorizan realizacion de campanas de matrimonios masivos 2007
ORDENANZA Nº 147 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA

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