Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2010 (12/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 12 de MORDAZA de 2010

Las reparaciones senaladas en el parrafo anterior deberan ser realizadas de acuerdo a lo establecido en el MORDAZA, MORDAZA de iniciar el tramite de Conformidad de Obra, para lo cual la Subgerencia de Obras Publicas emitira un informe favorable al finalizar los trabajos. En caso se inicie el tramite de conformidad de obra sin haber cumplido con dicha condicion, este sera suspendido hasta obtener el informe favorable de la Subgerencia de Obras Publicas. 479110-1

del Amor", que se realizara en la fecha y lugar que por Decreto de Alcaldia se establezca. Articulo Segundo.- TRANSMISION DE LA CEREMONIA Disponer que el Matrimonio Civil Comunitario 2010 autorizado en el articulo anterior se transmita en vivo a traves de la pagina web de la Municipalidad: www. miraflores.gob.pe. Articulo Tercero.- DERECHOS MUNICIPALES Disponer como unico pago de derechos municipales, la cantidad de S/.50.00 (Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) el mismo que incluira el pliego matrimonial, examen medico y la realizacion de la ceremonia en local distinto al del Equipo Funcional de los Registros Civiles. Articulo Cuarto.- DEPENDENCIA QUE TRAMITARA EL PROCEDIMIENTO PREVIO El Equipo Funcional de los Registros Civiles, velara por el estricto cumplimiento de los requisitos y de la documentacion presentada por los contrayentes, de conformidad con el Texto Unico de Procedimientos Administrativos vigente. Articulo Quinto.- EJECUCION DE LA MORDAZA Autorizar y encargar a la Secretaria General, a traves del Equipo Funcional de los Registros Civiles, y a la Gerencia de Sistemas el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA OYANGUREN MORDAZA 479110-2

Autorizan celebracion de Matrimonio Civil Comunitario 2010
ORDENANZA Nº 327-MM Miraflores, 30 de marzo de 2010 EL MORDAZA DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo Municipal de Miraflores en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales como entidades basicas de la organizacion del Estado, tienen el deber de proteger a la familia y promover el matrimonio como institucion natural y fundamental de la sociedad de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 4º de la Constitucion Politica del Peru; Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 233º del Codigo Civil, la regulacion juridica de la familia tiene por finalidad contribuir a su consolidacion y fortalecimiento, en MORDAZA con los principios y normas proclamados en nuestra Constitucion Politica; Que, en cumplimiento de las funciones de caracter social y comunal que ejercen las Municipalidades como organizaciones integrantes del Estado, es politica de la Municipalidad de Miraflores brindar las mayores facilidades a los vecinos del Distrito que deseen unirse mediante el matrimonio en una comunidad de MORDAZA y, promover la formalizacion o regularizacion de las uniones de hecho de las parejas, contribuyendo de esta manera a fortalecer la unidad familiar como celula basica de la sociedad y escuela de valores y formacion civica; Que, con ese proposito es necesario realizar un Matrimonio Civil Comunitario de amplia convocatoria e inclusion, que permita la participacion de los familiares y amigos de los contrayentes de manera presencial o virtual, por lo que en este ultimo caso se ha considerado oportuno la transmision en vivo del desarrollo de dicha ceremonia matrimonial a traves de la pagina web de la municipalidad: www.miraflores.gob.pe; Que, los requisitos y la tasa para contraer matrimonio civil en la Municipalidad de Miraflores se encuentran previstos en su Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por Ordenanza Nº 312-MM, conforme a lo establecido en el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, concordante con la MORDAZA lV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 233°, 234º y 248° del Codigo Civil; En uso de las facultades conferidas por el Numeral 8) del Articulo 9º y Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE AUTORIZA LA CELEBRACION EN EL DISTRITO DE MIRAFLORES DEL MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2010 Articulo Primero.- AUTORIZACION Autorizar, en el distrito de Miraflores, la celebracion del Matrimonio Civil Comunitario 2010 denominado "La Fiesta

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Disponen el embanderamiento general de los inmuebles del distrito con motivo del aniversario de su creacion politica
DECRETO DE ALCALDIA N° 007-ALC/MSI San MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2010 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, el proximo 24 de MORDAZA se conmemora el Septuagesimo Noveno Aniversario de la creacion politica del Distrito de San Isidro; Que, en consecuencia, corresponde se ostente el simbolo patrio del Pabellon Nacional en la fachada de los inmuebles de la jurisdiccion distrital; En uso de las facultades conferidas por el Inciso 6) del Articulo 20° y el Articulo 42° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972; DECRETA: Articulo Primero.- Disponer el embanderamiento general de todos los inmuebles del distrito de San MORDAZA, del 19 al 26 de MORDAZA del ano en curso, con caracter obligatorio; Articulo Segundo.- Encargar a las Gerencias de Fiscalizacion y Seguridad Ciudadana, el cumplimiento del presente Decreto. Registrese, comuniquese y cumplase. E. MORDAZA MEIER CRESCI MORDAZA 478624-1

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