Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2008 (20/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, martes 20 de MORDAZA de 2008

SEXTA.- Cobro de comision por parte de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria ­ SUNAT La Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria ­ SUNAT no cobrara comision de recaudacion por los CIPRL que reciba. SETIMA.- Reglamentacion Mediante decreto supremo, refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, se dictaran las normas reglamentarias para la adecuada aplicacion de la presente Ley en un plazo no mayor a sesenta (60) dias calendario, contado a partir del dia siguiente de su publicacion. El proyecto de reglamento sera publicado en el MORDAZA electronico del Ministerio de Economia y Finanzas para recibir aportes de la ciudadania, conforme a lo dispuesto por el inciso 3 del articulo 13º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo. OCTAVA.- Vigencia La presente Ley entrara en vigencia el dia siguiente de la publicacion de su Reglamento en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los doce dias del mes de MORDAZA de dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA POSADA EYZAGUIRRE Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de MORDAZA del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 201792-1

para su aprovechamiento; entre las que se encuentran la promocion de la inversion privada y la mejora de la competitividad de la produccion agropecuaria; La Ley N° 26505, Ley de la inversion privada en el desarrollo de las actividades economicas en las tierras del territorio nacional y de las comunidades campesinas y nativas, creo un regimen diferenciado para las comunidades campesinas en funcion a su ubicacion en el territorio nacional, lo que en la practica ha originado dificultades en el ejercicio de la propiedad de las comunidades ubicadas en la MORDAZA y en la selva; En tal sentido, se requiere contar con un regimen unificado, a efectos de promover y facilitar la inversion privada en dichas tierras comunales; De conformidad con lo establecido en el articulo 104° de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; Ha dado el Decreto Legislativo siguiente: DECRETO LEGISLATIVO QUE UNIFICA LOS PROCEDIMIENTOS DE LAS COMUNIDADES CAMPESINAS Y NATIVAS DE LA MORDAZA Y DE LA MORDAZA CON LAS DE LA COSTA, PARA MEJORAR SU PRODUCCION Y COMPETITIVIDAD AGROPECUARIA Articulo Unico.- Modificacion del articulo 10° de la Ley N° 26505, Ley de la inversion privada en el desarrollo de las actividades economicas en las tierras del territorio nacional y de las comunidades campesinas y nativas. Modificase el articulo 10° de la Ley N° 26505, Ley de la Inversion en el desarrollo de las actividades economicas en las tierras del territorio nacional y de las comunidades campesinas y nativas, en los siguientes terminos: "Articulo 10°.- Las Comunidades Campesinas y las Comunidades Nativas deberan regularizar su organizacion comunal de acuerdo con los preceptos Constitucionales y la presente Ley. Tratandose de tierras de propiedad de las Comunidades Campesinas y Nativas, la regularizacion del derecho de propiedad se regira por las siguientes normas: a) Para la adquisicion en propiedad por parte de posesionarios comuneros sobre la tierra que poseen por mas de un ano, el acuerdo de Asamblea General de la Comunidad requerira el MORDAZA a favor de no menos del cincuenta por ciento de los comuneros posesionarios con mas de un ano. Para los efectos de la adquisicion por el actual posesionario, la entrega de las parcelas se acredita con el documento extendido por la Comunidad a su favor. b) Para la adquisicion en propiedad por parte de miembros de la comunidad no posesionarios o de terceros asi como para gravar, arrendar o ejercer cualquier otro acto de disposicion sobre las tierras comunales, se requerira el MORDAZA a favor de no menos del cincuenta por ciento de los miembros asistentes a la Asamblea instalada conel quorum correspondiente". DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Unica.- Deroguese el articulo 11° de la Ley N° 26505, Ley de la inversion privada en el desarrollo de las actividades economicas en las tierras del territorio nacional y de las comunidades campesinas y nativas; asi como toda otra disposicion que se oponga a lo dispuesto en la presente norma. POR TANTO: Mando se publique y cumpla, dando cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA a los diecinueve dias del mes de MORDAZA del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Agricultura 201792-2

PODER EJECUTIVO DECRETOS LEGISLATIVOS
DECRETO LEGISLATIVO Nº 1015 DECRETO LEGISLATIVO QUE UNIFICA LOS PROCEDIMIENTOS DE LA COMUNIDADES CAMPESINAS Y NATIVAS DE LA MORDAZA Y DE LA MORDAZA CON LAS DE LA COSTA, PARA MEJORAR SU PRODUCCION Y COMPETITIVIDAD AGROPECUARIA
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica, mediante Ley N° 29157, ha delegado en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar, por un plazo de ciento ochenta (180) dias calendario, sobre diversas materias relacionadas con la implementacion del Acuerdo de Promocion Comercial Peru - Estados Unidos y con el apoyo de la competitividad economica

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