Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2008 (30/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 30 de agosto de 2008

Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 0112-2004MTC/12 del 13 de MORDAZA del 2004 se otorgo a la empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU Permiso de Operacion de Aviacion Comercial - Transporte Aereo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo, modificada a traves de la Resolucion Directoral Nº 1062006-MTC/12 del 21 de junio del 2006; Que, el Permiso de Operacion de TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU, fue otorgado por el plazo de cuatro (04) anos contados a partir del 15 de MORDAZA del 2004, plazo que vence el 15 de MORDAZA del 2008; Que, mediante Documento de Registro Nº 2008020309 del 14 de MORDAZA del 2008, la empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU solicito la Renovacion de su Permiso de Operacion; Que, segun los terminos de la Memoranda Nº 5532008-MTC/12 y Nº 673-2008-MTC/12 y Nº 2880-2008MTC/12.04; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento; el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modificado por la Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y demas disposiciones legales vigentes; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; el Reglamento vigente; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU, la Renovacion de su Permiso de Operacion de Aviacion Comercial Transporte Aereo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (04) anos contados a partir del 16 de MORDAZA del 2008, dia siguiente a la fecha de vencimiento de la Resolucion Directoral Nº 0112-2004-MTC/12 del 13 de MORDAZA del 2004. El presente Permiso de Operacion tiene caracter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aereas la empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. TACA PERU debera contar con el Certificado de Explotador correspondiente, asi como sus Especificaciones de Operacion, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentacion y de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil, debiendo acreditar en estas etapas su capacidad legal, tecnica y economico-financiera. NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviacion Comercial - Transporte Aereo Regular de pasajeros, carga y correo. AMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONAUTICO: - Airbus A-319. - Airbus A-320. - Airbus A-321. RUTAS Y FRECUENCIAS: - MORDAZA - Tumbes - MORDAZA, dos (02) frecuencias minimas semanales.

- MORDAZA - Talara - MORDAZA, dos (02) frecuencias minimas semanales. - MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA, dos (02) frecuencias minimas semanales. - MORDAZA - Chiclayo - MORDAZA, dos (02) frecuencias minimas semanales. - MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA, dos (02) frecuencias minimas semanales. - MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA, dos (02) frecuencias minimas semanales. - MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA, dos (02) frecuencias minimas semanales. - MORDAZA - Juliaca - MORDAZA, dos (02) frecuencias minimas semanales. - MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA, dos (02) frecuencias minimas semanales. - MORDAZA - Tacna - MORDAZA, dos (02) frecuencias minimas semanales. - MORDAZA - Juliaca - MORDAZA, dos (02) frecuencias minimas semanales. - MORDAZA - Ilo - MORDAZA, dos (02) frecuencias minimas semanales. - MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA, dos (02) frecuencias minimas semanales. - MORDAZA - Puerto MORDAZA - MORDAZA, dos (02) frecuencias minimas semanales. - MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA, dos (02) frecuencias minimas semanales. - MORDAZA - Tarapoto - MORDAZA, dos (02) frecuencias minimas semanales. - MORDAZA - Moyobamba - MORDAZA, dos (02) frecuencias minimas semanales. - MORDAZA - Iquitos - MORDAZA, dos (02) frecuencias minimas semanales. - MORDAZA - Yurimaguas - MORDAZA, dos (02) frecuencias minimas semanales. - MORDAZA - Pucallpa - MORDAZA, dos (02) frecuencias minimas semanales. BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez". Articulo 2º.- Las aeronaves autorizadas a la empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU deben estar provistas de sus correspondientes Certificados de Matricula vigentes, expedidos - de ser el caso - por el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; de sus Certificados de Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil; y, de la Poliza o Certificado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3º.- La empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU esta obligada a presentar a la Direccion General de Aeronautica Civil, los datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad aerea, de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 4º.- La empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU esta obligada a establecer un Sistema de Radiocomunicacion entre los puntos a operar, a fin de mantener permanente informacion del trafico aereo que realizan sus aeronaves. Articulo 5º.- La empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU empleara en su servicio, personal aeronautico que cuente con su respectiva licencia y certificacion de aptitud expedido o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 6º.- La empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU podra hacer uso de las instalaciones de los helipuertos, aeropuertos y/ o aerodromos privados, previa autorizacion de sus propietarios y cuando corresponda, previa obtencion de las autorizaciones gubernamentales especiales que exija la legislacion nacional vigente. Articulo 7º.- Las aeronaves de la empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU podran operar en las rutas, helipuertos, aeropuertos y/o aerodromos cuyas alturas, longitudes de pista y resistencia, asi como otras caracteristicas derivadas de dichos aeropuertos y/o aerodromos, se encuentren comprendidas en sus tablas de performance aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente, asi como en sus respectivas Especificaciones de Operacion.

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