Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2008 (01/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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Codigo 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 Unidad de Medida Postes Privados Unidad Espejos de Agua M2 Tribuna M2 Tanque de 3,000 galones Unidad Tanque de 4,000 galones Unidad Tanque de 6,000 galones Unidad Tanque de 8,000 galones Unidad Tanque de 10,000 galones Unidad MORDAZA Tubular hasta 100 m de profundidad Unidad MORDAZA Tubular hasta 150m. De profundidad Unidad MORDAZA Tubular hasta 200 m. de profundidad Unidad MORDAZA de Instalacion

NORMAS LEGALES
Valor referencial en Nuevos Soles 186.03 198.34 398.91 11,820.00 18,518.00 23,640.00 31,520.00 39,400.00 341,503.12 512,254.68 683,006.24

El Peruano MORDAZA, martes 1 de enero de 2008

regimen de sanciones administrativas por la infraccion de sus disposiciones, estableciendo las escalas de multas en funcion de la gravedad de la falta, asi como la imposicion de sanciones no pecuniarias. Asimismo, dicha MORDAZA establece que las sanciones que aplique la autoridad municipal podran ser las de multa, suspension de autorizaciones o licencias, clausura, decomiso, retencion de productos y mobiliario, retiro de elementos antirreglamentarios, paralizacion de obras, demolicion, internamiento de vehiculos, inmovilizacion de productos y otras; y, En uso de las facultades conferidas por los articulos 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion por acta, la siguiente:

ORDENANZA
b) TABLA DE DEPRECIACION
ANTIGUEDAD EN ANOS Hasta 5 anos Hasta 10 anos Hasta 15 anos Hasta 20 anos Hasta 25 anos Hasta 30 anos Mas de 30 anos ESTADO DE CONSERVACION (Porcentaje de Depreciacion) Muy MORDAZA MORDAZA Regular 0 5 10 5 10 15 10 15 20 15 20 25 20 25 30 25 30 35 30 35 40

Articulo Primero.- Queda prohibida la realizacion de graffitis y pintas en la via publica, monumentos, mobiliario MORDAZA, cierres de obras, muros y MORDAZA de predios publicos y privados y en general en cualquier bien de uso publico del distrito de Pueblo Libre. Articulo Segundo.- Modifiquese el Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones (CUIS) de acuerdo al siguiente detalle:
Codigo 05-020 Infraccion Efectuar pintas, graffitis o similares en la via publica, mobiliario MORDAZA, cierres de obras, muros y MORDAZA de predios publicos y privados y en general en cualquier bien de uso publico del distrito de Pueblo Libre. Multa % UIT 50% Medida Complementaria RETENCION de instrumentos, accesorios y suministros usados por el infractor

Articulo Segundo.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA DIBOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA

147386-1

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Ordenanza que dispone sanciones respecto a pintas, graffitis y similares en fachadas del distrito
ORDENANZA Nº 272-2007-MPL
Pueblo Libre, 13 de diciembre de 2007 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Pueblo Libre, en Sesion Ordinaria Nº 27 de la fecha, y; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, corresponde a los municipios proteger el paisaje MORDAZA y evitar la degradacion arquitectonica, asi como contribuir al embellecimiento de las ciudades; Que, los graffitis y, en general las pintas en los predios y areas publicas y privadas contaminan visualmente el entorno MORDAZA y dan una impresion de desorden y falta de respeto por la ley; Que, el inciso 16) del articulo 82º de la Ley Organica de Municipalidades establece que es competencia municipal impulsar una cultura civica de respeto a los bienes comunales, de mantenimiento y limpieza y de conservacion y mejora del ornato local; Que, el articulo 46º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 establece que las ordenanzas determinan el

Las sanciones descritas en el presente articulo podran ser de aplicacion concurrente o independiente entre si, de acuerdo a la naturaleza de las circunstancias en las que se comete la infraccion. Articulo Tercero.- La multa impuesta podra declararse extinta en caso que el infractor, o persona designada por este, efectue, a su costo, la limpieza y restitucion al estado original del elemento danado, previa aceptacion del propietario, en un plazo no mayor de diez (10) dias de iniciado el procedimiento administrativo sancionador. Articulo Cuarto.- Tratandose de bienes inmuebles considerados patrimonio cultural o monumental, la Municipalidad procedera a comunicar al Instituto Nacional de Cultura cualquier MORDAZA de dano o alteracion que estos sufran como consecuencia de graffitis y pintas; con la finalidad que dicha institucion sancione a los responsables de tales actos. Sin perjuicio de lo anterior, la Municipalidad procedera a denunciar penalmente a los responsables de los danos o alteraciones a que se refiere el parrafo anterior. Articulo Quinto.- Encargar a la Unidad de Comunicaciones la difusion de la presente Ordenanza y a la Gerencia de Desarrollo Humano la implementacion de campanas de sensibilizacion social respecto a lo regulado en la presente Ordenanza. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NORMAND MORDAZA

147380-1

Ordenanza que regula el uso de pirotecnicos en el distrito de Pueblo Libre
ORDENANZA Nº 273-2007-MPL
Pueblo Libre, 13 de diciembre de 2007 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Pueblo Libre, en Sesion Ordinaria Nº 27 de la fecha, y; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con

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