Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2008 (20/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, martes 20 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES

372497

RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 25 DE MORDAZA AL 14 DE JUNIO DE 2008 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 115-2008-MTC/12.04 Y Nº 240-20085-MTC/12
ORDEN INSPECCION Nº 993-2008MTC/12.04 994-2008MTC/12.04 VIATICOS (US$) TUUA (US$) US$ 660.00 US$ 30.25 US$ 1,400.00 US$ 30.25 RECIBOS DE ACOTACION Nºs 3689-3690

INICIO 25-may

FIN 28-may

SOLICITANTE Aero MORDAZA S.A.C. Taca Peru S.A.

INSPECTOR MORDAZA Vienrich, MORDAZA MORDAZA

MORDAZA Miami, Fl.

MORDAZA EUA

DETALLE Chequeo tecnico en simulador de vuelo del equipo B-737 Inspeccion tecnica por renovacion de MORDAZA de conformidad de 03 aeronaves con matriculas N-492TA, N-495TA y N-496TA Inspeccion tecnica por renovacion de MORDAZA de conformidad de 03 aeronaves con matriculas N-492TA, N-495TA y N-496TA Chequeo tecnico en simulador de vuelo del equipo DC-10 a TT/TT Inspecciones tecnicas por renovacion de constancias de conformidad de las aeronaves B-767 con matriculas CC-CVR, CC-CXD, CCCXE y CC-CWG Inspecciones tecnicas por renovacion de constancias de conformidad de las aeronaves B-767 con matriculas CC-CVR, CC-CXD, CCCXE y CC-CWG

25-may

01-jun

MORDAZA MORDAZA, San MORDAZA El MORDAZA MORDAZA MORDAZA

995-2008MTC/12.04 996-2008MTC/12.04 997-2008MTC/12.04

25-may

01-jun

US$ 1,400.00 US$ 30.25 US$ 880.00 US$ 30.25 US$ 2,600.00 US$ 30.25

Taca Peru S.A. Cielos del Peru S.A Lan Peru S.A.

Gallo Lam, San MORDAZA El MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Raygada, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Miami, Fl. MORDAZA de MORDAZA EUA

26-may

30-may

867-866 6709-67106711-6712-67136714-6715-6716 6709-67106711-6712-67136714-6715-6716

02-jun

14-jun

MORDAZA

998-2008MTC/12.04

02-jun

14-jun

US$ 2,600.00 US$ 30.25

Lan Peru S.A.

Loo MORDAZA, MORDAZA MORDAZA

MORDAZA de MORDAZA

MORDAZA

201792-11

Autorizan viajes de Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a EE.UU., Colombia, Venezuela y Ecuador, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA N° 060-2008-MTC MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2008 VISTO: El Informe Nº 230-2008 MTC/12, recibido el 25.04.08, de la Direccion General de Aeronautica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el numeral 8.2 del articulo 8º de la Ley Nº 29142, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos con cargo a recursos publicos, habiendose previsto excepciones las cuales seran autorizadas mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 4º de la Ley Nº 27261, es un objetivo permanente del Estado en materia de Aeronautica Civil asegurar el desarrollo de las operaciones aerocomerciales en un MORDAZA de MORDAZA competencia y con estricta observancia de las normas tecnicas vigentes; Que la Direccion General de Aeronautica Civil debe efectuar la supervision permanente de las operaciones aereas de los explotadores bajo su control, a fin de garantizar que se mantienen las normas requeridas en las operaciones para ofrecer al publico un servicio de transporte aereo comercial seguro y fiable; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su articulo 14º establece que los inspectores debidamente

identificados a que se refiere la Ley son competentes, segun su especialidad, para verificar las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronautica civil; Que, la seguridad y eficiencia de las operaciones aereas, se verifica, entre otras formas, a traves de inspecciones tecnicas a las estaciones de los explotadores aereos ubicadas en el extranjero; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje de los Inspectores de la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil designados mediante Informe Nº 100-2008-MTC/12.04 para que, en cumplimiento de las funciones que les asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedan realizar las inspecciones tecnicas a que se contraen la Ordenes de Inspeccion Nº 842-2008-MTC/12.04 y 843-2008MTC/12.04; Que los gastos por concepto de viaticos y tarifa unica de aeropuerto, seran asumidos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con cargo a su presupuesto; Que, mediante Certificacion de Credito Presupuestario Nº 02289, del 21.04.08, la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion otorgo asignacion de recursos para el viaje materia de la presente Resolucion; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 29142, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y estando a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar los viajes de inspecciones tecnicas de vigilancia de los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuaran entre el 02 y 20 de junio de 2008, de acuerdo con el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, sustentado en los Informes Nº 100-2008-MTC/12.04, y Nº 230-2008MTC/12. Articulo 2º.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, seran con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al anexo que forma parte integrante de la presente resolucion; a excepcion de los traslados aereos que seran financiados por las empresas aereas LAN PERU S.A. y Cielos del Peru S.A. Articulo 3º.- Dentro de los siete (07) dias calendario de su retorno al MORDAZA, los referidos profesionales deberan presentar a la Presidencia del Consejo de Ministros, a traves de la Secretaria General del Consejo de Ministros,

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