Norma Legal Oficial del día 01 de agosto del año 2009 (01/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0552-2009-AG MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 1 de agosto de 2009

MORDAZA, dandosele las MORDAZA por los importantes servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 378554-5

Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 03742009-AG de fecha 7 de MORDAZA de 2009, se designo a MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Asesor del Despacho Ministerial; Que, MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha presentado su renuncia al cargo que venia desempenando; Que, se ha visto por conveniente aceptar la renuncia formulada; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo N° 997 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar la renuncia presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Asesor del Despacho Ministerial, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 378554-4

Declaran en Cuarentena Temporal a la granja plantel de reproductoras RT 28 y al galpon de aves de MORDAZA San MORDAZA en el departamento de La MORDAZA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA RESOLUCION DIRECTORAL Nº 41-2009-AG-SENASA-DSA La MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2009 VISTO: El Informe Tecnico Nº 531-2009-AG-SENASA-SCADSA de fecha 10 de MORDAZA de 2009, elaborado por la Subdireccion de Cuarentena Animal, de la Direccion de Sanidad Animal del SENASA; El Informe Tecnico Nº 559-2009-AG-SENASA-SCADSA de fecha 23 de MORDAZA de 2009, elaborado por la Subdireccion de Cuarentena Animal, de la Direccion de Sanidad Animal del SENASA; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Titulo V del Decreto Ley Nº 25902 - Ley Organica del Ministerio de Agricultura, se creo el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, como Organismo Publico encargado de desarrollar y promover la participacion de la actividad privada para la ejecucion de los planes y programas de prevencion, control y erradicacion de plagas y enfermedades que incidan con mayor significacion socio economica en la actividad agraria; siendo a su vez el ente responsable de cautelar la seguridad sanitaria del agro nacional; Que, conforme a lo preceptuado en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, el SENASA tiene entre sus funciones controlar y supervisar el estado sanitario de animales, vegetales y de productos e insumos agrarios en el comercio nacional y en el de importacion; asi como a normar los aspectos sanitarios dentro de las actividades de comercializacion y MORDAZA interno de animales y vegetales, asi como de organizar y conducir el Sistema Cuarentenario Nacional, con el fin de evitar la introduccion de nuevos problemas sanitarios y la dispersion de los ya existentes hacia otras regiones, subregiones y paises libres de ellos; Que, el articulo 15º del Reglamento del Sistema Sanitario Avicola, aprobado por Decreto Supremo Nº 0292007-AG establece que los propietarios de establecimientos avicolas, criadores de aves de pelea u ornamentales o zoocriaderos, los profesionales responsables, y demas personas naturales o juridicas vinculadas a la tenencia o manejo de aves, que sospechen o conozcan de la existencia de granjas o aves afectadas por las enfermedades de declaracion obligatoria, enfermedad de Newcastle, Influenza Aviar, Laringotraqueitis Infecciosa, Hepatitis a Cuerpos de Inclusion, Salmonela, Enfermedad de Gumboro, Enfermedad de MORDAZA, Micoplasmosis Aviar, Clamidiasis Aviar, Pulorosis/Tifosis Aviar, Bronquitis Infecciosa Aviar, Tuberculosis Aviar, Hepatitis Viral del Pato, Enteritis Viral del Pato, Colera Aviar o Coriza Infecciosa; estan obligados a informar inmediatamente a la oficina mas cercana del SENASA u otra dependencia del Ministerio de Agricultura, bajo responsabilidad; Que, el referido Reglamento del Sistema Sanitario Avicola, establece que la Enfermedad de declaracion

Aceptan renuncia de Directora General de la Oficina de Asesoria Juridica del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0553-2009-AG MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 729-2007-AG de fecha 7 de diciembre de 2007, se designo a MORDAZA MAGALY MORDAZA MORDAZA como Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Agricultura; Que, a raiz de la expedicion del MORDAZA Cuadro para Asignacion de Personal-CAP del Ministerio de Agricultura, aprobado por Resolucion Suprema Nº 0032009-AG, publicada el 30 de enero de 2009, mediante Resolucion Ministerial Nº 432-2009-AG, se designo con efectividad al 31 de enero de 2009, a MORDAZA MAGALY MORDAZA MORDAZA como Directora General de la Oficina de Asesoria Juridica del Ministerio de Agricultura; Que, la citada funcionaria ha presentado su renuncia irrevocable al cargo que venia desempenando; Que, se ha visto por conveniente aceptar la renuncia presentada; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo N° 997 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar, con efectividad al 31 de MORDAZA de 2009, la renuncia irrevocable al cargo de Directora General de la Oficina de Asesoria Juridica del Ministerio de Agricultura presentada por MORDAZA MAGALY MORDAZA

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