Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2009 (09/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, miercoles 9 de setiembre de 2009

NORMAS LEGALES

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y prestacion de los bienes y/o servicios que brinden las Empresas. El proyecto de presupuesto por gastos por provision de personal mediante cooperativas, empresas y servicios temporales no podra exceder la ejecucion estimada del ano 2009. El proyecto de presupuesto por gastos por asesorias y consultorias no podra exceder la ejecucion estimada del ano 2009. El proyecto de presupuesto podra considerar recursos para financiar consultorias, que promuevan mejoras en los procesos de gestion que permitan una mejor gestion operativa economica y financiera de la Empresa, en cuyo caso se tendran que explicar de manera puntual sobre los beneficios de la consultoria. El proyecto de presupuesto debera considerar los recursos necesarios para implementar el Codigo MORDAZA de Control Interno de las Empresas del Estado, tomando en consideracion los diagnosticos realizados y los lineamientos de la Direccion Ejecutiva de FONAFE. En el caso sea indispensable solicitar mayores montos a los autorizados en el presente numeral 3.1.3.2, la Empresa debera sustentar detalladamente ante FONAFE dicho requerimiento. 3.1.3.3. Gastos de representacion Se podran presupuestar gastos de representacion, de acuerdo a las politicas que apruebe el Directorio de la Empresa, en un MORDAZA de racionalidad y austeridad. 3.1.3.4. Compras Corporativas FONAFE promueve la obtencion de economias de escala en la adquisicion de bienes y contratacion de servicios, a traves de la realizacion de compras consolidadas. Las adquisiciones de vehiculos (camionetas y autos), equipos de computo y materiales electricos (Interruptores, medidores, lamparas y luminarias, cables y conductores, equipos de proteccion, puestas a tierra, transformadores, aisladores y precintos de seguridad) se realizara por compra corporativa. Tratandose de la adquisicion de vehiculos y materiales electricos, las Empresas deberan completar el formato 11P, indicando la descripcion minima, cantidades, sustento para la adquisicion, monto presupuestado y, de ser el caso, proyecto al que la adquisicion de tales bienes se encuentra relacionada. Tratandose de la adquisicion de equipos de computo, las Empresas deberan completar el formato 10P, el mismo que se encuentra referido a los recursos de Tecnologias de Informacion y Comunicaciones (TIC). FONAFE, a traves de su Direccion Ejecutiva podra ampliar la lista de bienes y servicios que se adquiriran mediante compras corporativas, asi como autorizar, excepcionalmente, previo sustento la adquisicion de bienes y/o servicios fuera de los programas de compras corporativas. 3.1.3.5. Gastos por Sentencias Judiciales y Laudos Arbitrales El proyecto de presupuesto debera considerar las previsiones de recursos para el pago de mandatos por sentencias judiciales consentidas o ejecutoriadas, que se encuentren en calidad de cosa juzgada, asi como los laudos arbitrales. 3.1.3.6. Restricciones El proyecto de presupuesto debera observar las siguientes restricciones: a) No se podra presupuestar la adquisicion de locales administrativos que no cuente con la autorizacion del Directorio de FONAFE. b) Los presupuestos para los servicios de telecomunicaciones moviles asignados al Presidente de Directorio y a los Gerentes de la Empresa o sus equivalentes, no deberan exceder de dos mil cuatrocientos y 00/100 nuevos soles (S/. 2 400.00) anuales por equipo. Estan incluidos los servicios de red privada, llamadas fuera de red privada a cualquier destino y cualquier servicio de datos. No forma parte de la presente restriccion el costo

de alquiler de equipos. Las empresas deberan privilegiar el uso de redes privadas de comunicaciones. Ningun Director, Gerente o equivalente, ni trabajador alguno de las Empresas podra tener asignado mas de un equipo de telecomunicaciones otorgado por Entidades del Estado (Organismos y Dependencias del Gobierno Central, Regional y Local, Organismos Constitucionalmente Autonomos, Empresas del Estado, MORDAZA de propiedad del Gobierno Nacional, Regional o Local). Asimismo, queda prohibido presupuestar gastos referidos a telefonia celular al personal administrativo de la empresa, salvo que se trate del servicio de red privada de comunicaciones. c) El presupuesto por gasto mensual por combustible para vehiculos asignados a personal gerencial no vinculados al MORDAZA productivo no podra exceder del equivalente en nuevos soles, a 40 galones al mes por vehiculo. Las Empresas no podran asignar en ningun caso mas de un vehiculo a un mismo Gerente o equivalente. Los Gerentes Generales o equivalentes se consideran vinculados al MORDAZA productivo. 3.1.3.7. Gastos de Capital El Presupuesto de Gastos de Capital se elaborara observando los siguientes criterios: a. Las Empresas presentaran el total de su portafolio de Proyectos de Inversion para el ano 2010 observando lo dispuesto en la Ley Nº 27203, en lo que sea aplicable, indicando la prioridad de cada proyecto. b. Las Empresas deberan priorizar sus inversiones, a nivel de Proyectos y Gastos No Ligados a Proyectos de Inversion, tomando en consideracion los siguientes criterios: · Inversiones que provengan de anos anteriores o que se inicien en lo que resta del ano 2009. · Inversiones a iniciar en el ano 2010, en el caso de Proyectos con viabilidad otorgada por el SNIP. Deberan ser ordenados en funcion a la fuente de financiamiento (Recursos Propios, Aportes de Capital, Endeudamiento Interno y Endeudamiento Externo). c. Los Gastos de Capital deberan detallarse en el Formato 7P, ordenados de acuerdo a la priorizacion senalada en el literal b del presente numeral. Para este fin, el formato comprende dos secciones: Presupuesto y Flujo de MORDAZA, donde se deberan presentar desagregados todos los proyectos. d. Las inversiones de empresas financieras y no financieras, registradas como Gastos de Capital No Ligados a Proyectos de Inversion, deberan ser detalladas en el formato que sera aprobado por la Direccion Ejecutiva de FONAFE, para su verificacion y calificacion por parte de la OPI. e. En caso que el periodo de ejecucion de un proyecto de inversion sea mayor a un ano, se debera incluir en el presupuesto los recursos previstos para el ejercicio, y los previstos para los anos siguientes, a fin de asegurar la prevision presupuestal que corresponda. f. El portafolio de inversiones considerado en el Presupuesto de Gastos de Capital debera estar debidamente financiado y se detallara conforme a lo indicado en el Anexo 3 de la presente Directiva, el mismo que debera consignar la siguiente informacion: Nombre, Importe Total y Financiamiento segun MORDAZA (Recursos Propios, Endeudamiento, Saldos de Ejercicios Anteriores, Aportes de Capital). g. Los recursos considerados en el rubro de Proyectos de Inversion y Gastos de Capital No Ligados a Proyectos de Inversion, consignados en los Formatos 4P y 5P, deberan corresponderse con los recursos considerados a nivel total de cada uno de los rubros del Formato 7P en lo que respecta al Presupuesto y Flujo de Caja. 3.1.3.8. Donaciones y Transferencias Los presupuestos deberan considerar los recursos que se prevean obtener y realizar por donaciones y transferencias. 3.1.3.9. Endeudamiento Los presupuestos que consideren MORDAZA endeudamiento interno y/o externo como fuente de financiamiento de

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