Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2009 (05/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, sabado 5 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES

407373

CONSIDERANDO: Que, de lo solicitado por la recurrente, se desprende que la Oficina Zonal de MORDAZA y Callao del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI, como asesor tecnico y en representacion de SEDAPAL - Servicio de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA, requiere la constitucion de Servidumbre de Ocupacion MORDAZA y a Titulo Gratuito, respecto de diecisiete (17) activos, conformados por estructuras edificadas por esta, las mismas que ocupan areas y vias de dominio publico local del Distrito de Ate. Que, mediante Informes Nº 029-2008-MTC, Nº 0342009-MTC y Nº 136-2009-MTC emitidos por la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro, se establecen que las instalaciones de SEDAPAL por las que se solicita Servidumbre de Ocupacion MORDAZA y a Titulo Gratuito, se encuentran ocupando pasajes, areas verdes, parques y bermas centrales locales, dichas instalaciones se encuentran con obras ejecutadas, por lo que se recomienda que la compensacion que la Empresa SEDAPAL debe dar a favor de la Municipalidad de Ate, por ocupar los espacios publicos mencionados, debe ser en la mejora del entorno de cada predio ya sea incrementando y/o mejorando las areas verdes. Que, conforme a lo preceptuado en el Art. 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el Art. II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, las vias y areas publicas con subsuelo y aires, son bienes de dominio y uso publico de las municipalidades, constituyendo funcion especifica exclusiva de las Municipalidades Distritales, el autorizar y fiscalizar la ejecucion del plan de obras de servicios publicos o privados que afecten o utilicen la via publica o zonas aereas, asi como sus modificaciones; previo cumplimiento de las normas sobre el impacto ambiental, por mandato expreso de la Ley Organica de Municipalidades, Nº 27972, articulos 55º, 56º y 79º. Que, mediante Ordenanza Nº 296-MML, se MORDAZA el regimen de constitucion y administracion de bienes de uso publico en la Provincia de MORDAZA, disponiendo en su Art. 7º que, es funcion irrenunciable de las municipalidades, procurar, conservar y administrar los bienes de uso publico local. Los bienes de uso publico local son inalienables, imprescriptibles e inembargables, correspondiendole a las Municipalidades Distritales de la Provincia de MORDAZA, la administracion, el mantenimiento, rehabilitacion, remodelacion, conservacion, ornato, jardineria y arborizacion de los bienes de uso publico de su titularidad, asi como de los tramos de las vias arteriales y colectoras que les MORDAZA encargadas por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA (...). Que, los bienes de uso publico pueden ser concedidos a particulares conforme a Ley, para su aprovechamiento economico, pudiendo en consecuencia ser pasibles de derechos privados, conforme a la disposicion contenida en el Art. 73º de la Carta Magna. Que, conforme a la MORDAZA constitucional MORDAZA invocada y de acuerdo con lo senalado en el Art. 59º de la Ley Nº 27972, los bienes municipales pueden ser transferidos, concesionados o modificados en su estado de posesion o propiedad mediante cualquier otra modalidad, requiriendo para ello de un Acuerdo de Concejo Municipal, en virtud a que estos estan referidos a aspectos especificos que tiene por objeto el interes publico, vecinal o institucional. Los Acuerdos adoptados en virtud a este dispositivo, deben ser puestos en conocimiento de la Contraloria General de la Republica en un plazo no mayor de siete (07) dias, bajo responsabilidad. Que, de acuerdo con lo normado en la Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento, su Texto Unico Ordenado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 023-2005-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 010-2007-VIVIENDA, el Art. 49º, senala que, las entidades prestadoras, sujetandose a las disposiciones que establezca el Reglamento de esa Ley, estan facultadas para usar a titulo gratuito el suelo, subsuelo y los aires de caminos, calles, plazas y demas bienes de uso publico, asi como cruzar MORDAZA, puentes y vias ferreas. Que, mediante Informe Nº 902-09-MDA/OGAJ la Oficina General de Asesoria Juridica, opina que lo solicitado por la entidad recurrente se encuentra enmarcada dentro de los preceptos legales, debiendo remitirse los actuados a la Comision de Desarrollo MORDAZA y Obras Publicas del Concejo Municipal, con la finalidad de que sea evaluada la solicitud formulada por la entidad recurrente y posteriormente se emita

el Acuerdo de Concejo correspondiente, disponiendose ademas, hacer de conocimiento de la Contraloria General de la Republica, el Acuerdo adoptado en un plazo no mayor de siete (07) dias calendario. Que, mediante Dictamen Nº 037-2009-MDA/CDUyOP la Comision de Desarrollo MORDAZA y Obras Publicas, recomienda aprobar la constitucion de Servidumbre de Ocupacion MORDAZA y a Titulo Gratuito a favor de SEDAPAL - Servicio de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA, respecto de los diecisiete (17) activos que ocupan areas y vias de dominio publico local en el Distrito de Ate. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y contando con el MORDAZA por unanimidad de los senores regidores asistentes a la sesion de concejo de la fecha y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas; SE ACUERDA: Articulo 1º.- APROBAR el Dictamen Nº 037-2009MDA/CDUyOP la Comision de Desarrollo MORDAZA y Obras Publicas, sobre la constitucion de Servidumbre de Ocupacion MORDAZA y a Titulo Gratuito a favor de SEDAPAL - Servicio de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA, respecto de los diecisiete (17) activos, los mismos que se encuentran detallados en el Informe Nº 136-2009MTC, que ocupan areas y vias de dominio publico local en el Distrito de Ate. Articulo 2º.- Autorizar al Senor MORDAZA del Distrito de Ate, para que en nombre y representacion de la Municipalidad Distrital de Ate, convenga con SEDAPAL los terminos y condiciones del Contrato de Constitucion de Servidumbre, autorizandolo asimismo a suscribir la Minuta y la Escritura Publica que de esta se originen, ademas de los documentos que MORDAZA necesarios para perfeccionar su constitucion. Articulo 3º.- El Contrato de Constitucion de Servidumbre que se celebre y suscriba en virtud de lo autorizado por el Concejo Municipal, debera contener obligatoriamente las compensaciones por parte de SEDAPAL - Servicio de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA, a favor de la Municipalidad de Ate, cuyos terminos y condiciones deben establecerse en dicho contrato. Articulo 4º.- Disponer la transcripcion y publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 5º.- Poner en conocimiento de la Contraloria General de la Republica el presente Acuerdo de Concejo en un plazo no mayor de siete (07) dias, bajo responsabilidad, encargando su cumplimiento a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro, y demas areas pertinentes de esta Corporacion Municipal. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DUPUY MORDAZA MORDAZA

431381-1

Aprueban Dictamen sobre declarar de interes local la propuesta de Cambio Especifico de Zonificacion contenida en el Plano Nº 002-2009-RZ-SGPUCGDU/MDA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 061
Ate, 19 de noviembre de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 19 de Noviembre de 2009, el Dictamen Nº 039-2009-MDA/ CDUyOP de la Comision de Desarrollo MORDAZA y Obras Publicas, que recomienda aprobar el Acuerdo de Concejo que Declara de Interes Local la propuesta de Cambio Especifico de Zonificacion contenida en el Plano Nº 0022009-RZ-SGPUC-GDU/MDA, por cuanto estos coadyuvan con la inversion publica y privada en el Distrito de Ate; y, CONSIDERANDO:

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