Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2009 (10/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, miercoles 10 de junio de 2009

NORMAS LEGALES

397305

CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, reconoce que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, de igual manera el articulo 199º cita que los mencionados Gobiernos Regionales y Locales formulan sus presupuestos con participacion de la poblacion y rinden cuenta de su ejecucion, anualmente bajo responsabilidad de conformidad a Ley; Que, el numeral 20.1 del Articulo 20º de la Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralizacion, regula que los Gobiernos Regionales y Locales se sustentan y rigen con presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a Ley, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados; Que, el numeral 17.1 del Articulo 17º de la precitada Ley regula que los Gobiernos Locales y Regionales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestion publica; Que, mediante Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo modificada por la Ley Nº 29298 se establecen disposiciones que aseguren la efectiva participacion de la sociedad civil en el MORDAZA de programacion participativa del presupuesto; Que, el numeral 1 del articulo 8º de la Ley 27867 Ley Organica de los Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 27902 declara que la gestion de los Gobiernos Regionales, se rige entre otros por el MORDAZA de participacion, por el que la gestion regional desarrollara y MORDAZA uso de las instancias y estrategias concretas de participacion ciudadana en las fases de formulacion , seguimiento, fiscalizacion y evaluacion de la gestion de gobierno y de la ejecucion de los planes, presupuestos y proyectos regionales; Que, el articulo 11-B de la MORDAZA precitada senala que es funcion del Consejo de Coordinacion Regional la emision de opinion consultiva concertada sobre el Presupuesto Participativo delegando la Secretaria Tecnica del Consejo de Coordinacion Regional en la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial segun articulo 11-A; Que, el literal h del articulo 1º de la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo modificada por la ley Nº 29298, establece que el equipo tecnico esta presidido por el Jefe del area de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional y profesionales con experiencia en temas de planeamiento y presupuestos provenientes de la sociedad civil. En concordancia con el Articulo 5º de la misma Ley, establecen que es responsabilidad del Presidente del Consejo de Coordinacion Regional informar y promover la articulacion y coordinacion de los presupuestos participativos formulados por el Consejo de Coordinacion Local. Que el numeral 1º "Preparacion" del capitulo II de "Las Fases del MORDAZA de Presupuesto Participativo" de la RD. Nº 021 ­ 2008- EF/76.01, Instructivo Nº 002-2008-EF/ 76.01 para el MORDAZA de Presupuesto participativo debe contener el cronograma de los mecanismos de registro y responsabilidades de todos los agentes participantes. Por lo que, estando a lo dispuesto por el articulo 38º de la Ley Nº 27867 modificada por la Ley Nº 27902; el Consejo Regional del Gobierno Regional del MORDAZA, en ejercicio regular de sus atribuciones y funciones establecidas en la Ley Organica de Gobiernos Regionales, y el Reglamento Interno de Organizacion y Funciones ha emitido la presente: ORDENANZA REGIONAL Articulo Primero.- CONVOCAR Y DAR INICIO al MORDAZA de Presupuesto Participativo en el Gobierno Regional de MORDAZA correspondiente al ejercicio fiscal 2010. Articulo Segundo.- APROBAR el Reglamento para la implementacion del MORDAZA de Formulacion del Presupuesto Participativo de la Region MORDAZA para el ano fiscal 2010, que en anexo Nº 01 forma parte de la presente Ordenanza, Reglamento que consta de siete titulos, treinta y cinco articulos y dos disposiciones complementarias.

Articulo Tercero.- APROBAR la programacion articulada del MORDAZA de Formulacion del Presupuesto Participativo para el ejercicio fiscal 2010 que, como anexo 02, forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Cuarto.- DISPONER, que la Presidencia del Gobierno Regional ha propuesta de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, nominara a los integrantes de la Comision Tecnica Mixta cuyas funciones y atribuciones son las indicadas por Ley y por el Reglamento que regula el MORDAZA de Presupuesto Participativo 2010 en el Gobierno Regional Cusco. Articulo Quinto.- DISPONER que los asuntos no contemplados en la presente Ordenanza MORDAZA resueltos por la Presidencia Regional a propuesta y fundamentacion tecnica de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, y se alcance un informe posterior al Consejo Regional. Articulo Sexto.- DISPONER que la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, en coordinacion con otras instancias regionales vinculadas al tema, generen un espacio complementario para la participacion de ninas, ninos y adolescentes en el MORDAZA de Presupuesto Participativo 2010 a la a fin de promover la atencion del Interes Superior el MORDAZA y su participacion. Articulo Septimo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese a senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, para su promulgacion. En MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de MORDAZA del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA ZECENARRO MORDAZA Consejero Delegado del Consejo Regional. POR TANTO Mando se registre, se publique y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de MORDAZA del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA SAYAN Presidente Regional del Gobierno Regional de MORDAZA 357836-1

Dictan disposiciones para ejercer la actividad de Guia de Turismo en el ambito de la Region MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 054-2009-CR/GRC.CUSCO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de fecha dieciocho de MORDAZA del ano dos mil nueve, ha tomado conocimiento de la Propuesta: Para ejercer la actividad de Guia de Turismo en el ambito de la Region MORDAZA es requisito indispensable acreditar la formacion profesional con el Titulo Oficial de Guia de Turismo, expedido por Institutos Superiores, Centros de Formacion Oficialmente Reconocidos y/o Universidades; el mismo que despues de debatido, fue aprobado por Unanimidad, Por Tanto: CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru regula expresamente: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia..."; Que, conforme al Articulo 192º de la Constitucion Politica del Estado: "Los gobiernos regionales deben promover el desarrollo y la economia regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su

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