Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2010 (12/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, lunes 12 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

417033

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Autorizan uso de equipos de video digital que permitan obtener grabaciones digitales de las vistas panoramicas en las MORDAZA de juego de maquinas tragamonedas, para el sistema NTSC u otro equivalente
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 767-2010-MINCETUR/VMT/DGJCMT MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2010 Visto, el Informe Tecnico N° 065-2010-MINCETUR/ VMT/DGJCMT/SDAR-YGP, de fecha 31.03.2010; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153, y normas modificatorias, y el Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, se regularon las normas que rigen la explotacion de juegos de casino y maquinas tragamonedas en el pais; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 24° de la Ley N° 27153 y normas modificatorias, corresponde a la Direccion General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas, las facultades administrativas de autorizacion, fiscalizacion, supervision, evaluacion y sancion vinculadas a la explotacion de juegos de casino y maquinas tragamonedas; Que, a fin de cumplir con los objetivos de la Ley Nº 28945 "Ley de Reordenamiento y Formalizacion de la actividad de explotacion de juegos de casino y maquinas tragamonedas", en virtud de la Directiva Nº 003-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT, aprobada mediante Resolucion Directoral Nº 200-2007MINCETUR/VMT/DGJCMT, de fecha 21.03.2007, se regularon las normas complementarias a la instalacion y funcionamiento del sistema de video en las MORDAZA de juegos de casino y maquinas tragamonedas en el pais; Que, en el literal i) del articulo 1º de la mencionada Directiva, se establecio que la nitidez que deben presentar las imagenes y grabaciones de los sistemas de video digitales instalados en la sala de juegos de casino y maquinas tragamonedas, se determinaba siguiendo la medida de tamano de cuadro de video denominada: "Common Intermediate Format" (CIF), equivalente a 352 x 240 pixeles como minimo para el sistema NTSC; Que, por su parte, el literal a) del numeral 7.2 del articulo 7º de la precitada Directiva, establecio que cualquiera de las grabaciones en las MORDAZA de juego de maquinas tragamonedas deben presentar un formato de resolucion no menor de un (01) CIF; Que, asimismo, mediante Resolucion Directoral N° 117-2009-MINCETUR/VMT/DGJCMT, de fecha 21.01.2009, se permitio el uso de equipos de grabacion de video que presenten una medida de resolucion de 320 x 240 pixeles, denominado: "Source Input Format" (SIF), sistema que emplea el codec H.264/MPEG4, superior al codec H.261 que utiliza el Common Intermediate Format (CIF); Que, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del articulo 58° del Decreto Supremo N° 009-2002MINCETUR, en las MORDAZA de juegos de maquinas tragamonedas la grabacion de las vistas panoramicas de todas las areas que conforman la sala de juegos, puede realizarse mediante el sistema de multiplexor u otro equivalente sin necesidad que dicha grabacion se encuentre a tiempo real; Que, de las conclusiones contenidas en el Informe Tecnico N° 065-2010-MINCETUR/VMT/DGJCMT/ SDAR-YGP, de fecha 31.03.2010, se advierte que

las grabaciones digitales de las vistas panoramicas realizadas a no menos de siete (07) imagenes por MORDAZA y cuatro (04) CIF (704x480 pixeles) como minimo para el sistema NTSC u otro equivalente, permiten obtener imagenes con una calidad de resolucion que se encuentra dentro de los parametros tecnicos senalados en el considerando anterior, no perjudicando tales grabaciones las labores de control y fiscalizacion que viene realizando la Direccion General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27153 y normas modificatorias, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, estando a lo opinado en el Informe Legal Nº 185-2010MINCETUR/VMT/DGJCMT/SDAR e Informe Tecnico Nº 065-2010-MINCETUR/VMT/DNT/DGJCMT/SADRYGP; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar a los titulares de una autorizacion para la explotacion de maquinas tragamonedas concedida por la Direccion General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas, el uso de equipos de video digital que permitan obtener grabaciones digitales de las vistas panoramicas en las MORDAZA de juegos de maquinas tragamonedas de no menos de siete (07) imagenes por MORDAZA (IPS) y cuatro (04) CIF (704x480 pixeles) como minimo, para el sistema NTSC u otro equivalente. Articulo 2º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Director General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas 478731-1

ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL
Formalizan designacion de miembros del Comite Consultivo de la APCI
RESOLUCION DIRECTORAL EJECUTIVA N° 034-2010/APCI-DE Miraflores, 8 de MORDAZA de 2010 VISTAS: Las Actas de las Sesiones Nos. 001-2009/ CD-APCI y 002-2009/CD-APCI del Consejo Directivo de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI) de fechas 7 de MORDAZA y 30 de diciembre de 2009, respectivamente. CONSIDERANDO: Que la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI) es el ente rector de la cooperacion tecnica internacional responsable de conducir, programar, organizar, priorizar y supervisar la cooperacion internacional no reembolsable que se gestiona a traves del Estado y que proviene de MORDAZA del exterior de caracter publico y/o privado en funcion de la politica nacional de desarrollo, de conformidad con lo establecido en la Ley de Creacion de la APCI ­ Ley Nº 27692 y sus modificatorias; Que el articulo 14º de la precitada Ley establece que el Comite Consultivo es el organo de asesoria de la APCI, el mismo que se encuentra conformado

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