Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2008 (20/05/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, martes 20 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

372483

Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto: US$ 30.25 x 3 personas

Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar de la Republica de Ecuador, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 20 de MORDAZA al 15 de junio de 2008, para participar en una pasantia Crucero Oceanografico "ENOS 2008" a bordo del B.A.P. "CARRASCO" de la MORDAZA de MORDAZA del Peru. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa 201629-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 462-2008-DE/SG MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Facsimil (DGS) Nº 441 de fecha 5 de MORDAZA de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA de la "VI Reunion de Jefes de Estado Mayor FAP-FACH", se acordo la realizacion de la XVIII Conferencia Bilateral de Inteligencia entre MORDAZA Fuerza Aereas, la misma que ha sido programada para el mes de MORDAZA en la MORDAZA de Lima- Peru; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable de la Fuerza Aerea del Peru del Peru y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar de la Republica de MORDAZA, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 25 al 31 de MORDAZA de 2008, para participar en la "XVIII Conferencia Bilateral de Inteligencia entre las Fuerzas Aereas de Peru y Chile", que se llevara a cabo en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que

Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y/o termino de la autorizacion, sin exceder el total de dias aprobados. Articulo 4º.- Los gastos de alimentacion, hospedaje y transporte local de la citada delegacion peruana en la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de MORDAZA, seran solventados por el MORDAZA anfitrion durante la duracion del referido evento internacional. Articulo 5º.- El mencionado Personal Militar debera cumplir con lo dispuesto en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 junio 2002 y la Cuarta Disposicion Final del Decreto Supremo Nº 0022004 DE/SG de fecha 26 enero 2004. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa 201792-9

Autorizan ingreso al Peru de personal militar de las republicas de Ecuador y MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 461-2008-DE/SG MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Facsimil (DGS) Nº 445 de fecha 5 de MORDAZA de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Ecuador, sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA de la V Reunion de Estados Mayores y XIX Reunion Bilateral de Inteligencia MORDAZA entre la Armada del Ecuador y la MORDAZA de MORDAZA del Peru, se acordo la realizacion de Intercambios Profesionales y Academicos para el ano 2008, habiendose considerado la realizacion de una pasantia en el Crucero Oceanografico "ENOS 2008" a bordo del B.A.P. "CARRASCO"; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.