Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2010 (12/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 12 de MORDAZA de 2010

los planes operativos anuales. Y cuyo texto a folios cuatro (04) forma parte de la presente Ordenanza Regional. Segundo: ENCARGAR a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente que realice las gestiones correspondientes para su inclusion en las metas de corto plazo, en los sucesivos Planes Anuales y coordinar con la Gerencia de Recursos Naturales y Medio Ambiente del Gobierno Regional de MORDAZA, asi como gestionar ante las instituciones publicas y privadas, y organizaciones de base para involucrarlos de manera integral y participativa. Tercero: ENCARGAR al Organo Ejecutivo del Gobierno Regional MORDAZA la publicacion de "Politicas para la Accion Birregional en Materia de bosques Humedos en cuencas compartidas MORDAZA ­ Lambayeque" en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional MORDAZA (www.regioncajamarca.gob.pe). Cuarto: La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano Por tanto: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede institucional del Gobierno Regional MORDAZA, a los cinco dias del mes de marzo del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA SALIRROSAS Presidente Regional 478671-1

Amplian plazo para la construccion del "Plan de Desarrollo Regional Concertado - MORDAZA 2021"
ORDENANZA REGIONAL Nº 004-2010-GRCAJ-CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: - Que, el articulo 192º, de la Constitucion Politica del Peru establece que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y locales de desarrollo; asi mismo el inciso 3, del articulo acotado senala que los Gobiernos Regionales son competentes para formular y aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado con las municipalidades y la sociedad civil; - Que, la Ley N° 27783, "Ley de Bases de la Descentralizacion", senala en el inciso 1) del articulo 17º que los Gobiernos Regionales y Locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestion publica; - Que, la Ley N° 27867, "Ley Organica de Gobiernos Regionales". en el articulo 32º establece: "La gestion de Gobierno Regional se rige por el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, asi como el Plan Anual y el Presupuesto Participativo Regional, aprobados de conformidad con politicas nacionales y en cumplimiento del ordenamiento juridico vigente..." y en el articulo 45º, literal `b" prescribe que las funciones de los Gobiernos Regionales se ejerceran con sujecion al ordenamiento juridico establecido por la Constitucion, la Ley de Bases de la Descentralizacion y demas leyes de la Republica, es asi que en el numeral 1. establece

como funcion normativa y reguladora, la elaboracion y aprobacion de normas de alcance regional y regulacion de los servicios de su competencia, y en el numeral 2, senala que dentro de la funcion de planeamiento, se encuentra el diseno de politicas, prioridades, estrategias, programas y proyectos que promuevan el desarrollo regional de manera concertada y participativa, conforme a la Ley de Bases de la Descentralizacion y a la acotada Ley; - Que, el Decreto Legislativo N° 1088, "Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estrategico y del Centro Nacional de Planeamiento Estrategico" en su articulo 10º, inciso 1, numeral 3, senala que es funcion del CEPLAN asesorar a las entidades del Estado y a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales en la formulacion, el seguimiento y la evaluacion de politicas y Planes Estrategicos de Desarrollo, con la finalidad de lograr que se ajusten a los objetivos estrategicos de desarrollo nacional, previstos en el Pan Estrategico de Desarrollo Nacional; - Que, mediante Ordenanza Regional N° 007-2009GRCAJ-CR, el Pleno del Consejo Regional aprobo declarar de interes regional la construccion del "Plan de Desarrollo Regional Concertado - MORDAZA 2021"; - Que, mediante Ordenanza Regional N° 012-2009GRCAJ-CR, el Pleno del Consejo Regional aprobo modificar el articulo MORDAZA de la Ordenanza Regional N° 007-2009GRCAJ-CR, en el sentido de ampliar por un plazo de sesenta (60) dias calendario la conclusion de la construccion del "Plan de Desarrollo Regional Concertado-Cajamarca 2021"; - Que, mediante Oficio N° 415-10-GR.CAJ-GRPPAT, remitido por el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, solicita modificar la Ordenanza Regional N" 012-2009-GRCAJCR, que en el articulo primero de la parte resolutiva senala: "modificar el articulo MORDAZA de la Ordenanza Regional N° 007-2009-GRCAJ-CR , en el sentido de ampliar por un plazo de sesenta (60) dias calendario la conclusion de la construccion del "Plan de Desarrollo Regional ConcertadoCajamarca 2021"; - Que, mediante Dictamen N° 001-2010-GR.CAJ-CR/ COP evacuado por la Comision Ordinaria de Planeamiento, de fecha del presente ano, se emite opinion favorable para la aprobacion del proyecto de Ordenanza presentado por el Sub Gerente de Planeamiento y CTI; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Extraordinaria de fecha 15 de marzo del ano 2010; y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nºs. 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 004-2008-GRCAJ-CR, con el MORDAZA unanime el Pleno aprobo la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Primero: AMPLIAR el plazo, establecido en el articulo primero de la Ordenanza Regional N° 012-2009GR.CAJ-CR de fecha 04 de diciembre del ano 2009, para concluir la construccion del "Plan de Desarrollo Regional Concertado- MORDAZA 2021", por noventa (90) dias calendario adicionales, el mismo que tendra como termino, el dia 02 de junio del ano 2010. Segundo: La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Por tanto: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede institucional del Gobierno Regional MORDAZA, a los quince dias del mes de marzo del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA SALIRROSAS Presidente Regional 478671-2

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