Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2008 (21/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 21 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES
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y Desnutricion Cronica Infantil, elaborar los instrumentos de Politica Regional, en concordancia con las politicas de articulacion nacional e intersectorial de lucha contra la pobreza y desnutricion cronica infantil, tales como las que a continuacion se plantean:

· Estrategia Regional de Lucha contra la Desnutricion Cronica Infantil en el MORDAZA de la Estrategia Nacional CRECER. · Plan Regional de Superacion de la Pobreza en el MORDAZA de los objetivos estrategicos estipulados en las Bases para la Estrategia de Superacion de la Pobreza y Oportunidades Economicas para los Pobres. · Plan de Operaciones Regional de CRECER, en el que se establezcan mecanismos de coordinacion con la ST de la CIAS-PCM.

Articulo Quinto.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, disponiendose su publicacion en un diario de Circulacion Regional y en el MORDAZA del Gobierno Regional de MORDAZA (www.regionlima. gob.pe). En MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de noviembre del dos mil ocho. POR TANTO: Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejera Delegada Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA Mando se comunique, publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de MORDAZA, Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de noviembre del dos mil ocho. MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA Presidente Regional

Municipalidades Provinciales de su circunscripcion, para su vigencia y exigibilidad. Que, en aplicacion de lo normado por las Ordenanzas Nos. 1178 y 607 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, publicadas el 3 de octubre del 2008 y el 24 de marzo del 2004, respectivamente, la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre aprobo la Ordenanza materia de la ratificacion, remitiendola al SAT con caracter de declaracion jurada incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, y el SAT en uso de sus competencias y atribuciones, previa revision y estudio, emitio el informe tecnico legal Nº 004-082-00000890 de fecha 06 de diciembre de 2008, opinando que procede la ratificacion solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos, de conformidad con las citadas Ordenanzas, las Directivas Nos. 001-006-0000001 y 001-006-0000006 del SAT y ademas con las sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional recaidas en los Expedientes Nos. 00412004-AI/TC y 00053-2004-PI/TC, publicadas el 04 de marzo y el 17 de agosto del 2005, respectivamente. Que, la Municipalidad Distrital para financiar la prestacion de servicios para el ejercicio 2009, ha dispuesto reajustar las tasas aprobadas y ratificadas para el ano 2008 con la variacion acumulada del Indice de Precios al Consumidor al mes de noviembre de 2008 (6.27%). De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administracion Tributaria-SAT y por la Comision de Asuntos Economicos y de Organizacion en el Dictamen Nº 253-2007-MML/CMAEO, por sus fundamentos: ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 304-MPL de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, que regula el regimen tributario de los arbitrios de recoleccion de residuos solidos, barrido de calles y parques y jardines y serenazgo correspondiente al ejercicio 2009 en su jurisdiccion, reajustandose las tasas aprobadas y ratificadas en el ano 2008 con la variacion acumulada del Indice de Precios al Consumidor registrada al mes de noviembre del presente ano (6.27%), dejandose expresamente establecido que para su vigencia y exigibilidad la mencionada Municipalidad Distrital, bajo responsabilidad de sus funcionarios, debera publicar hasta el 31 de diciembre de 2008, tanto el Acuerdo ratificatorio como el texto integro de la Ordenanza que se ratifica, los Anexos de la misma que contienen el informe tecnico, los MORDAZA de estructura de costos y tasas. Articulo Segundo.- Se deja MORDAZA que el presente Acuerdo Ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionada al cumplimiento de su publicacion hasta el 31 de diciembre del ano 2008, conforme lo establece la Ley de Tributacion Municipal y la Sentencia del Tribunal Constitucional recaida en el Expediente Nº 00053-2004PI/TC, conjuntamente con el texto integro de la Ordenanza Nº 304-MPL y el anexo que contiene el informe tecnico respectivo. Por otro lado, cabe precisar que la aplicacion de la Ordenanza, materia de la presente ratificacion, sin la condicion MORDAZA senalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital. Asimismo, corresponde senalar que la evaluacion realizada se efectuo sobre la base de la informacion remitida por la Municipalidad, la cual tiene caracter de declaracion jurada conforme lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607. Articulo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicacion, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA a traves de su pagina web www.munlima.gob.pe MORDAZA de conocimiento publico el presente Acuerdo, el Dictamen de la Comision de Asuntos Economicos y Organizacion y el Informe del SAT. Articulo Cuarto.- Exhortar a la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre para que con motivo de la elaboracion y aprobacion de la ordenanza que regule los arbitrios municipales correspondientes al ejercicio 2010, efectue una revision exhaustiva que le permita aprobar nuevas estructuras de costos de los servicios, asi como una nueva determinacion de tasas acorde con las variaciones que respecto de la cantidad de contribuyentes, predios, metros lineales, areas construidas, entre otros, se aprecia en los distritos como consecuencia de la expansion urbana. Registrese, comuniquese y cumplase.

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GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican la Ordenanza Nº 304-MPL de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre que regula el regimen tributario de los arbitrios correspondiente al ejercicio 2009
ACUERDO DE CONCEJO Nº 550
MORDAZA, 12 de diciembre de 2008 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 11 de diciembre del 2008, el Oficio Nº 001-090-005101, de la Jefatura del Servicio de Administracion Tributaria-SAT (en adelante el SAT), adjuntando el expediente de ratificacion de la Ordenanza Nº 304-MPL, que regula el regimen tributario de los arbitrios de recoleccion de residuos solidos, barrido de calles y parques y jardines y serenazgo, correspondiente al ejercicio 2009 en el Distrito de Pueblo Libre; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº las Ordenanzas en materia tributaria expedidas Municipalidades Distritales deben ser ratificadas articulo 27972, por las por las

MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA

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