Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2008 (23/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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RESOLUCION SUPREMA Nº 029-2008-IN/PNP MORDAZA, 22 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 23 de marzo de 2008

VISTO, la Devolucion N° 11-2008-DGPNP-INTERPOLDIVITID del 22 de febrero de 2008, formulada por el Director Ejecutivo de la Oficina Central Nacional INTERPOL - MORDAZA, haciendo de conocimiento que mediante el Informe N° 382008-DGPNP-INTERPOL-DIVITID del 22 de febrero de 2008, se ha solicitado la prorroga del viaje al extranjero en comision del servicio del Mayor de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y al Suboficial Brigadier de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA PARRENO GALVAN, a la MORDAZA de Mexico - Estados Unidos Mexicanos del 23 al 28 de marzo de 2008. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema N° 187-2007JUS del 14 de noviembre de 2007, se resuelve acceder al pedido de extradicion activa del procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LOS MORDAZA, formulado por la Primera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la presunta comision del delito contra la salud publica - trafico ilicito de drogas en agravio del Estado, y disponer su MORDAZA por via diplomatica al Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos de conformidad con el Tratado de Extradicion vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, con Oficio N° 637-2008-MP-FN-UCJIE del 6 de febrero de 2008 la doctora Secilia MORDAZA MORDAZA, Fiscal Adjunta Suprema Titular Jefa de la Unidad de Cooperacion Judicial Internacional y Extradiciones, pone en conocimiento del MORDAZA de la Policia Nacional del Peru Director Ejecutivo de la Oficina Central Nacional - INTERPOL - MORDAZA, que mediante Nota Diplomatica N° 03493 del 28 de enero de 2008, la Secretaria de Relaciones Exteriores - Direccion General de Asuntos Juridicos del Ministerio de Relaciones Exteriores de los Estados Unidos Mexicanos, comunica que en referencia a la Nota Diplomatica numero 00821 del 08 de enero de 2008, se informa que con fecha 02 de enero de 2008, se dicto el Acuerdo mediante el cual el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos concede al Gobierno de la Republica del Peru la extradicion internacional del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LOS MORDAZA, requerido por la Primera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao, por el delito contra la salud publica - trafico ilicito de drogas, en agravio del Estado Peruano; Que, con Oficio N° 391-2008- DIREJADM-DIRECFINPNP/DIVEJPRE-V del 6 de marzo de 2008 e Informe N° 060-2008-DIREJADM-DIRECFIN-PNP-DEPADM del 6 de marzo de 2008, la Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, remite a la Direccion de Recursos Humanos de la Policia Nacional del Peru, el Proyecto de Liquidacion de Viaticos por comision del servicio a la MORDAZA de Mexico - Estados Unidos Mexicanos, del Mayor de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y al Suboficial Brigadier de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA PARRENO GALVAN, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por la autoridad judicial MORDAZA mencionada; Que, los gastos por concepto de viaticos para el personal policial seran sufragados por el Estado Peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002 - Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, del Pliego 007, Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a pasajes e impuestos de viaje para el personal policial y el extraditable, seran asumidos por el Poder Judicial; Que, el articulo 2° del Decreto Supremo N" 0472002-PCM, mediante el cual se aprueban las normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, establece que la Resolucion de Autorizacion de viajes al exterior de la Republica estrictamente necesarios, sera debidamente sustentada en el interes nacional o en el interes especifico de la Institucion, y debera indicar expresamente el motivo del viaje, el numero de dias de duracion del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viaticos y el impuesto por Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto;

Que, el numeral 8.2 del articulo 8° de la Ley N° 29142, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, referido a las medidas de austeridad en bienes y servicios prohibe los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos con cargo a recursos publicos, excepto los que se efectuen en el MORDAZA de los acuerdos de negociacion de tratados comerciales, negociaciones economicas y financieras y las acciones de promocion de importancia para el Peru, asi como los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refiere la Ley N° 28212, Ley que desarrolla el articulo 39° de la Constitucion Politica en lo que se refiere a la jerarquia remuneraciones de altos funcionarios y autoridades del Estado y modificatoria. Todos los viajes se realizan en categoria economica. Las excepciones a la restriccion establecida en el primer parrafo se canalizan a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolucion Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, el articulo 4º de la Ley Organica del Poder Judicial establece que toda persona y autoridad esta obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones de la autoridad judicial competente, en sus propios terminos, sin poder calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances y teniendo en consideracion los dispositivos legales MORDAZA mencionados y en cuenta la importancia del viaje del personal policial referido, el mismo que se encuentra presupuestado, resulta necesario autorizar dicho viaje; y, De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; la Ley N° 29142, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008; la Ley Nº 27238, Ley de la Policia Nacional del Peru y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2000-lN; el Decreto Supremo N° 003-2004-IN que aprobo el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo N° 370 - Ley del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2005-IN; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje al extranjero en comision del servicio al Mayor de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y al Suboficial Brigadier de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA PARRENO GALVAN, a la MORDAZA de Mexico - Estados Unidos Mexicanos, del 23 al 28 de marzo de 2008, para los fines a que se contrae la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos por concepto de viaticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el articulo precedente se efectuaran con cargo a la Unidad Ejecutora 002 - Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Mayor PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA · Viaticos (Art. 5° D.S. Nº 047-2002-PCM) 6x220 US$ 1,320.00 · TOTAL US$ 1,320.00 Suboficial Brigadier PNP PARRENO GALVAN MORDAZA MORDAZA · Viaticos (Art. 5º D.S. Nº 047-2002-PCM) 6x220 US$ 1,320.00 · TOTAL US$ 1,320.00

Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario de efectuado el viaje, el personal policial designado debera presentar un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; asi como la rendicion de cuentas debidamente documentada. Articulo 4°.- Dentro de los siete (7) dias calendario de efectuado el viaje, el personal policial designado debera presentar a la Presidencia de la Republica, a traves de la Secretaria del Consejo de Ministros, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de ninguna clase o denominacion.

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