Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2008 (06/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, viernes 6 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
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Articulo 5º.- Derecho de Exoneracion La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion.

participar en la "XIX Reunion de Coordinacion Especializada entre los Ejercitos de Peru y Chile", a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA de MORDAZA, en el periodo comprendido del 09 al 12 de junio de 2008, que a continuacion se detalla; - Gral Brig MORDAZA MORDAZA DODERO MORDAZA DE MORDAZA - Crl Cab MORDAZA MORDAZA ORBEGOZO MORDAZA - Crl Inf MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Articulo 2°.- El Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru efectuara los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aereos: MORDAZA - MORDAZA (Chile) - MORDAZA (tarifa en clase economica) US$ 709.00 x 03 personas Viaticos y Asignaciones: US$ 200.00 x 03 personas x 04 dias Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto (TUUA) US$ 30.25 x 03 personas Articulo 3º.- El senor Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y/o termino de la comision, sin exceder el periodo total establecido, Articulo 4°.- El personal nombrado, debera dar cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 6° y articulo 10° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y a la Cuarta Disposicion Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 modificado por el Decreto Supremo N° 008-2004 DE/SG del 30 de junio de 2004. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a solicitar liberacion ni exoneracion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6°.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa

Articulo 6º.- Refrendo La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa

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Autorizan viaje de Personal Militar del Ejercito para participar en la XIX Reunion de Coordinacion Especializada entre los Ejercitos de Peru y MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 177-2008-DE/EP/S.1.a/1-1
MORDAZA, 5 de junio de 2008 Visto, la Hoja de Recomendacion N° 17043/CGE/ DINTE/B-5a/03.03, de 14 enero de 2008, y el Oficio N° 17123/DINTE/B-5a/03.03.08, del 11 de marzo de 2008, de la Direccion de Inteligencia del Ejercito. CONSIDERANDO: Que, mediante la Hoja de Recomendacion N° 17043/ CGE/DINTE/B-5a/03.03 Ene 08, el senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito, autoriza la realizacion de Conferencias y Reuniones Bilaterales de Inteligencia para el presente ano: Que, mediante el Oficio N° 17123/DINTE/B-5a/03.03.08, del 11 Mar 08, el senor General de Brigada Director de Inteligencia del Ejercito, solicita a la Direccion General de Personal del Ejercito la formulacion de la Resolucion Suprema que autorice el viaje del personal militar de la Direccion de Inteligencia del Ejercito, a la MORDAZA de MORDAZA de MORDAZA, para participar en la "XIX Reunion de Coordinacion Especializada entre los Ejercitos de Peru y Chile", a realizarse en el periodo comprendido del 09 al 12 de junio de 2008; Que, la participacion del Personal Militar del Ejercito del Peru, en la "XIX Reunion de Coordinacion Especializada entre los Ejercitos de Peru y Chile", redundara en beneficio de la Seguridad Nacional dentro del ambito de competencia del Ejercito del Peru; Que, los gastos que demande el viaje al exterior en Comision de Servicio, seran efectuados por el Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru; Que, el mencionado viaje se encuentra incluido en el Plan Anual de viajes 2008 del MINDEF, prioridad I, aprobado con Resolucion Suprema Nº 044-2008 DE/SG del 11 de febrero de 2008 y sus modificatorias; Que, de conformidad con la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, Ley N° 29075 - Ley que establece la Naturaleza Juridica, Funcion, Competencias y Estructura Organica Basica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, e! Decreto Supremo N° 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero del 2004 y su modificatoria, Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG del 30 de junio de 2004, y; Estando a lo recomendado por el senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito, y lo acordado con el senor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje al Exterior en Comision de Servicio, del Personal Militar del Ejercito del Peru, para

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Autorizan viaje de personal del Organo de Control Institucional de la MORDAZA para efectuar accion de control a la Agregaduria MORDAZA del Peru en Ecuador
RESOLUCION SUPREMA Nº 178-2008-DE/MGP
MORDAZA, 5 de junio de 2008 Visto el Oficio P.1000-648 del Director General del Personal de la MORDAZA de fecha 01 de MORDAZA de 2008; CONSIDERANDO: Que, el Organo de Control Institucional de la MORDAZA es el organo encargado de ejecutar el control gubernamental interno posterior de la Unidad Ejecutora 004: MORDAZA de MORDAZA del Peru, conforme a lo dispuesto en el Articulo 6º del Reglamento de los Organos de Control Institucional aprobado por Resolucion de Contraloria General Nº 1142003-CG de fecha 08 de MORDAZA de 2003 y de acuerdo a los Articulos 7º y 17º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, de fecha 22 de MORDAZA de 2002; Que, el primer parrafo del Articulo 8º y ultimo parrafo del Articulo 10º del citado Reglamento, disponen que el Organo

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