Norma Legal Oficial del día 01 de agosto del año 2009 (01/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, sabado 1 de agosto de 2009

NORMAS LEGALES

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ciertos requisitos para el nombramiento de los Jueces Supernumerarios; sin embargo, debido a lo reciente del citado cuerpo normativo, tales requerimientos formales se encontrarian en implementacion por parte de los entes encargados de ello; razon por la cual, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, ante la necesidad de cubrir plazas vacantes en los distintos organos jurisdiccionales de este Distrito Judicial, se ve en la necesidad de nombrar Jueces Supernumerarios de reconocida idoneidad y probidad para ejercer el cargo como magistrado, con la finalidad de brindar un adecuado servicio de justicia a la comunidad y no permitir que se vea afectada la gran expectativa de los justiciables respecto a la pronta solucion de sus conflictos judicializados, debido a falencias de orden meramente formal. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la politica interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administracion de justicia en beneficio de los justiciables; y en virtud a dicha atribucion, se encuentra facultado para designar, reasignar, ratificar y/o dejar sin efecto la designacion de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que estan en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del articulo 90° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, SE RESUELVE:

VISTOS: la Resolucion Nº 440-2009-JNE, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 28 de junio de 2009; la Resolucion Jefatural Nº 421-2009/JNAC/RENIEC, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 16 de MORDAZA de 2009; el Decreto Supremo 050-2009-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 25 de MORDAZA de 2009; la Resolucion Nº 491-2009-JNE, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 26 de MORDAZA de 2009; el Informe Nº 000146-2009/GOR/RENIEC (30JUL2009), de la Gerencia de Operaciones Registrales y el Informe Nº 000898-2009/GAJ/RENIEC (31JUL2009), de la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA encargado de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, mediante Resolucion Nº 440-2009-JNE, el MORDAZA Nacional de Elecciones convoco a Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales para el dia MORDAZA 15 de noviembre de 2009 en diversas circunscripciones de la Republica, detalladas en el anexo que forma parte de la misma; Que, a traves de la Resolucion Jefatural Nº 421-2009/ JNAC/RENIEC, se dispuso el cierre del Padron Electoral con fecha 18 de MORDAZA de 2009, para efecto del desarrollo de la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales, en las circunscripciones comprendidas en el Anexo de la Resolucion Nº 440-2009-JNE; Que, con el Decreto Supremo Nº 050-2009-PCM, se convoca a nuevas Elecciones Municipales para el dia MORDAZA 29 de noviembre de 2009, para elegir a Alcaldes y Regidores de los concejos provinciales y distritales que se detallan en el anexo que forma parte del mismo; Que, mediante Resolucion Nº 491-2009-JNE, el MORDAZA Nacional de Elecciones incluye en la convocatoria a consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales efectuada con Resolucion Nº 440-2009-JNE, a los distritos de Inambari, Yauya y Jeberos; estableciendo como fecha de realizacion de la referida Consulta Popular el MORDAZA 29 de noviembre de 2009, dejando sin efecto la fecha senalada en la Resolucion Nº 440-2009-JNE; Que, para efectos de llevar acabo los procesos electorales convocados, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil debe elaborar sobre la base del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, el Padron Electoral a emplearse en los comicios referidos, de acuerdo a lo establecido por el inciso d) del Articulo 7º de la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y Articulo 196º de la Ley Nº 26859, Ley Organica de Elecciones; Que, conforme a lo dispuesto por el Articulo 1º de la Ley Nº 27764, el Padron Electoral se cierra ciento veinte (120) dias MORDAZA de la realizacion de cualquier MORDAZA electoral, fecha a partir de la cual, no es posible efectuar variaciones de domicilio, nombre ni otro MORDAZA que altere la informacion contenida en el referido padron; Que, en consecuencia habiendose dejado sin efecto la fecha de convocatoria a consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales, senalada en la Resolucion Nº 440-2009-JNE, y convocado para el MORDAZA 29 de noviembre de 2009, fecha en la cual tambien se realizaran las nuevas Elecciones Municipales, corresponde dejar sin efecto la Resolucion Jefatural Nº 421-2009/JNAC/ RENIEC (13JUL2009), disponiendo el cierre del Padron Electoral para el 01 de agosto de 2009; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; Ley Nº 26859, Ley Organica de Elecciones y Articulo 1º de la Ley Nº 27764; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dejar sin efecto la Resolucion Jefatural Nº 421-2009/JNAC/RENIEC, que dispuso el

Articulo Primero: CONCEDER al doctor MORDAZA MORDAZA CORANTE MORDAZA, Juez Titular del Noveno Juzgado de Familia de MORDAZA, hacer uso de su goce fisico vacacional pendiente del 03 al 19 de agosto del presente ano. Articulo Segundo: DESIGNAR a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Supernumeraria del Noveno Juzgado de Familia de MORDAZA, mientras dure el periodo vacacional del doctor Corante MORDAZA, del 03 al 19 de agosto del presente ano. Articulo Tercero: PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina de Administracion Distrital, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y de los Magistrados para los fines pertinentes. Publiquese, registrese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 378485-1

ORGANOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Dejan sin efecto la R.J. Nº 421-2009/ JNAC/RENIEC y disponen el cierre del Padron Electoral para efecto del desarrollo de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales
RESOLUCION JEFATURAL Nº 457-2009/JNAC/RENIEC MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2009

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