Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 2007 (23/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de noviembre de 2007

NORMAS LEGALES

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y 00/100 dolares americanos) cada una, y a efectos que la presente colocacion no afecte excesivamente el endeudamiento y apalancamiento del Banco, se establece como limite MORDAZA de Bonos Hipotecarios en circulacion de la primera, MORDAZA y tercera emision, de US$ 50 000 000,00 (Cincuenta millones y 00/100 dolares americanos); Que, toda vez que el Banco Interamericano de Finanzas garantizara las emisiones de bonos hipotecarios manteniendo niveles de cobertura de la primera, MORDAZA y tercera emision con cartera de credito hipotecaria de deudores calificados como "Normal", de 1,25 veces, es necesario establecer restricciones a las ventas de cartera hipotecaria cuando por efecto de las mismas no se pueda cumplir con los niveles de cobertura senalados; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion Bancaria "B" mediante Informe Nº 147-2007DEB "B"; por el Departamento Legal mediante Informe N° 942-2007-LEG; por el Departamento de Analisis del Sistema Financiero mediante Informe N° 076-2007ASF; por el Departamento de Evaluacion de Riesgos de MORDAZA, Liquidez e Inversiones mediante Informe N° 115-2007-DERMLI; por el Departamento de Evaluacion de Riesgos de Credito mediante Informe N° 83-2007DERC; y a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica y la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; RESUELVE: Articulo Primero.- Opinar favorablemente para que el Banco Interamericano de Finanzas realice la emision de Bonos Hipotecarios denominados "Bonos Hipotecarios del Banco Interamericano de Finanzas ­ Tercera Emision", hasta por la suma de US$ 30 000 000,00 (Treinta millones y 00/100 dolares americanos), debiendose adecuar a las disposiciones contenidas en la Ley del MORDAZA de Valores y observar las disposiciones prudenciales establecidas en la presente resolucion. Articulo Segundo.- Se establece como limite MORDAZA de Bonos Hipotecarios en circulacion de la primera, MORDAZA y tercera emision del Banco Interamericano de Finanzas de US$ 50 000 000,00 (Cincuenta millones y 00/100 dolares americanos). Articulo Tercero.- El Banco Interamericano de Finanzas debera informar a esta Superintendencia las medidas que adoptara para mantener los niveles de solvencia prudenciales cuando la aplicacion de los recursos obtenidos al momento de colocar las series de Bonos Hipotecarios se destine al crecimiento de la cartera crediticia. Articulo Cuarto.- El Banco Interamericano de Finanzas debera cumplir con garantizar las emisiones de bonos hipotecarios manteniendo los niveles de cobertura de la primera, MORDAZA y tercera emision de bonos hipotecarios, con cartera de credito con garantia hipotecaria de deudores calificados como "Normal", de 1,25 veces. En este sentido, el Banco no podra realizar ventas de cartera hipotecaria cuando no se cumpla con los niveles de cobertura senalados. Articulo Quinto.- El texto de la presente Resolucion debera insertarse en la escritura publica correspondiente para su posterior inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras de Fondos de Pensiones 135102-1

Autorizan al Banco Interamericano de Finanzas el cierre de agencia ubicada en el distrito de San MORDAZA, provincia de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 1627-2007 MORDAZA, 15 de noviembre de 2007 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Interamericano de Finanzas para que se le autorice el cierre de 01 agencia de acuerdo con el detalle descrito en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion SBS Nº 462-2007 del 19 de MORDAZA del 2007 se autorizo el traslado de la agencia ubicada en Av. del MORDAZA Norte Nº 930, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, al local ubicado en MORDAZA 23 Nº 246, Oficinas 102 y 103, urbanizacion Corpac, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Que, el Banco ha senalado que el traslado de la citada Agencia a su nueva ubicacion aun no se ha producido por diversos motivos, y que ademas esta evaluando abrir una nueva agencia en la misma MORDAZA pero en otra ubicacion; Que, el Banco ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica el cierre solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion Bancaria "B", mediante el Informe Nº 153-2007DEB "B"; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Circular Nº B-2147-2005; y, en uso de la facultad delegada mediante Resolucion SBS Nº 1162-2007; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Banco Interamericano de Finanzas el cierre de 01 agencia ubicada en: MORDAZA 23 Nº 246, Oficinas 102 y 103, urbanizacion Corpac, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas (e) 135102-2

Aprueban modificacion parcial del Estatuto Social del Banco Falabella Peru S.A.
RESOLUCION SBS Nº 1632-2007 MORDAZA, 15 de noviembre de 2007 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por el Banco Falabella Peru S.A. para que se le autorice la modificacion parcial de su Estatuto Social; y,

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