Norma Legal Oficial del día 03 de noviembre del año 2008 (03/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, lunes 3 de noviembre de 2008

competencia; y en su articulo 192° inciso 1) dispone que los gobiernos regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto; Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales N° 27867, modificada por Ley N° 27902, en el inciso a. del articulo 15°, senala como atribucion del Consejo Regional, el aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, de conformidad con lo estipulado en el articulo 10, Literal d) y el articulo 58, Literal f) de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, el Gobierno Regional MORDAZA tiene entre sus funciones generales, la de promover y ejecutar las inversiones publicas de ambito regional en proyectos de servicios basicos de ambito regional con estrategias de sostenibilidad y competitividad; asi mismo, se encuentra entre sus funciones especificas, la de apoyar tecnica y financieramente a los gobiernos locales en la prestacion de servicios de saneamiento; Que, el Sistema de Abastecimiento de Agua Potable denominado Eje Paita - Talara, construido en el ano 1978, con capacidad para abastecer con 780 litros por MORDAZA de agua potable a las provincias de Paita y Talara, conduciendo el agua captada del Rio Chira hasta la Planta de Tratamiento de Agua Potable "El Arenal", ha sido afectada de manera MORDAZA en su operatividad a consecuencia del Fenomeno El MORDAZA de los anos 1983 y 1998, y en los meses de Enero a MORDAZA del 2008, la fuerza del Rio Chira producto de las fuertes lluvias y las descargas de la represa Poechos origino el deslizamiento de las estructuras civiles de captacion, ocasionandose frecuentes roturas en la tuberia de impulsion de agua cruda hacia la planta de tratamiento, y a consecuencia del cambio de curso del Rio Chira, se ha originado la socavacion del terreno al lado derecho de la captacion, situacion que ha puesto en peligro de colapso las estructuras civiles y equipos electromecanicos de la Planta de Tratamiento de Agua Potable "El Arenal"; Que, mediante Informe N° 179A-2008/GRP-450000ST/CRDC de fecha 19 de Agosto del 2008, el Secretario Tecnico del Comite Regional de Defensa Civil, Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, emite opinion tecnica sobre la Evaluacion de Danos y solicita la Declaratoria de Estado de Emergencia del Sistema de Captacion Planta El Arenal del Eje Paita ­ Talara, comunicando a la Presidencia Regional que los Comites Provinciales de Defensa Civil de Talara y Paita, asi como, el Comite Regional de Defensa Civil a traves de los Informes Tecnicos respectivos, han identificado fuertes impactos de deslizamiento y erosion en toda el area o MORDAZA de captacion de agua potable que abastece las provincias de Paita y Talara, debido al incremento del Rio Chira en la MORDAZA baja de la MORDAZA del mismo nombre, ocurrida el 15 de Agosto y que continua hasta la fecha, como consecuencia de las descargas que se han presentado en la parte alta, lo cual ha incrementado el nivel de vulnerabilidad dejado por los impactos mayores del Periodo Pluvial del MORDAZA del 2008, en la MORDAZA de captacion y produccion de agua potable, comprometiendo la sala de equipos electromecanicos de la misma captacion, ubicada en el distrito El Arenal, debido al fuerte nivel de erosion que ha ocasionado el deslizamiento del cerro, ocasionando fallas en las estructuras civiles de captacion, estructuras de la caseta y MORDAZA de derivacion; sistema que se encuentra colapsado debido a los impactos MORDAZA indicados; Que, la Secretaria Tecnica del Comite Regional de Defensa Civil, manifiesta que frente a los danos encontrados, se hace necesario ejecutar en forma inmediata la estabilizacion y proteccion de las estructuras del componente de captacion del agua en el Rio Chira y que corresponden al Sistema Integral del Eje Paita ­ Talara, trabajos que se ejecutaran con recursos economicos del Gobierno Regional MORDAZA y de las Municipalidades Provinciales de Paita y Talara, asi como tambien de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento GRAU S.A. - EPS GRAU S.A. Finalmente concluye senalando que del analisis de los informes

