Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2008 (01/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, martes 1 de enero de 2008

establecio un monto total de inversion de S/. 110 363,12, importe ajustado al 31 de MORDAZA de 2007; Que, con Resolucion Directoral Nº 244-07-EM/DEP del 14 de setiembre de 2007, se aprobo la liquidacion final del proyecto Suministro de un Grupo Electrogeno de 200 kW para el reforzamiento de la Central Hidroelectrica San MORDAZA, La Convencion, la misma que establecio un monto total de inversion de S/. 534 999,65, importe ajustado al 31 de MORDAZA de 2007; Que, el articulo 2º de las citadas Resoluciones Directorales establece que se adopten las medidas necesarias para la transferencia de los citados Grupos Electrogenos a la Empresa de Administracion de Infraestructura Electrica S.A. ­ ADINELSA; Que, debiendose efectuar la transferencia de los Grupos Electrogenos que se detallan en el Anexo Nº 01 a favor de la Empresa de Administracion de Infraestructura Electrica S.A. - ADINELSA, es necesario aprobar el monto de inversion de los proyectos, cuya valorizacion en libros asciende a S/. 859 646,01, importe ajustado al 31 de MORDAZA de 2007; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificacion Rural, el Decreto Supremo Nº 025-2007-EM, Reglamento de la Ley Nº 28749, el Decreto Ley Nº 25962, Ley Organica del Sector Energia y Minas y el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia bajo la modalidad de donacion de los Grupos Electrogenos que se detallan en el Anexo Nº 01 que adjunto forma parte de la presente Resolucion, a favor de la Empresa de Administracion de Infraestructura Electrica S.A. - ADINELSA, cuyo valor en libros asciende a S/. 859 646,01, importe ajustado al 31 de MORDAZA de 2007. Articulo 2º.- Poner en conocimiento de la Empresa de Administracion de Infraestructura Electrica S.A. ADINELSA y del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, lo dispuesto en el articulo primero de la presente Resolucion, a fin de que procedan a realizar las acciones correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

ANEXO DE LA RESOLUCION MINISTERIAL Nº 587-2007-MEM/DM ANEXO Nº 01
N° NOMBRE DEL PROYECTO MONTO AJUSTADO AL 31/07/07 (Nuevos Soles)

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Suministro de un Grupo Electrogeno de 100 kW para reforzar la S/. 98 461,05 generacion de la Central Hidroelectrica Quinches Suministro de un Grupo Electrogeno de 100 kW para reforzar la S/. 115 822,19 generacion del Sistema Electrico de Huarmaca Suministro de un Grupo Electrogeno de 100 kW para reforzar la S/. 110 363,12 generacion del Sistema Electrico de Marcabamba Suministro de un Grupo Electrogeno de 200 kW para el S/. 534 999,65 reforzamiento de la Central Hidroelectrica San MORDAZA MONTO TOTAL DE TRANSFERENCIA A ADINELSA S/. 859 646,01

Que, como consecuencia de la investigacion realizada por la Direccion General de Mineria, se expidio la Resolucion Directoral N° 140-2006-MEM/DGM de fecha 27 de marzo del 2006 que aprobo el informe pericial presentado por el ingeniero MORDAZA MORDAZA Suclla Munoz, declarandose comprobada la extraccion ilicita de mineral metalico aurifero en agravio del Estado dentro del petitorio minero "Soy el Emperador", ubicado en le paraje Copamanu, distrito de Laberinto, provincia de Tambopata, departamento de MORDAZA de MORDAZA, notificandose a los infractores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, responsable de la extraccion de 189.90 gramos o su valor equivalente, valorado en S/. 8,640.40 (Ocho mil seiscientos cuarenta con 40/100 nuevos soles); MORDAZA Sandino MORDAZA MORDAZA responsable de 124.65 gramos o su valor equivalente, valorando en S/. 5,671.60 (Cinco mil seiscientos setenta y uno con 60/100 nuevos soles); MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mariaca responsable de 486.74 gramos o su valor equivalente, valorado en S/. 22,146.80 (Veintidos mil ciento cuarenta y seis con 80/100 nuevos soles) respectivamente, resolviendo que se paralice las actividades extractivas por no tener derecho de acuerdo a ley; y cumplir en el plazo de diez (10) dias de notificado con devolver el mineral extraido o su valor, depositando el monto indicado, sin deducir costo alguno, a la Cta. Cte. N° 0000-283592-MEM-MULTAS Y SANCIONES del Banco de la Nacion; Que, por Resolucion N° 239-2007-MEM/CM y Resolucion N° 240-2007-MEM/CM MORDAZA de fecha 10 de MORDAZA del 2007, el Consejo de Mineria declaro infundados los recursos de revision interpuestos por los infractores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mariaca y MORDAZA Sandino MORDAZA MORDAZA, respectivamente, por lo que las indicadas resoluciones se encuentran confirmadas respecto a los mencionados infractores,, mientras que, en relacion al infractor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la Resolcion Irectoral N° 140-2006-MEM/DGM se encuentra consentida por no haber impugnado en el plazo de ley; Que, hasta la fecha, ninguno de los mencionados infractores ha cumplido con lo dispuesto por la Resolucion Directoral N° 140-2006-MEM/DM de fecha 27 de marzo de 2006, en cuento a la devolucion de los minerales indebidamente extraidos o sus valores; Que, del estudio y analisis del expediente administrativo; se ha determinado que existen indicios razonables de la comision de delito en agravio del Estado, por lo que, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 5) del articulo 90° del Reglamento de Diversos Titulos del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo N° 03-94-EM, modificado por el articulo 9° del Decreto Supremo N° 018-2003-EM, es procedente autorizar al Procurador Publico encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Energia y Minas, para que formule la acciones legales pertinentes contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mariaca, MORDAZA Sandino MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Mamani; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47° de la Constitucion Politica del Peru, Decreto N° 17537 De la Representacion y Defensa del Estado en Juicio, Decreto Ley Nº 17667 que mdifica los articulos 12º y 13º del Decreto Ley Nº 17537, Decreto Ley N° 25962 Ley Organica del Sector Energia y Minas y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM; SE RESUELVE:

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Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de extraccion ilicita de mineral metalico aurifero en agravio del Estado
RESOLUCION MINISTERIAL N° 588-2007-MEM/DM
MORDAZA, 26 de diciembre del 2007 VISTO, el expediente N° 1577973 sobre extraccion ilicita de mineral metalico aurifero en agravio del Estado, efectuado dentro del petitorio minero "Soy el Emperador", ubicado en el paraje Copamanu, distrito Laberinto, provincia de Tambopata, departamento de MORDAZA de Dios;

Articulo 1°.- Autorizar al Procurador Publico, encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Energia y Minas, para que, en nombre y representacion del Estado, formule las acciones legales pertinentes contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mariaca, MORDAZA Sandino MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Remitir al Procurador Publico, los antecedentes de la presente Resolucion, con trascripcion de la misma para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

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