Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2008 (30/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 88

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 30 de agosto de 2008

procesos de seleccion exonerados, debiendo la Oficina Regional Nor Oriente San MORDAZA sujetarse estrictamente a la MORDAZA indicada para la compra de lo indispensable a fin de paliar la situacion; sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones definitivas; Estando a lo solicitado por la Oficina Regional Nor Oriente San MORDAZA, contandose con las visaciones del Consejo Nacional Penitenciario y de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, Decreto Supremo Nº 009-2007-JUS, y Resolucion Suprema Nº 051-2008-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR, en situacion de desabastecimiento inminente el suministro de alimentos preparados para internos, internas y ninos del Establecimiento Penitenciario de Moyobamba, a partir del 28 de agosto de 2008, por el periodo de cuarenta y un (41) dias calendario, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa. Articulo 2º.- EXONERAR, a la Oficina Regional Nor Oriente San MORDAZA del INPE del correspondiente MORDAZA de seleccion para la contratacion del suministro de alimentos preparados a que se refiere el articulo primero de la presente Resolucion. Articulo 3º.- AUTORIZAR, a la Oficina Regional Nor Oriente San MORDAZA del INPE para que a traves del Comite Especial Permanente de Menor Cuantia realice la contratacion del suministro de alimentos preparados para internos, internas y ninos del Establecimiento Penitenciario de Moyobamba, de acuerdo al siguiente detalle:
Nº ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO 1 MOYOBAMBA TOTAL PERIODO 41 DIAS TOTAL S/. 64 288,00 64 288,00

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Declaran fundada reconsideracion contra la Res. Nº 570-2008-OS/CD que aprobo el calculo del Precio a Nivel Generacion de las subestaciones base para determinacion de tarifas maximas de usuarios regulados del MORDAZA y el Programa Trimestral de Transferencias
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 581-2008-OS/CD MORDAZA, 28 de agosto de 2008 Con fecha 25 de MORDAZA de 2007, el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria (en adelante "OSINERGMIN"), publico la Resolucion OSINERGMIN N° 570-2008-OS/CD (en adelante la "Resolucion 570"), mediante la cual se aprobo el calculo del Precio a Nivel Generacion de las subestaciones base para la determinacion de las tarifas maximas de los usuarios regulados del MORDAZA y su formula de reajuste, aplicables en el periodo del 01 de agosto al 31 de octubre de 2008 y su Programa Trimestral de Transferencias. Es contra la Resolucion 570 que la Empresa de Distribucion Electrica Luz del Sur S.A.A. (en adelante "LUZ DEL SUR"), ha presentado recurso de reconsideracion, siendo materia del presente acto administrativo el analisis y decision de dicho recurso impugnativo. CONSIDERANDO: 1. ANTECEDENTES Que, mediante la Resolucion 570, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 26 de MORDAZA de 2008, se aprobo el calculo del Precio a Nivel Generacion de las subestaciones base para la determinacion de las tarifas maximas de los usuarios regulados del MORDAZA y su formula de reajuste, aplicables en el periodo 01 de agosto de 2008 al 31 de octubre de 2008 y su Programa Trimestral de Transferencias; Que, con fecha 07 de agosto de 2008, LUZ DEL SUR interpuso recurso de reconsideracion contra la Resolucion 570. 2. EL RECURSO DE RECONSIDERACION Que, LUZ DEL SUR solicita que OSINERGMIN recalcule los valores de la Tabla N° 4 del Informe N° 3322008-GART (en adelante "El Informe") que sustenta la Resolucion 570, correspondiente a las Transferencias Programadas para el periodo febrero 2008-abril 2008; asi como, recalcule los valores de los MORDAZA subsiguientes de El Informe en lo que fuera pertinente, a fin de determinar los nuevos valores de las Transferencias por Saldos Ejecutados Acumulados y, de ser el caso, nuevos Precios a Nivel Generacion. 2.1 Sustento del Petitorio Que, LUZ DEL SUR senala que, luego de la revision del Cuadro Nº 4 Transferencias Programadas, febrero 2008 ­ MORDAZA 2008 del Numeral 4 de El Informe, se ha verificado que los valores consignados no corresponden a dicho periodo sino al periodo MORDAZA 2008 ­ MORDAZA 2008; Que, la recurrente precisa que en el Numeral 4 del capitulo "Saldos por compensacion" de El Informe se debe consignar las transferencias programadas en el periodo febrero 2008 - MORDAZA 2008 de acuerdo con la Resolucion OSINERGMIN Nº 029-2008­OS/CD. Por ello, senala que OSINERGMIN debe corregir los montos de

Dicha autorizacion es por el periodo de cuarenta y un (41) dias calendario, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, debiendose efectuar la contratacion del servicio mencionado en forma directa mediante acciones inmediatas bajo responsabilidad, con estricta observancia a las disposiciones establecidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la transparencia del proceso. Articulo 4º.- DISPONER, que la Oficina General de Administracion del INPE comunique a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo 5º.- REMITIR, copias al Organo de Control Institucional a fin de que inicie las acciones que correspondan para determinar si existe responsabilidad de funcionarios, cuya conducta hubiese originado la presencia o configuracion de la Situacion de Desabastecimiento que se aprueba. Articulo 6º.- DISTRIBUIR, MORDAZA de la presente Resolucion a la Oficina Regional Nor Oriente San MORDAZA del INPE y a las instancias pertinentes para los fines de Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente (e) Consejo Nacional Penitenciario 245448-1

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