tecnicos y evaluaciones de los danos, se determina que la situacion presentada amerita calificarla como una Situacion de Emergencia por catastrofe o graves circunstancias que afectara la salud y MORDAZA de las personas, esto en razon a que el colapso presentado puede tener en el inmediato plazo, mayores consecuencias por perdida o caida del componente principal del Sistema de Produccion del Eje Paita - Talara, que es la MORDAZA de captacion de agua del Rio Chira, y que suministra de agua potable aproximadamente a 190,000 habitantes. Frente dicha situacion la Sub Gerencia Regional de Defensa Civil, el Comite Regional de Defensa Civil y la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Medio Ambiente, han previsto elevar la propuesta tecnica al Despacho de la Presidencia para que ademas de las decisiones que se adopten a nivel de Consejo Regional, se tramite la declaratoria del Estado de Emergencia por desabastecimiento de agua potable para las Provincias de Paita y Talara, por un espacio de 60 dias naturales, con la finalidad de ejecutar los trabajos de urgencia y caracter inmediato con recursos economicos del Gobierno Regional, de los Gobiernos Locales de Paita y Talara y la EPS GRAU S.A.; Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 471-2008/GRP-CR de fecha 21 de Agosto del 2008, el Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA declaro en Situacion de Emergencia el Servicio de Produccion y Abastecimiento de Agua Potable de las provincias de Paita y Talara, debido al riesgo de colapso del Eje Paita ­ Talara que abastece a MORDAZA provincias, de conformidad con el articulo 22 del Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y el articulo 1 del Decreto Supremo N° 137-2007-EF; asi mismo, se encargo a la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y Gerencia Regional de Infraestructura, la implementacion de citado Acuerdo de Consejo Regional; Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 4722008/GRP-CR de fecha 21 de Agosto del 2008, el Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, aprobo solicitar, a la Presidencia de la Republica, a la Presidencia del Consejo de Ministros y Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, la dacion del Decreto Supremo que declare el Estado de Emergencia por desastres de origen natural, por espacio de sesenta (60) dias al Sistema de Produccion y Abastecimiento de agua potable Eje Paita ­ Talara en el Departamento de MORDAZA, y solicitar al Ministerio de Economia y Finanzas, la transferencia de los recursos economicos correspondientes que permitan la ejecucion de las actividades y proyectos de emergencia, mitigacion y/o rehabilitacion; Que, mediante Decreto Supremo N° 066-2008PCM de fecha 01 de Octubre del 2008 y publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 03 de Octubre del 2008, la Presidencia del Consejo de Ministros Declaro Estado de Emergencia por el plazo de Sesenta (60) dias naturales en las provincias de Paita y Talara del departamento de MORDAZA, a fin de ejecutar las acciones inmediatas destinadas a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes en el Sistema de Produccion y Abastecimiento de Agua Potable: Eje Paita ­ Talara, y evitar el desabastecimiento de agua potable en las referidas provincias. Asi mismo, en concordancia con lo dispuesto en su articulo MORDAZA, se establecio que el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Ministerio de Economia y Finanzas, el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, el Gobierno Regional MORDAZA, las Municipalidades Provinciales de Paita y Talara y la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento GRAU S.A. ­ EPS GRAU S.A, ejecutaran las acciones inmediatas destinadas a la reduccion y minimizacion de los riesgos 4existentes y a la rehabilitacion de las zonas afectadas; Que, con fecha 10 de Octubre del 2008, el Gobierno Regional MORDAZA suscribio con las Municipalidades Provinciales de Paita y Talara y la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau Sociedad Anonima ­ EPS GRAU S.A., el Convenio MORDAZA de Cooperacion Interinstitucional para Cofinanciamiento de la Obra: "Defensa y Proteccion del Sistema de Captacion Planta El Arenal", con el objeto de establecer las condiciones

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