Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2009 (11/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 11 de MORDAZA de 2009

procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuentan con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que mediante la Resolucion Ministerial N° 015-96-PE de fecha 5 de enero de 1996, se resolvio otorgar permiso de pesca a plazo determinado, en adecuacion a la Ley General de Pesca y su Reglamento, entre otros armadores pesqueros a SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A. para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "EL SOL" de matricula N° CE-4520-PM, de 180 TM de capacidad de bodega, la cual se dedicara a la extraccion de recursos hidrobiologicos de consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano, fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que por Resolucion Ministerial N° 101-97-PE de fecha 25 de febrero de 1997, se resolvio otorgar permiso de pesca, a plazo determinado en adecuacion a la Ley General de Pesca y su Reglamento, a SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A., para operar, entre otras embarcaciones pesqueras a la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "MISTI I" de matricula N° CE-6527-PM, de 336 m3 de volumen de bodega, capacidad que fue regularizada mediante Decreto Supremo N° 00197-PE y Decreto Supremo N° 006-97-PE, consignando en el numeral 285 del literal A), de embarcaciones pesqueras con permiso de pesca ­ anchoveta ­ sardina del Anexo B) de la embarcacion MISTI I de matricula N° CE-6527PM con 345.68 m3, la cual sera dedicada a la extraccion de recursos hidrobiologicos para destinarlos al consumo humano indirecto, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm), en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras; Que los articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE de fecha 5 de septiembre del 2002, establecen respectivamente, que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) seran destinados al consumo humano directo y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto solo podran desarrollar actividades extractivas de los recursos en mencion, en el MORDAZA del Regimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados aprobado por Resolucion Ministerial Nº 150-2001PE, debiendo para cuyo efecto adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada resolucion; Que a traves de los escritos del visto, TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A., solicita el cambio de titular de los permisos de pesca otorgados mediante las Resoluciones Ministeriales N° 101-97-PE y N° 015-96PE, correspondientes a las embarcaciones pesqueras "MISTI I" de matricula N° CE-6527-PM y "EL SOL" de matricula N° CE-4520-PM, respectivamente y solicita la modificacion de las resoluciones MORDAZA citadas por cambio de nombre de las senaladas embarcaciones, de acuerdo a lo establecido en los procedimientos N° 6 y 19 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, sustentando la posesion actual de las citadas embarcaciones a traves de los Certificados Compendioso de Dominio y el Contrato de Arrendamiento Financiero correspondiente a la embarcacion pesquera "EL SOL", que presenta la recurrente; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente administrativo correspondiente a cada embarcacion se ha determinado, que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en los procedimientos N° 6 y 19 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003PRODUCE, modificado por la Resolucion Ministerial N° 280-2007-PRODUCE y el Decreto Supremo N° 015-2007PRODUCE, razon por la cual resulta procedente atender lo solicitado;

Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe N° 010-2009PRODUCE/DGEPP-Dchi, MORDAZA con Informe N° 2262009-PRODUCE/DGEPP-Dchi, y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el articulo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y modificado por Decreto Supremo N° 015-2007-PRODUCE, los procedimientos N° 6 y 19 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 0352003-PRODUCE y publicado por Resolucion Ministerial 341-2005-PRODUCE, la Resolucion Ministerial N° 0842007-PRODUCE y la Resolucion Ministerial N° 086-2007PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 0102006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modificar, en aplicacion de la aprobacion automatica de la solicitud, el articulo 1° de las Resoluciones Ministeriales Nºs 015-96-PE y 101-97-PE, en el extremo referido al nombre de las embarcaciones pesqueras "EL SOL" por "TASA 14" y "MISTI I" por "TASA 46", manteniendose los demas terminos y condiciones de los permisos de pesca. Articulo 2°.- Aprobar a favor de TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A., el cambio de titular de los permisos de pesca para operar las embarcaciones pesqueras de bandera nacional que se indican a continuacion, en los mismos terminos y condiciones en que fueron otorgados:
PERMISO DE PESCA R.M. Nº Fecha MORDAZA TITULAR NOMBRE DE LA EMBARCACION TASA 14 TASA 46 NUMERO DE MATRICULA CAP. DE BODEGA (m3) 191,37 345,68

015-96-PE

1996-1-05

101-97-PE 1197-2-25

TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A.

CE-4520-PM CE-6527-PM

Articulo 3°.- La vigencia del permiso de pesca otorgado por la presente Resolucion esta supeditada al cumplimiento de la normatividad en materia de ordenamiento juridico pesquero, de sanidad y de medio ambiente. Articulo 4°.- El permiso de pesca a que se refiere el articulo 2° de la presente Resolucion, debera ser ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 0012002-PRODUCE, en la que establece, que el recurso sardina, entre otros, seran destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo N° 016-2007-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de bodegas de la embarcacion deben mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservacion a bordo RSW o CSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Articulo 5°.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca que fue otorgado a SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A. por Resolucion Ministerial N° 015-96-PE PE para operar la embarcacion pesquera "EL SOL" (ahora TASA 14) y la Resolucion Ministerial N° 101-97-PE para operar la embarcacion pesquera "MISTI I" (ahora TASA 46). Articulo 6°.- Incorporar a TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A., como MORDAZA titular del permiso de pesca para operar las embarcaciones pesqueras "TASA 14" de matricula N° CE-4520-PM y "TASA 46" de matricula N° CE-6527-PM, asi como la presente Resolucion al Anexo correspondiente de la Resolucion Ministerial Nº

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