Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2009 (09/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 9 de setiembre de 2009

de Ingenieria, el proposito permanente de la Universidad se expresa en la formacion integral de sus profesionales, cientificos y humanistas en las diversas disciplinas, y la realizacion de investigaciones cientificas de caracter fundamental y aplicado; Que, entre los fines de la MORDAZA institucional esta el de promover el intercambio cultural con instituciones nacionales e internacionales con el objetivo de planear soluciones a los problemas regionales, nacionales y latinoamericanos; participar en los esfuerzos universales para construir la paz entre los pueblos y fomentar la solidaridad entre los oprimidos y explotados; Que la Ley Nº 27619 regula la autorizacion de viajes al exterior de los funcionarios y servidores publicos o representantes del Estado que irroguen gastos al Tesoro Publico y que se encuentren comprendidos en las entidades publicas sujetas al ambito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Publico, dispositivo legal que se encuentra regulado por el Decreto Supremo Nº 047-2002PCM del 05 de junio del 2002; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 52º, Inc. c) del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingenieria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director del Centro de Energias Renovables de la UNI, a la MORDAZA de Guadalajara - Mexico, en el periodo comprendido entre el 28 de setiembre al 03 de octubre del 2009, en representacion de la Universidad Nacional de Ingenieria, para que participe en la Cumbre Iberoamericana de Energias Renovables a realizarse en ocasion a la XXXIII Semana Nacional de Energia Solar de la Asociacion Nacional de Energia Solar (ANES) de Mexico, con el tema "Presente y Futuro de las Energias Renovables en el Peru". Articulo 2º.- Otorgar al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA el equivalente en nuevos soles de los montos que correspondan, para sufragar los gastos que por dichos conceptos irroguen su participacion explicitada en los considerandos de la presente resolucion, debiendo rendir cuenta documentada de lo gastado en un plazo no mayor de ocho (08) dias, al termino de su viaje. Pasaje Aereo : US$ 1 200.00 Viaticos (US$ 150.00 por 05 dias) : US$ 750.00 Articulo 3º.- Los gastos que origine el viaje, en cuanto a los costos de los pasajes aereos y viaticos seran financiados a traves de los recursos directamente recaudados de la Administracion Central. Articulo 4º.- Dentro de los quince (15) dias calendarios siguientes de efectuado el viaje, los funcionarios MORDAZA citados deberan presentar ante el titular de la entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje. Articulo 5º.- Disponer que la presente resolucion se publique en el Diario Oficial El Peruano de conformidad a lo establecido por el articulo 3º de la Ley Nº 27619. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 394255-1

mil nueve, ha tomado conocimiento de la Propuesta de Ordenanza Regional: Creacion del Consejo Regional de Trabajo y Promocion de Empleo Cusco; el mismo que despues de debatido, fue aprobado por Unanimidad, Por Tanto: CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27680. "Ley de Reforma Constitucional Descentralizacion" del Capitulo XIV de Titulo IV sobre Descentralizacion en su Art. 191, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Ley Nº 27867 "Ley Organica de Gobiernos Regionales" en su articulo 10 numeral 02 inciso i) que es competencia compartida del Gobierno Regional la participacion Ciudadana, alentando la concertacion entre los intereses publicos y privado en todos sus niveles. Que, el articulo 48 de la Ley Nº 27867, ley de los Gobiernos Regionales establece las funciones en materia de trabajo, promocion del empleo y la pequena y microempresa que en su inciso d) expresa: "Promover el dialogo y la concertacion con las Organizaciones representativas de los trabajadores, empleadores y sectores de la sociedad vinculados en materia de trabajo, promocion del empleo, formacion profesional y fomento de la micro y pequena empresa. Que, mediante la Ley Nº 27711, "Ley Organica del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo" en su articulo 13: expresa que el Consejo Nacional de Trabajo y Promocion del Empleo tiene como objetivo la concertacion de politicas en materia de trabajo, promocion del empleo y de proteccion social para el desarrollo nacional y regional. Que, por la Ley Nº 28318. "Ley que modifica el articulo 13º de la Ley 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo", que expresa: Art. 13º: Consejo Nacional de Trabajo y Promocion del Empleo esta integrado por el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo quien lo presidira y por representantes de los trabajadores, de los empleadores, incluidos representantes de la pequena y microempresa, y de las Organizaciones Sociales representativas vinculadas a los Sectores del Ministerio. Tiene por objetivo la discusion y concertacion de politicas en materia de trabajo, de promocion del empleo y de proteccion social en funcion del desarrollo nacional y regional. Asimismo sera de su competencia la regulacion de las remuneraciones minimas vitales. Que, el Decreto Supremo Nº 001-2005-TR, que aprueba el Reglamento Interno de Organizacion y Funciones del Consejo Nacional de Trabajo y Promocion del Empleo en su articulo 2º inciso 9) establece que es funcion del Consejo Nacional vincularse con otros espacios de dialogo Nacional e Internacional, y con los Consejos Regionales creados o que pudieran crearse conforme a Ley Nº 27867 "Ley Organica de gobiernos Regionales". Que, estando al Informe Nº 316-2008-GR.CUSCO/ ORAJ la Oficina Regional informa al Presidente Regional que haga MORDAZA el proyecto i remita al Consejo Regional para su analisis y aprobacion. Y remitida al Consejo Regional como Oficio Nº 1452-2008-GR.CUSCO/PR, Presidente Regional remite al Consejero delegado la iniciativa legislativa para su aprobacion. En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 "Ley Organica de Gobiernos Regionales" y modificatorias. Y en merito a las atribuciones del Consejo Regional del Gobierno Regional del MORDAZA, se ha aprobado por unanimidad en Sesion Ordinaria de la fecha la siguiente: ORDENANZA REGIONAL. Articulo Primero.- Crear el Consejo Regional del Trabajo y Promocion del Empleo - MORDAZA, que estara conformado por: · El Presidente Regional o su representante, quien lo preside. · El Director Regional de Trabajo y promocion del Empleo, quien asume la Secretaria Tecnica.

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Crean el Consejo Regional del Trabajo y Promocion del Empleo - MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL N° 056-2009-CR/GRC.CUSCO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de fecha veinte de MORDAZA del ano dos

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