Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2009 (11/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 11 de MORDAZA de 2009

Articulo 1º.- Otorgar a la empresa J. WILUDI & ASOCIADOS CONSULTORES EN PESCA S.A.C. (J. WILUDI & ASOCIADOS S.A.C), autorizacion de incremento de flota para la construccion de una embarcacion pesquera multiproposito (cerco/arrastre de media agua), de MORDAZA MORDAZA con 2,500.00 m3 de capacidad de bodega total, de los cuales se utilizaran 1,000.00 m3 de almacenamiento para el sistema R.S.W. y 1500.00 m3 para el producto congelado, equipada con red de arrastre de media agua de 76 mm (3 ") de tamano de abertura minima de malla en el copo y red de cerco de 38 mm ( 1 ½ " ) para la extraccion de los recursos jurel y caballa, con destino al consumo humano directo y con una capacidad de procesamiento de congelado de 200 t/dia. Articulo 2º.- La autorizacion otorgada por el Articulo precedente tendra vigencia por un plazo de veinticuatro (24) meses, pudiendo por razones de caracter economico o motivos de fuerza mayor ampliar el plazo por veinticuatro (24) meses improrrogables, dicha ampliacion debera ser declarada, expresamente, por el Ministerio de la Produccion. Articulo 3º.- El uso de la red de cerco de la embarcacion multiproposito a construir quedara prohibida dentro de las aguas jurisdiccionales. Articulo 4º.- Ejecutada la construccion de la embarcacion pesquera, la empresa J. WILUDI & ASOCIADOS CONSULTORES EN PESCA S.A.C. (J. WILUDI & ASOCIADOS S.A.C), debera solicitar el respectivo permiso de pesca, dentro del plazo de un (1) ano, contado a partir de la acreditacion del termino de construccion. Vencido dicho plazo, sin iniciar el procedimiento de permiso de pesca respectivo, la autorizacion de incremento de flota caducara de pleno derecho. Asimismo, sera causal de caducidad la ejecucion de la autorizacion excediendo la capacidad de bodega autorizada o con caracteristicas diferentes a los autorizados, que sera declarada mediante Resolucion Directoral. Articulo 4º.- Incluir la presente resolucion de autorizacion de incremento de flota en el Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion : www. produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 334840-2

Otorgan permiso de PANAMERICANA S.A.

pesca

a

RESOLUCION DIRECTORAL Nº 214-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 26 de marzo del 2009 Vistos, los escritos con registro Nºs 00022031-2009 y 00022031-2009-1 de fechas 23 y 24 de marzo del 2009, presentados por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con domicilio legal en MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 513 Urbanizacion Corpac, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, en representacion de la empresa PANAMERICANA S.A. CONSIDERANDO: Que, el inciso c) del articulo 43º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, dispone que, las personas

naturales o juridicas requeriran de permiso de pesca para la operacion de embarcaciones pesqueras de bandera nacional y extranjera. Asimismo, el articulo 47º de dicha MORDAZA establece que, las operaciones de embarcaciones pesqueras de bandera extranjera en aguas jurisdiccionales peruanas, se efectuaran sobre el excedente de la captura permisible no aprovechada de recursos hidrobiologicos por la flota existente en el MORDAZA, sujetandose a los terminos y condiciones establecidos en la legislacion interna sobre preservacion y explotacion de los recursos hidrobiologicos y sobre los procedimientos de inspeccion y control, para lo cual los armadores extranjeros deberan acreditar domicilio y representacion legal en el pais; Que, los articulos 44º y 45º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que el permiso de pesca es un derecho especifico que el Ministerio de la Produccion otorga a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras, previo pago de los derechos correspondientes; Que, el inciso c) del articulo 48º de la referida Ley dispone que, la pesca en aguas jurisdiccionales peruanas podra llevarse a cabo por embarcaciones de bandera extranjera para la extraccion de recursos de oportunidad o altamente migratorios o aquellos otros subexplotados que determine el Ministerio de la Produccion, mediante el pago de derechos por permiso de pesca; Que, mediante Decreto Supremo Nº 032-2003PRODUCE del 4 de noviembre del 2003, se aprobo el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, estableciendose en su numeral 7.3 del articulo 7º, el monto de los derechos de pesca para las embarcaciones pesqueras atuneras de bandera extranjera en US$ 50.00 (cincuenta dolares de los Estados Unidos de America) por cada tonelada de Arqueo Neto, por un periodo de tres (3) meses; Que, mediante los escritos del visto, la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en representacion de la empresa PANAMERICANA S.A. solicita permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera denominada "FALCON" con matricula AMMT-1335 de bandera venezolana, en la extraccion del recurso atun, con destino al consumo humano directo, dentro de las aguas jurisdiccionales peruanas, por el periodo de tres (3) meses; Que, de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, la solicitante acredita que la embarcacion pesquera ""FALCON" con matricula AMMT1335, cumple con los requisitos sustantivos exigidos en el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE, asi como los requisitos exigidos en el procedimiento Nº 9 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y demas normas complementarias, por lo que resulta procedente otorgar el permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion mediante Informe Nº 185-2009-PRODUCE/DGEPP-Dch, y con la conformidad legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE, el Procedimiento Nº 9 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y demas normas complementarias; y, En uso de las atribuciones conferidas en el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el literal d) del articulo 53° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa PANAMERICANA S.A. representada en el MORDAZA por la senora MORDAZA

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